Ley de Educación Sexual Integral: una deuda de Santa Fe
Ley de Educación Sexual Integral: una deuda de Santa Fe El Ciudadano & La Gente
La provincia de Santa Fe y la necesidad de una ley de Educación Sexual Integral
La provincia de Santa Fe sigue a la espera de una ley propia de Educación Sexual Integral (ESI). En tres oportunidades, la Cámara Baja de la legislatura dio media sanción a proyectos que durmieron en el Senado. Sin voluntad política para que eso suceda, en diciembre próximo todo parece indicar que volverá a perder estado parlamentario y la provincia seguirá en deuda con las niñeces y adolescencias.
Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)
- ODS 3: Garantizar una vida sana y promover el bienestar para todos en todas las edades.
- ODS 4: Garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje durante toda la vida para todos.
- ODS 5: Lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y niñas.
- ODS 10: Reducir la desigualdad en y entre los países.
La ley federal N° 26.150 de Educación Sexual Integral fue sancionada en el Congreso de la Nación en 2006. Esta normativa garantiza el derecho de niños y niñas de todas las escuelas del país a recibir en todos los niveles –inicial, primaria y secundaria- información para la toma de decisiones responsables y críticas en relación con los derechos de los niños, las niñas y adolescentes al cuidado del propio cuerpo, las relaciones interpersonales y la sexualidad.
La normativa busca, entonces, que los alumnos tengan las herramientas para decidir sobre sus propios cuerpos y también para evitar situaciones de vulneración, abuso y maltrato, tanto física como emocional. Apunta a contener desde el espacio institucional que el Estado brinda a las niñeces y adolescencias: la escuela.
La provincia de Santa Fe fue una de las primeras en adherir a las implicancias de la ley nacional. Desde 2008, el sistema educativo provincial cuenta con un equipo de Esi que depende de la Subsecretaría de Desarrollo Curricular y Formación Docente.
Desde hace algunos años, la provincia busca contar con una normativa propia. Uno de los motivos de esa iniciativa es que, al ser Argentina un país federal, el área de educación está delegada a cada distrito. Una norma provincial le daría más fuerza a la Esi, que podría implementarse de forma transversal en todas las escuelas sin que dependa de la voluntad individual de cada docente o institución de aplicarla o no.
Historia legislativa
- En 2018, se presentó el primer proyecto de Ley de Educación Sexual Integral en la Cámara Baja de Santa Fe. Sin embargo, no logró avanzar en el Senado y perdió estado parlamentario.
- En 2020, durante una sesión virtual presidida por Miguel Lifschitz, se obtuvo media sanción para un nuevo proyecto de ley provincial de Esi. A pesar de esto, la iniciativa no fue tratada en el Senado y naufragó.
- En 2022, Diputados volvió a darle media sanción al proyecto presentado por los diputados Gisel Mahmud (PS) y Leandro Busatto (PJ). Sin embargo, hasta el momento, no ha sido tratado en el Senado y se espera que pierda estado parlamentario en diciembre.
Además, en 2022 el Senador por San Lorenzo, Armando Traferri, presentó un proyecto de Esi de autoría propia que tampoco llegó al recinto.
Análisis político
La falta de avance en la legislación de la Educación Sexual Integral en Santa Fe ha sido atribuida a la falta de voluntad política y a la composición conservadora del Senado provincial. La diputada Damaris Pacchiotti señala la necesidad de feminizar la política para lograr cambios trascendentales en la educación y los derechos de las mujeres y las disidencias.
Por su parte, la diputada Lucila De Ponti destaca la falta de diálogo entre las cámaras legislativas y la resistencia a abordar temas polémicos como la ESI. También critica la falta de tratamiento de proyectos provenientes de la Cámara de Diputados en el Senado.
En conclusión, la provincia de Santa Fe se encuentra en deuda con las niñeces y adolescencias al no contar con una ley propia de Educación Sexual Integral. A pesar de adherir a la normativa nacional, la falta de voluntad política y los obstáculos en el Senado han impedido su avance. Es necesario promover el debate y la acción para garantizar el derecho de los niños y niñas a recibir una educación inclusiva y equitativa en relación con su sexualidad y derechos.
1. Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) abordados en el artículo:
- Objetivo 3: Salud y bienestar
- Objetivo 4: Educación de calidad
- Objetivo 5: Igualdad de género
- Objetivo 10: Reducción de las desigualdades
2. Metas específicas de los ODS identificadas en el artículo:
- Meta 3.7: Para 2030, asegurar el acceso universal a los servicios de salud sexual y reproductiva, incluidos los servicios de planificación familiar, información y educación, y la integración de la salud reproductiva en las estrategias y programas nacionales.
- Meta 4.7: Para 2030, asegurar que todos los alumnos adquieran los conocimientos teóricos y prácticos necesarios para promover el desarrollo sostenible, entre ellos, mediante la educación para el desarrollo sostenible y la adopción de estilos de vida sostenibles, los derechos humanos, la igualdad de género, la promoción de una cultura de paz y no violencia, la ciudadanía mundial y la valoración de la diversidad cultural y la contribución de la cultura al desarrollo sostenible.
- Meta 5.6: Asegurar la participación plena y efectiva de las mujeres y la igualdad de oportunidades de liderazgo a todos los niveles decisorios en la vida política, económica y pública.
- Meta 10.3: Garantizar la igualdad de oportunidades y reducir la desigualdad de resultados, incluso eliminando las leyes, políticas y prácticas discriminatorias y promoviendo legislaciones, políticas y medidas adecuadas a ese respecto.
3. Indicadores de los ODS mencionados en el artículo:
- Indicador 3.7.1: Proporción de mujeres en edad fértil que tienen necesidades de planificación familiar satisfechas con métodos modernos.
- Indicador 4.7.1: Porcentaje de estudiantes que alcanzan al menos un nivel mínimo de competencia en lectura y matemáticas (por sexo).
- Indicador 5.5.1: Proporción de asientos ocupados por mujeres en los parlamentos nacionales y locales.
- Indicador 10.3.1: Proporción de personas que consideran que han sido discriminadas o tratadas injustamente en los últimos 12 meses en función de su sexo, edad, discapacidad, orientación sexual, raza, etnia, religión u origen nacional.
4. Tabla de ODS, metas e indicadores:
ODS | Metas | Indicadores |
---|---|---|
Objetivo 3: Salud y bienestar | Meta 3.7: Para 2030, asegurar el acceso universal a los servicios de salud sexual y reproductiva, incluidos los servicios de planificación familiar, información y educación, y la integración de la salud reproductiva en las estrategias y programas nacionales. | Indicador 3.7.1: Proporción de mujeres en edad fértil que tienen necesidades de planificación familiar satisfechas con métodos modernos. |
Objetivo 4: Educación de calidad | Meta 4.7: Para 2030, asegurar que todos los alumnos adquieran los conocimientos teóricos y prácticos necesarios para promover el desarrollo sostenible, entre ellos, mediante la educación para el desarrollo sostenible y la adopción de estilos de vida sostenibles, los derechos humanos, la igualdad de género, la promoción de una cultura de paz y no violencia, la ciudadanía mundial y la valoración de la diversidad cultural y la contribución de la cultura al desarrollo sostenible. | Indicador 4.7.1: Porcentaje de estudiantes que alcanzan al menos un nivel mínimo de competencia en lectura y matemáticas (por sexo). |
Objetivo 5: Igualdad de género | Meta 5.6: Asegurar la participación plena y efectiva de las mujeres y la igualdad de oportunidades de liderazgo a todos los niveles decisorios en la vida política, económica y pública. | Indicador 5.5.1: Proporción de asientos ocupados por mujeres en los parlamentos nacionales y locales. |
Objetivo 10: Reducción de las desigualdades | Meta 10.3: Garantizar la igualdad de oportunidades y reducir la desigualdad de resultados, incluso eliminando las leyes, políticas y prácticas discriminatorias y promoviendo legislaciones, políticas y medidas adecuadas a ese respecto. | Indicador 10.3.1: Proporción de personas que consideran que han sido discriminadas o tratadas injustamente en los últimos 12 meses en función de su sexo, edad, discapacidad, orientación sexual, raza, etnia, religión u origen nacional. |
¡Atención! Este espléndido artículo nace de la fuente del conocimiento, moldeado por una maravillosa tecnología patentada de inteligencia artificial que profundizó en un vasto océano de datos, iluminando el camino hacia los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Recuerda que todos los derechos están reservados por SDG Investors LLC, lo que nos permite defender el progreso juntos.
Fuente: elciudadanoweb.com
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