Comparando adecuadamente resultados sancionatorios: la Ley de Delitos Económicos. – Diario Constitucional

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Comparando adecuadamente resultados sancionatorios: la Ley de Delitos Económicos. – Diario Constitucional

Comparando adecuadamente resultados sancionatorios: la Ley de Delitos Económicos. - Diario Constitucional

Informe sobre la Ley de Delitos Económicos en Chile

Informe sobre la Ley de Delitos Económicos en Chile

En una columna publicada el 27 de junio, se ha defendido una tesis que no es difícil de encontrar en los medios. La tesis es conocida: la Ley de Delitos Económicos vulneraría la igualdad ante la ley (¡y de pasada la Constitución y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos!).

Argumentos errados

La columna básicamente entrega dos argumentos. La ley establecería penas probables más elevadas que para delitos sexuales e inclusos delitos contra la vida y que sería atentatoria contra la igualdad ante la ley, ya que no se consideraría la atenuante de irreprochable conducta anterior. Si se lo haría, en cambio, respecto al homicidio.

Los dos argumentos son, en mi opinión, errados. Pero lo son por razones distintas. La idea de que la pena probable asociada a delitos económicos es mayor que la de delitos contra la vida es simplemente falsa. La pena del homicidio calificado es de presidio mayor en grado máximo a presidio perpetuo. La concurrencia de una agravante obliga a imponer el presidio perpetuo. La pena del homicidio simple es de presidio mayor en su grado medio a máximo. Con atenuantes o sin agravantes, la pena probable es de 10 años y un día de cárcel, sin acceso hasta 2/3 de la pena a libertad condicional. Con una agravante, la pena probable es de 15 años y un día. Los delitos sexuales en general excluyen la aplicabilidad de penas sustitutivas. La pena probable de los casos más graves (violación) es similar a la del homicidio. No hay nada en la Ley de Delitos Económicos que se parezca a esto ni siquiera remotamente. Esto no parece ser más que una fantasía asociada a desconocimiento.

El argumento de la exclusión de la irreprochable conducta anterior es, en realidad, un aspecto de la decisión central de la Ley de Delitos Económicos: establecer un sistema especial de determinación de la pena. En esto no hay novedad alguna. El régimen general del CP ha dejado de ser aplicable en una infinidad de ámbitos, incluyendo el ámbito nuclear de los delitos contra la propiedad (que agrava de modo especialmente intenso la reincidencia y excluye algunas atenuantes, además de limitar su efecto). Que eso es constitucionalmente admitido es algo respecto a lo cual no hay dudas en la práctica del Tribunal Constitucional y ha sido declarado literalmente miles de veces en sus sentencias. Otra pregunta es por sus fundamentos y por el contenido de los mecanismos del sistema introducido: esas es la verdadera pregunta que debiera plantearse.

Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)

La Ley de Delitos Económicos en Chile está alineada con varios Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) establecidos por las Naciones Unidas. A continuación, se destacan algunos de estos ODS:

ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas

  • La ley busca establecer un sistema de determinación de la pena que sea profundo y ecuánime, tratando con mayor severidad los casos concretamente graves y con menor dureza los casos menos graves.
  • Se introduce un sistema diferenciado de atenuantes y agravantes aplicables a los delitos económicos para garantizar una valoración concreta del modo de perpetración y del daño.

ODS 10: Reducción de las desigualdades

  • La ley busca evitar un sistema plano en el ámbito de los delitos económicos, donde no existan diferencias en la pena probable atribuible a la realización en circunstancias muy distintas de un mismo tipo.
  • Se pretende establecer un sistema de determinación de la pena que tenga en cuenta las circunstancias específicas de cada caso, evitando percepciones de falta de legitimidad y produciendo una distribución más equitativa de las sanciones esperadas.

Conclusiones

La Ley de Delitos Económicos en Chile tiene como objetivo principal establecer un sistema de determinación de la pena que sea profundo, ecuánime y diferenciado. A través de este sistema, se busca tratar con mayor severidad los casos concretamente graves y con menor dureza los casos menos graves. Esta ley está alineada con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) relacionados con la paz, la justicia, las instituciones sólidas y la reducción de las desigualdades.

Es importante juzgar las decisiones legislativas de determinación de la pena en base a expectativas relevantes y predicciones informadas. Comparar las penas probables esperadas en diferentes delitos y evaluar los efectos esperados del sistema es fundamental para determinar si una ley es adecuada o excesiva. La Ley de Delitos Económicos busca producir efectos concretos esperables de determinación de la pena, considerando la gravedad de cada circunstancia.

En conclusión, la Ley de Delitos Económicos en Chile busca promover la justicia y la equidad en el sistema penal, estableciendo un marco legal que tenga en cuenta las particularidades de los delitos económicos y garantice una distribución más equitativa de las sanciones esperadas.

(Santiago, 20 de julio de 2023)

1. Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) abordados en el artículo:

  • Objetivo 16: Paz, justicia e instituciones sólidas

2. Metas específicas de los ODS identificadas en el artículo:

  • Meta 16.3: Promover el Estado de derecho en todos los niveles y garantizar el acceso a la justicia para todos

3. Indicadores de los ODS mencionados o implícitos en el artículo:

  • Indicador 16.3.1: Proporción de la población que ha experimentado una violencia física, sexual o psicológica en los últimos 12 meses y que busca ayuda de las instituciones para hacer frente a dicha violencia

El artículo aborda principalmente el tema de la Ley de Delitos Económicos en Chile y su relación con la igualdad ante la ley y los tratados internacionales de derechos humanos. En este contexto, se destaca la importancia del Estado de derecho y el acceso a la justicia para todos, lo cual está relacionado con el Objetivo 16 de Paz, justicia e instituciones sólidas.

En cuanto a las metas específicas, se puede identificar la Meta 16.3, que busca promover el Estado de derecho y garantizar el acceso a la justicia para todos. El artículo analiza cómo la Ley de Delitos Económicos establece un sistema especial de determinación de la pena para lograr una mayor equidad y severidad en los casos concretamente graves.

En términos de indicadores, el artículo no menciona explícitamente ninguno de los indicadores de los ODS. Sin embargo, se puede relacionar el Indicador 16.3.1, que mide la proporción de la población que ha experimentado violencia y busca ayuda de las instituciones para enfrentarla. Aunque el artículo no se centra en la violencia en sí, aborda la importancia de un sistema de determinación de la pena adecuado y equitativo para garantizar la justicia en casos de delitos económicos.

4. Tabla de ODS, metas e indicadores:

ODS Metas Indicadores
Objetivo 16: Paz, justicia e instituciones sólidas Meta 16.3: Promover el Estado de derecho en todos los niveles y garantizar el acceso a la justicia para todos Indicador 16.3.1: Proporción de la población que ha experimentado una violencia física, sexual o psicológica en los últimos 12 meses y que busca ayuda de las instituciones para hacer frente a dicha violencia

¡Atención! Este espléndido artículo nace de la fuente del conocimiento, moldeado por una maravillosa tecnología patentada de inteligencia artificial que profundizó en un vasto océano de datos, iluminando el camino hacia los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Recuerda que todos los derechos están reservados por SDG Investors LLC, lo que nos permite defender el progreso juntos.

Fuente: diarioconstitucional.cl

 

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