Aprueban en primer debate proyecto de ley que aumenta penas contra depredadores sexuales de menores de edad

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Aprueban en primer debate proyecto de ley que aumenta penas contra depredadores sexuales de menores de edad

Aprueban en primer debate proyecto de ley que aumenta penas contra depredadores sexuales de menores de edadInforme sobre el Proyecto de Ley para contrarrestar la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes

Informe sobre el Proyecto de Ley para contrarrestar la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes

El proyecto incrementaría las penas de algunos delitos sexuales a un rango de entre 26 y 45 años de cárcel - crédito @heidy_up/X
El proyecto incrementaría las penas de algunos delitos sexuales a un rango de entre 26 y 45 años de cárcel – crédito @heidy_up/X

Introducción

En la Comisión Primera del Senado de la República se aprobó en primer debate el Proyecto de Ley 061/23, el cual tiene como objetivo contrarrestar la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes mediante un aumento significativo en las penas para los depredadores sexuales. Este proyecto busca modificar cinco artículos de la Ley 599 de 2000, que expide el Código Penal Colombiano.

Modificaciones propuestas

De acuerdo con el documento, aquellos que incurran en el delito de proxenetismo con menor de edad ya no enfrentarían una pena en prisión de entre 14 y 25 años, sino de entre 26 y 45 años. Lo mismo sucedería con los responsables del delito de estímulo a la prostitución de menores, que actualmente está penado con 10 a 14 años de cárcel. Con el proyecto de ley, también se modificaría el tiempo en prisión, pasando a ser de entre 26 y 45 años.

Los delitos de demanda de explotación sexual comercial de persona menor de 18 años de edad y turismo sexual también acarrearían una pena de 26 a 45 años. El primero incluye un tiempo en prisión de entre 14 y 25 años; el segundo está penado con cuatro a ocho años de cárcel, por lo que, con esta iniciativa, habría un aumento significativo en la pena.

De igual manera, se propone cambiar la multa para aquellos que incurran en el delito de omisión de denuncia, que sanciona a las personas que, por razón de su oficio, conozcan casos que se enmarquen en los delitos mencionados anteriormente y no los informen a las autoridades. El proyecto de ley contempla una multa de entre 20 y 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes (smlmv); en este momento, el Código Penal la establece en 13.33 a 75 smlmv.

Además, se propone la creación de un nuevo delito llamado Grooming, que perseguiría a los depredadores sexuales que actúan a través de medios tecnológicos. Este delito estaría incluido en el Código Penal bajo el artículo 218-A y se castigaría con una pena de prisión de diez (10) a catorce (14) años y una multa de sesenta y siete (67) a setecientos cincuenta (750) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)

El proyecto de ley busca abordar el ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas, específicamente en lo relacionado con la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes y la lucha contra la explotación sexual comercial. Además, busca contribuir al ODS 5: Igualdad de género, al proteger a las víctimas de delitos sexuales y promover la equidad entre hombres y mujeres.

Situación actual y argumentos a favor y en contra

De acuerdo con el proyecto, en Colombia se ha registrado un aumento del 39% en los casos de explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes en los últimos cuatro años. Entre 2005 y abril de 2018, se reportaron 6.013 casos relacionados con este delito en la Fiscalía General de la Nación. Estos datos justifican la necesidad de tomar medidas más contundentes para combatir esta problemática.

Sin embargo, existen opiniones divergentes respecto al incremento de las penas como estrategia efectiva. Algunos expertos argumentan que lo que realmente se necesita es una mayor eficiencia y efectividad por parte del Estado, especialmente de la Fiscalía General de la Nación, la Policía y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.

1. Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) abordados en el artículo:

  • Objetivo 5: Igualdad de género
  • Objetivo 8: Trabajo decente y crecimiento económico
  • Objetivo 16: Paz, justicia e instituciones sólidas

2. Metas específicas de los ODS identificadas en el artículo:

  • Meta 5.2: Eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y las niñas en los ámbitos público y privado, incluidas la trata y la explotación sexual y otros tipos de explotación.
  • Meta 8.7: Tomar medidas inmediatas y eficaces para erradicar el trabajo forzoso, poner fin a las formas modernas de esclavitud y la trata de seres humanos, y asegurar la prohibición y eliminación de las peores formas de trabajo infantil, incluidos el reclutamiento y la utilización de niños soldados, y, de aquí a 2025, poner fin al trabajo infantil en todas sus formas.
  • Meta 16.2: Poner fin al maltrato, la explotación, la trata y todas las formas de violencia y tortura contra los niños.

3. Indicadores de los ODS mencionados en el artículo:

  • Indicador 5.2.1: Proporción de mujeres y niñas víctimas de violencia física o sexual en los últimos 12 meses.
  • Indicador 8.7.1: Proporción de niños de 5 a 17 años que realizan trabajo infantil, por sexo y grupo de edad.
  • Indicador 16.2.2: Proporción de jóvenes de ambos sexos que han sufrido violencia sexual en los últimos 12 meses.

4. Tabla de ODS, metas e indicadores:

ODS Metas Indicadores
Objetivo 5: Igualdad de género Meta 5.2: Eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y las niñas en los ámbitos público y privado, incluidas la trata y la explotación sexual y otros tipos de explotación. Indicador 5.2.1: Proporción de mujeres y niñas víctimas de violencia física o sexual en los últimos 12 meses.
Objetivo 8: Trabajo decente y crecimiento económico Meta 8.7: Tomar medidas inmediatas y eficaces para erradicar el trabajo forzoso, poner fin a las formas modernas de esclavitud y la trata de seres humanos, y asegurar la prohibición y eliminación de las peores formas de trabajo infantil, incluidos el reclutamiento y la utilización de niños soldados, y, de aquí a 2025, poner fin al trabajo infantil en todas sus formas. Indicador 8.7.1: Proporción de niños de 5 a 17 años que realizan trabajo infantil, por sexo y grupo de edad.
Objetivo 16: Paz, justicia e instituciones sólidas Meta 16.2: Poner fin al maltrato, la explotación, la trata y todas las formas de violencia y tortura contra los niños. Indicador 16.2.2: Proporción de jóvenes de ambos sexos que han sufrido violencia sexual en los últimos 12 meses.

¡Atención! Este espléndido artículo nace de la fuente del conocimiento, moldeado por una maravillosa tecnología patentada de inteligencia artificial que profundizó en un vasto océano de datos, iluminando el camino hacia los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Recuerda que todos los derechos están reservados por SDG Investors LLC, lo que nos permite defender el progreso juntos.

Fuente: infobae.com

 

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