Jefa del Servicio de la Niñez admite preocupante alza de delitos de explotación sexual
Jefa del Servicio de la Niñez admite preocupante alza de delitos de ... La Prensa Austral
Informe sobre la explotación sexual en Magallanes
Introducción
Prevenir, afrontar y erradicar la explotación sexual en Magallanes es el objetivo de los operativos nocturnos que se han llevado a cabo en la ciudad. Estos procedimientos han incluido la fiscalización en moteles, discotecas, clubes nocturnos y otros establecimientos. Hasta el momento, se han realizado tres operativos de este tipo.
Contexto
En los últimos tres años, el delito de explotación sexual de menores ha experimentado un preocupante aumento en Magallanes, afectando incluso a niños y niñas menores de ocho años. Ante esta situación compleja, se ha reconocido la necesidad de establecer una respuesta estatal coordinada y permanente.
Ley N°21.522
El 30 de diciembre de 2022, se publicó en el Diario Oficial la Ley N°21.522, que introduce un nuevo párrafo en el Título VII del Libro II del Código Penal, relativo a la explotación sexual comercial y material pornográfico de niños, niñas y adolescentes.
Definición de explotación sexual de niños, niñas y adolescentes
La explotación sexual de niños, niñas y adolescentes se refiere a cualquier acción de carácter sexual realizada por un adulto en contra de un menor. Esta acción implica una “transacción” que puede ser material, como dinero, regalos o drogas, o no material, como protección, pernoctación o traslado. Esta realidad también se presenta en Chile. Lo que caracteriza a la explotación sexual comercial es la comercialización de la sexualidad, lo cual viola el derecho fundamental de todo menor a recibir un trato digno, respetar su integridad y libertad sexual, alterando gravemente su desarrollo.
Impacto de la nueva normativa
Jessica Rivera, directora (s) del Servicio de Protección Especializada de la Niñez, destacó el avance que representa la nueva normativa para sancionar a quienes facilitan esta conducta. Anteriormente, las acciones legales eran limitadas. Además, ahora no existe una línea de diferencia en las edades, ya que todos los menores de 18 años están sujetos a la explotación sexual. Antes existía la línea del estupro, pero a partir de ahora, cualquier intercambio configura el delito de explotación sexual infantil.
1. Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) abordados en el artículo:
- Objetivo 5: Igualdad de género
- Objetivo 8: Trabajo decente y crecimiento económico
- Objetivo 16: Paz, justicia e instituciones sólidas
2. Metas específicas de los ODS identificadas en el artículo:
- Meta 5.2: Eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y las niñas en los ámbitos público y privado, incluidas la trata y la explotación sexual y otros tipos de explotación.
- Meta 8.7: Tomar medidas inmediatas y eficaces para erradicar el trabajo forzoso, poner fin a las formas modernas de esclavitud y la trata de seres humanos, y asegurar la prohibición y eliminación de las peores formas de trabajo infantil, incluidos el reclutamiento y la utilización de niños soldados, y, para 2025, poner fin al trabajo infantil en todas sus formas.
- Meta 16.2: Poner fin al maltrato, la explotación, la trata y todas las formas de violencia y tortura contra los niños.
3. Indicadores de los ODS mencionados o implícitos en el artículo:
- Indicador 5.2.1: Proporción de mujeres y niñas víctimas de violencia física o sexual por parte de una persona distinta de su pareja en los últimos 12 meses.
- Indicador 8.7.1: Tasa de trabajo infantil, por grupos de edad, sexo y forma de trabajo.
- Indicador 16.2.2: Proporción de jóvenes de ambos sexos (a) que han experimentado violencia sexual en la infancia o en la adolescencia; (b) que han sufrido violencia física en la infancia o en la adolescencia.
4. Tabla ‘ODS, metas e indicadores’:
ODS | Metas | Indicadores |
---|---|---|
Objetivo 5: Igualdad de género | Meta 5.2: Eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y las niñas en los ámbitos público y privado, incluidas la trata y la explotación sexual y otros tipos de explotación. | Indicador 5.2.1: Proporción de mujeres y niñas víctimas de violencia física o sexual por parte de una persona distinta de su pareja en los últimos 12 meses. |
Objetivo 8: Trabajo decente y crecimiento económico | Meta 8.7: Tomar medidas inmediatas y eficaces para erradicar el trabajo forzoso, poner fin a las formas modernas de esclavitud y la trata de seres humanos, y asegurar la prohibición y eliminación de las peores formas de trabajo infantil, incluidos el reclutamiento y la utilización de niños soldados, y, para 2025, poner fin al trabajo infantil en todas sus formas. | Indicador 8.7.1: Tasa de trabajo infantil, por grupos de edad, sexo y forma de trabajo. |
Objetivo 16: Paz, justicia e instituciones sólidas | Meta 16.2: Poner fin al maltrato, la explotación, la trata y todas las formas de violencia y tortura contra los niños. | Indicador 16.2.2: Proporción de jóvenes de ambos sexos (a) que han experimentado violencia sexual en la infancia o en la adolescencia; (b) que han sufrido violencia física en la infancia o en la adolescencia. |
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Fuente: laprensaaustral.cl
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