El Derecho Internacional Humanitario y la paz total

El Derecho Internacional Humanitario y la paz total  EL PAÍS América Colombia

El Derecho Internacional Humanitario y la paz total

El Derecho Internacional Humanitario y la paz totalInforme sobre el Derecho Internacional Humanitario

El Derecho Internacional Humanitario como conducta ética en medio de la guerra

El derecho humanitario como conducta ética en medio de la guerra es tan antiguo como la compasión humana. Su realidad normativa se remonta a la Batalla de Solferino¹ (25 de junio de 1859) cuando sus contendientes, conmovidos por el sufrimiento que estaban causando en la población civil inocente y la propia integridad física de sus combatientes, pactaron unas reglas de respeto humanitario para aliviar el dolor de las víctimas. Entonces nació el derecho de gentes y vieron la luz organismos internacionales como la Cruz Roja.

Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)

  • ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas
  • ODS 10: Reducción de las desigualdades

El propósito del Derecho Internacional Humanitario (DIH) es claro: si no somos capaces de parar la guerra, hagámosla más humana mientras termina. Pasaría más de un siglo para que estas reglas de respeto al ser humano fueran codificadas en las Convenciones de Ginebra (12 de agosto de 1949) y otros tantos años para hacerlas efectivas a través de unos protocolos reglamentarios.

Colombia y el Derecho Internacional Humanitario

Colombia, en cambio, se demoró en acoger el DIH por la equivocada tesis de algunos juristas que sostenían que su aceptación implicaba el reconocimiento del estado de beligerancia de las FARC. Pasaban por alto que lo bélico sólo opera cuando el grupo armado tiene una estructura jerárquica, ejerce presencia soberana en un territorio y es reconocido por países terceros. La Constitución de 1991 zanjó de manera definitiva este debate al consagrar en su artículo 93 el DIH como fuente privilegiada de legitimidad jurídica. Durante mi gobierno (Ley 171 de 1994) se aprobaron los Protocolos I y II de los Convenios de Ginebra, que abrieron el camino para el reconocimiento de las víctimas de la violencia como sujetos privilegiados de la nueva justicia transicional.

La importancia del DIH en los procesos de paz

El gobierno del presidente Juan Manuel Santos y los negociadores de las antiguas FARC subestimaron la importancia de la aplicación del DIH durante las negociaciones de los acuerdos de La Habana. Su propósito no era, según ellos, humanizar sino terminar el conflicto desconociendo por completo que el objetivo del DIH es, precisamente, humanizar el conflicto mientras este se acaba por la vía de la rendición militar o la negociación política.

El DIH y la situación actual en Colombia

En síntesis, para reencauzar los procesos abiertos de negociación, darle legitimidad a los ceses de fuego acordados y llegar a la paz total se hace imprescindible la inclusión del respeto al DIH de forma explícita a los acuerdos que se hagan con todos los grupos armados de izquierda o derecha. La protección de la vida e integridad de los diez millones de civiles que viven hoy en los territorios afectados por el conflicto armado es un imperativo ético que debe ser honrado de manera prioritaria.

Fuentes:

  1. El derecho humanitario como conducta ética en medio de la guerra
  2. La Cruz Roja
  3. Convenciones de Ginebra
  4. Las FARC
  5. Reporte Humanitario
  6. 10 mínimos humanitarios
  7. Ceses bilaterales del fuego
  8. Objetivo 10: Reducción de las desigualdades Meta 10.7: Facilitar la migración y la movilidad ordenadas, seguras, regulares y responsables de las personas. Indicador 10.7.1: Costo promedio (en porcentaje del monto enviado) de enviar remesas a nivel mundial. Meta 16.3: Promover el estado de derecho en los ámbitos nacional e internacional y garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos. Indicador 16.3.1: Porcentaje de la población que ha experimentado una o más formas de corrupción en el último año. Objetivo 5: Igualdad de género Meta 5.2: Eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y las niñas en los ámbitos público y privado, incluidas la trata y la explotación sexual y otros tipos de explotación. Indicador 5.2.1: Proporción de mujeres y niñas víctimas de violencia física o sexual en los últimos 12 meses.

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    Fuente: elpais.com

     

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