Chile – El acceso a Internet como servicio público será una realidad – Diario Jurídico
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El Congreso aprueba la ley de Acceso a Internet como Servicio Público de Telecomunicaciones
En una larga tramitación, la Cámara de Diputados ha aprobado con amplia mayoría el proyecto que establece Internet como servicio público. Esta ley, impulsada durante el segundo Gobierno de la ex Presidenta Michelle Bachelet, permitirá fiscalizar la provisión de internet de la misma forma que la telefonía móvil y facilitará herramientas para reducir la brecha digital.
Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) relacionados:
- ODS 9: Industria, Innovación e Infraestructura
- ODS 10: Reducción de las Desigualdades
- ODS 11: Ciudades y Comunidades Sostenibles
El ministro de Transporte y Telecomunicaciones, Juan Carlos Muñoz, expresó su satisfacción por la aprobación de esta ley, destacando su importancia para acortar la brecha digital y garantizar el acceso a internet para todos los ciudadanos. Durante la pandemia, se ha evidenciado la necesidad de una buena conectividad digital para acceder a servicios esenciales y participar plenamente en la vida moderna.
Con el apoyo transversal de la Cámara de Diputados, el proyecto de ley “Acceso a Internet como un servicio público de telecomunicaciones” está listo para ser promulgado por el Presidente Gabriel Boric.
Este proyecto otorgará mayores atribuciones a Subtel en términos de fiscalización y permitirá implementar el mecanismo de subsidio a la demanda, similar al de la electricidad y el agua potable, para ayudar a las familias más vulnerables a pagar su cuenta de internet.
Este proyecto de ley forma parte del Plan Brecha Digital Cero 2022-2025, cuyo objetivo principal es garantizar el acceso a la conectividad para todos los habitantes del país, independientemente de su ubicación geográfica o posibilidades económicas.
El proyecto define el acceso a Internet como un servicio público de telecomunicaciones destinado a satisfacer las necesidades de comunicación de las personas en general.
En cuanto a las empresas de telecomunicaciones, la iniciativa establece que deben brindar cobertura a los usuarios dentro de su área de servicio. Por ejemplo, si una compañía llega a la comuna de La Pintana, ahora deberá brindar cobertura a toda la comuna y no solo a algunos sectores.
La ley también reconoce la facultad presidencial de destinar anualmente un subsidio para el pago de las cuentas de servicios de Internet a un porcentaje determinado de los usuarios más vulnerables del país, según lo registrado en el Registro Social de Hogares (RSH) u otro instrumento adecuado. Esto se financiará con recursos del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones (FDT).
Antes de su implementación, se deberán dictar una serie de reglamentos que permitan la aplicación efectiva de la ley.
Fuente: Presidencia de Chile
1. Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) abordados en el artículo:
- Objetivo 9: Industria, Innovación e Infraestructura
- Objetivo 10: Reducción de las desigualdades
- Objetivo 17: Alianzas para lograr los objetivos
2. Metas específicas de los ODS identificadas en el artículo:
- Meta 9.c: Aumentar significativamente el acceso a la tecnología de la información y las comunicaciones y esforzarse por proporcionar acceso universal y asequible a Internet en los países menos desarrollados para 2020.
- Meta 10.2: Empoderar y promover la inclusión social, económica y política de todas las personas, independientemente de su edad, sexo, discapacidad, raza, etnia, origen, religión o situación económica u otra condición.
- Meta 17.6: Mejorar la cooperación regional e internacional para facilitar el acceso a la ciencia, la tecnología y la innovación y aumentar el intercambio de conocimientos en condiciones mutuamente acordadas, incluso mediante una cooperación internacional mejorada en materia de propiedad intelectual.
3. Indicadores de los ODS mencionados o implícitos en el artículo:
- Indicador 9.c.1: Proporción de la población que utiliza Internet.
- Indicador 10.2.1: Proporción de personas que viven por debajo del umbral nacional de pobreza, desagregadas por edad, sexo, discapacidad y origen étnico o racial.
- Indicador 17.6.1: Número total de acuerdos de transferencia de tecnología en condiciones mutuamente acordadas que involucran a países en desarrollo.
4. Tabla de ODS, metas e indicadores:
ODS | Metas | Indicadores |
---|---|---|
Objetivo 9: Industria, Innovación e Infraestructura | Meta 9.c: Aumentar significativamente el acceso a la tecnología de la información y las comunicaciones y esforzarse por proporcionar acceso universal y asequible a Internet en los países menos desarrollados para 2020. | Indicador 9.c.1: Proporción de la población que utiliza Internet. |
Objetivo 10: Reducción de las desigualdades | Meta 10.2: Empoderar y promover la inclusión social, económica y política de todas las personas, independientemente de su edad, sexo, discapacidad, raza, etnia, origen, religión o situación económica u otra condición. | Indicador 10.2.1: Proporción de personas que viven por debajo del umbral nacional de pobreza, desagregadas por edad, sexo, discapacidad y origen étnico o racial. |
Objetivo 17: Alianzas para lograr los objetivos | Meta 17.6: Mejorar la cooperación regional e internacional para facilitar el acceso a la ciencia, la tecnología y la innovación y aumentar el intercambio de conocimientos en condiciones mutuamente acordadas, incluso mediante una cooperación internacional mejorada en materia de propiedad intelectual. | Indicador 17.6.1: Número total de acuerdos de transferencia de tecnología en condiciones mutuamente acordadas que involucran a países en desarrollo. |
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Fuente: diariojuridico.com
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