Ley que tipifica como delito el asfixia no letal será herramienta para prevención de feminicidios
Ley que tipifica como delito el asfixia no letal será herramienta para prevención de feminicidios Primera Hora
Informe sobre la ley de estrangulamiento no fatal en Puerto Rico
Introducción
El secretario del Departamento de Justicia (DJ), Domingo Emanuelli Hernández, ha catalogado como un gran avance en los esfuerzos para prevenir los feminicidios y fortalecer el procesamiento de los casos de violencia doméstica que el gobernador, Pedro Pierluisi Urrutia, haya convertido en ley el Proyecto de la Cámara 1583. Esta ley tipifica como delito y castiga severamente el estrangulamiento no fatal.
Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)
- ODS 5: Igualdad de género
- ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas
Beneficios de la ley
- Permite procesar y penalizar el estrangulamiento no fatal con la severidad que amerita, ya que estudios demuestran que quien comete esta conducta es un potencial feminicida y su víctima tiene un riesgo de 700% de morir a manos de él.
- Apoya el desarrollo de planes de prevención de feminicidios íntimos al obtener y desarrollar datos estadísticos sobre la incidencia de estos delitos en la Isla.
- Elimina la posibilidad de que el agresor se beneficie de un programa de desvío cuando comete estrangulamiento en la modalidad de maltrato bajo la Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica.
Desarrollo de políticas públicas
La recopilación y análisis de los datos contribuye al desarrollo de política pública para la prevención de feminicidios, al tiempo que crea conciencia, tanto en la víctima como en la sociedad, sobre la peligrosidad de esta modalidad de violencia doméstica y los riesgos asociados al estrangulamiento no fatal.
Mejora en la atención médica
A través de la nueva ley también mejorará la atención médica que se le brinda a las víctimas de estrangulamiento, asegurando que sea adecuada y con premura para evitar muertes y secuelas permanentes, pues ordena al Departamento de Salud la creación de un protocolo para el manejo efectivo y apropiado de estos casos.
Capacitación y certificación
El Departamento de Justicia, con el apoyo del Training Institute on Strangulation Prevention de San Diego, ha adiestrado y certificado a más de 400 fiscales, agentes investigadores, jueces, funcionarios de agencias gubernamentales y personal de organizaciones sin fines de lucro sobre la forma de identificar potenciales feminicidas y los mecanismos para prevenir el estrangulamiento. Además, se ofrecerá un Curso Experto: Certificación como perito en casos de estrangulamiento para desarrollar peritos que testifiquen en los tribunales para probar este tipo de casos más allá de duda razonable.
Conclusión
La ley de estrangulamiento no fatal en Puerto Rico representa un avance significativo en la prevención de feminicidios y el fortalecimiento del procesamiento de los casos de violencia doméstica. Además, contribuye al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), especialmente el ODS 5 y el ODS 16. Esta ley permitirá identificar a tiempo a potenciales feminicidas, procesarlos adecuadamente y brindar una atención médica oportuna a las víctimas.
1. Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) relacionados con los temas destacados en el artículo:
- Objetivo 5: Igualdad de género
- Objetivo 16: Paz, justicia e instituciones sólidas
2. Metas específicas de los ODS identificadas en el artículo:
- Meta 5.2: Eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y niñas en los ámbitos público y privado.
- Meta 16.1: Reducir significativamente todas las formas de violencia y las tasas de mortalidad relacionadas en todo el mundo.
3. Indicadores de los ODS mencionados o implícitos en el artículo:
- Indicador 5.2.1: Proporción de mujeres y niñas víctimas de violencia física o sexual en los últimos 12 meses.
- Indicador 16.1.1: Número de homicidios intencionales por cada 100,000 habitantes, por sexo y edad.
4. Tabla de ODS, metas e indicadores:
ODS | Metas | Indicadores |
---|---|---|
Objetivo 5: Igualdad de género | Meta 5.2: Eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y niñas en los ámbitos público y privado. | Indicador 5.2.1: Proporción de mujeres y niñas víctimas de violencia física o sexual en los últimos 12 meses. |
Objetivo 16: Paz, justicia e instituciones sólidas | Meta 16.1: Reducir significativamente todas las formas de violencia y las tasas de mortalidad relacionadas en todo el mundo. | Indicador 16.1.1: Número de homicidios intencionales por cada 100,000 habitantes, por sexo y edad. |
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Fuente: primerahora.com
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