FGR entrega a la justicia de Estados Unidos a dos mexicanos señalados por abuso sexual infantil
FGR entrega a la justicia de Estados Unidos a dos mexicanos señalados por abuso sexual infantil Infobae México
Informe sobre extradición de ciudadanos mexicanos acusados de abuso sexual infantil
Introducción
La Fiscalía General de la República (FGR) ha concretado la entrega al gobierno de Estados Unidos de dos ciudadanos mexicanos, quienes eran reclamados por diferentes Cortes en el país norteamericano debido a graves acusaciones de abuso sexual infantil.
Iris “R”
En un suceso registrado en diciembre de 2023, Iris “R” fue aprehendida en Jalostotitlán, Jalisco, y es solicitada por la Corte Superior del estado de Texas, para el Condado de Webb. La acusación que pesa sobre ella comprende los delitos de “privación ilegal de la libertad y abuso sexual de una persona menor de edad”, dos acusaciones que se castigan de forma grave en esta zona.
Hugo “D”
Por otro lado, Hugo “D” fue detenido en enero en Cosoleacaque, Veracruz, siendo requerido por la Corte Superior del estado de California, en el Condado de San Diego, bajo la acusación de “abuso sexual infantil”.
Extradición
Ambas extradiciones fueron oficializadas luego de que el gobierno mexicano concediera la solicitud de transferencia, realizándose la entrega de los acusados en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) a los agentes estadounidenses correspondientes.
Medidas legislativas en México
Paralelamente, en febrero de este año, el Senado de la República tomó medidas significativas en la legislación penal y civil relacionadas con delitos sexuales y derechos civiles de las mujeres. Se aprobó unánimemente “aumentar las penas a los agresores sexuales de menores de 15 años, así como eliminar del Código Civil la prohibición a las mujeres de contraer matrimonio antes de los 300 días de haberse divorciado.”
Asimismo, el Senado llevó adelante un punto de acuerdo para destituir al juez Manuel Alejandro Martínez Vitela “por ineptitud e incapacidad por la absolución de un violador sexual de una niña de cuatro años en el Estado de México”. La moción, presentada por la senadora panista Josefina Vázquez Mota, contó con el apoyo unánime de la cámara.
En este contexto legislativo, la senadora Olga Sánchez Cordero enfatizó la importancia de las determinaciones tomadas, declarando: “Votar a favor de estos dictámenes es demostrar que este Senado de la República no solo respeta los derechos humanos y procesales sino que también está comprometido con la justicia y la protección de la población por lo que se refrenda el compromiso con la garantía de hacer respetar los derechos humanos de todas las personas”.
Sanciones en Texas
Las sanciones por abuso sexual infantil en Texas son severas, reflejando la gravedad con la que el estado trata estos delitos. Según la ley de Texas, el abuso sexual de un menor puede catalogarse bajo diferentes grados de ofensas sexuales dependiendo de factores específicos como la edad de la víctima, la naturaleza del acto sexual, y si hubo violencia o coerción involucrada.
- Abuso sexual agravado de un menor: Este delito se considera uno de los más graves y puede ocurrir bajo varias circunstancias, incluyendo el abuso sexual de un niño menor de 14 años. Las penas por abuso sexual agravado pueden variar desde 5 años hasta cadena perpetua en prisión, dependiendo de las circunstancias específicas del caso.
- Abuso sexual de un menor: En casos donde el abuso no cumple todos los criterios para ser considerado agravado, aún se enfrenta a significativas penas. Los condenados pueden recibir desde 2 hasta 20 años de prisión, dependiendo de la gravedad del acto y las circunstancias particulares.
- Indecencia con un menor: Este delito incluye cualquier contacto o exposición inapropiada con intención sexual hacia un menor. Las penas pueden variar, ofreciendo desde 2 años en prisión hasta 20 años, según si hubo contacto físico o no.
Sanciones en San Diego
Las sanciones por abuso sexual infantil en San Diego, California, son determinadas por las leyes estatales de California, las cuales establecen penas severas para los condenados por este tipo de delitos.
- Abuso sexual agravado de un menor (Código Penal de California 269): Este es considerado uno de los delitos más graves y se refiere al acto de cometer ciertos actos sexuales con menores de edad bajo circunstancias particularmente forzosas o manipuladoras. Las penas para este delito pueden incluir cadena perpetua en prisión estatal.
- Actos lascivos con un menor (Código Penal de California 288): Este delito implica tocar a un menor o hacer que un menor toque al agresor o a otra persona con el propósito de gratificación sexual. Dependiendo de las circunstancias específicas, las condenas pueden variar desde varios años hasta cadena perpetua en prisión estatal.
- Abuso sexual de un menor (Código Penal de California 266j): Este delito se refiere a inducir, persuadir o atraer a un menor con el propósito de cometer actos sexuales. Las penas para este delito pueden incluir varios años en prisión estatal.
Conclusiones
La extradición de los ciudadanos mexicanos acusados de abuso sexual infantil demuestra el compromiso de México y Estados Unidos en la protección de las víctimas y la persecución de los delitos sexuales. Además, las medidas legislativas tomadas en México refuerzan
Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) relacionados con el artículo:
- Objetivo 5: Igualdad de género
- Objetivo 16: Paz, justicia e instituciones sólidas
Metas específicas de los ODS identificadas en el artículo:
- Meta 5.2: Eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y niñas en los ámbitos público y privado, incluidas la trata y la explotación sexual y otros tipos de explotación.
- Meta 16.3: Promover el Estado de derecho en los planos nacional e internacional y garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos.
Indicadores de los ODS mencionados en el artículo:
- Indicador 5.2.1: Proporción de mujeres y niñas víctimas de violencia física o sexual en los últimos 12 meses.
- Indicador 16.3.1: Proporción de la población que percibe haber sido víctima de corrupción en el último año.
Tabla de ODS, metas e indicadores:
ODS | Metas | Indicadores |
---|---|---|
Objetivo 5: Igualdad de género | Meta 5.2: Eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y niñas en los ámbitos público y privado, incluidas la trata y la explotación sexual y otros tipos de explotación. | Indicador 5.2.1: Proporción de mujeres y niñas víctimas de violencia física o sexual en los últimos 12 meses. |
Objetivo 16: Paz, justicia e instituciones sólidas | Meta 16.3: Promover el Estado de derecho en los planos nacional e internacional y garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos. | Indicador 16.3.1: Proporción de la población que percibe haber sido víctima de corrupción en el último año. |
El artículo aborda principalmente los temas de abuso sexual infantil y las acciones tomadas por las autoridades mexicanas para proteger a las víctimas y garantizar la justicia. Estos temas están conectados con el Objetivo 5 de Igualdad de género, que busca eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres y niñas, incluido el abuso sexual. Además, el artículo menciona medidas legislativas tomadas para aumentar las penas a los agresores sexuales y proteger los derechos civiles de las mujeres, lo cual también se relaciona con el Objetivo 5.
En cuanto a las metas específicas de los ODS, el artículo menciona la meta 5.2 de eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres y niñas, así como la meta 16.3 de promover el Estado de derecho y garantizar la igualdad de acceso a la justicia. Estas metas se reflejan en las acciones tomadas por el Senado de la República en México para aumentar las penas a los agresores sexuales y destituir a un juez por absolver a un violador sexual de una niña.
En cuanto a los indicadores de los ODS, el artículo no menciona explícitamente los indicadores específicos. Sin embargo, se puede inferir que el indicador 5.2.1 de proporción de mujeres y niñas víctimas de violencia física o sexual en los últimos 12 meses es relevante para medir el progreso hacia la meta 5.2. Además, el indicador 16.3.1 de proporción de la población que percibe haber sido víctima de corrupción en el último año puede ser relevante para medir el progreso hacia la meta 16.3, ya que la corrupción puede obstaculizar el acceso a la justicia.
En resumen, el artículo aborda principalmente los temas de abuso sexual infantil y las acciones tomadas para proteger a las víctimas y garantizar la justicia. Estos temas están conectados con el Objetivo 5 de Igualdad de género y la meta 5.2 de eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres y niñas. Además, el artículo menciona medidas legislativas tomadas para aumentar las penas a los agresores sexuales y destituir a un juez por absolver a un violador sexual de una niña, lo cual también se relaciona con la meta 16.3 de promover el Estado de derecho y garantizar la igualdad de acceso a la justicia. Los indicadores relevantes para medir el progreso hacia estos objetivos y metas son el indicador 5.2.1 de proporción de mujeres y niñas víctimas de violencia física o sexual en los últimos 12 meses y el indicador 16.3.1 de proporción de la población que percibe haber sido víctima de corrupción en el último año.
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Fuente: infobae.com
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