Análisis sobre la proposición de Ley Orgánica en materia de multirreincidencia y delito de hurto – El Derecho

Febrerp 19, 2026 - 01:30
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Análisis sobre la proposición de Ley Orgánica en materia de multirreincidencia y delito de hurto – El Derecho

 

Informe sobre la Modificación del Código Penal en Materia de Multirreincidencia y su Relación con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)

El Congreso de los Diputados aprobó el 12 de febrero de 2026 la Proposición de Ley Orgánica para la modificación del Código Penal en materia de multirreincidencia, enfocada principalmente en los delitos de hurto. Esta reforma legislativa busca corregir los efectos negativos que la reiteración delictiva genera en la seguridad ciudadana, incrementando las penas sin considerar la cuantía de lo sustraído y ampliando los tipos agravados, especialmente en relación con la telefonía móvil y dispositivos análogos.

Contexto y Objetivos de la Reforma

Con 302 votos a favor, 36 en contra y 8 abstenciones, la reforma modifica la Ley Orgánica 10/1995 del Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal. El legislador pretende responder a la problemática de la multirreincidencia en delitos patrimoniales, que afecta la seguridad y confianza ciudadana, alineándose con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) 16, que promueven sociedades pacíficas e inclusivas, acceso a la justicia y construcción de instituciones eficaces, responsables e inclusivas.

Ámbitos Principales de la Reforma

  1. Procesal: Reforma de las medidas cautelares personales y ampliación de la legitimación procesal a favor de las entidades locales.
  2. Tipicidad: Ampliación de las causas de agravación de los delitos contra el patrimonio, especialmente los hurtos.
  3. Punibilidad: Incremento de la respuesta punitiva y acotación de la agravante de reincidencia.
  4. Incorporación del delito de estafa: Integración en el régimen de multirreincidencia con mayor intensidad.

Reforma de las Medidas Cautelares

Se modifica el régimen de medidas cautelares personales, en particular los artículos 13 y 544 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LEcrim), para incluir la prohibición de aproximación a determinados lugares con el fin de evitar la reiteración delictiva. Sin embargo, la eficacia de estas medidas es limitada, ya que desplazan al delincuente sin neutralizar su conducta, lo que puede generar un traslado del problema a otras áreas geográficas.

Implicaciones para los ODS

  • Contribuye al ODS 16 al intentar mejorar la seguridad ciudadana y la justicia.
  • Presenta desafíos en términos de proporcionalidad y derechos humanos, aspectos clave para un desarrollo sostenible y justo.

Ampliación de la Legitimación Procesal

El artículo 105 LEcrim se reforma para permitir que las entidades locales ejerzan la acción penal en delitos de hurto, reflejando la preocupación local por la multirreincidencia. Esta medida busca fortalecer la participación comunitaria en la justicia, aunque puede afectar la celeridad procesal y generar tensiones con el Ministerio Fiscal.

Relación con los ODS

  • Fortalece el ODS 16 al promover instituciones inclusivas y responsables.
  • Impulsa la participación ciudadana, elemento esencial para sociedades sostenibles.

Reforma de la Tipicidad del Delito de Hurto

La tipicidad se modifica en dos aspectos:

  • Por reiteración delictiva: Se elimina la exigencia de suma mínima de cuantía sustraída para considerar la multirreincidencia, simplificando la aplicación de penas más severas.
  • Por objeto sustraído: Se agravan los hurtos de teléfonos móviles y dispositivos similares, reconociendo el valor intangible de la información personal contenida en ellos.

Aspectos Clave

  1. La multirreincidencia se considera un factor específico para la agravación penal, sin compensación con atenuantes.
  2. Se incorporan penas privativas de libertad de uno a tres años en función de la gravedad y reiteración.
  3. Se reconoce el daño moral derivado de la pérdida de información personal, ampliando la perspectiva del perjuicio más allá del valor económico.

Contribución a los ODS

  • Apoya el ODS 16 al fortalecer la justicia penal y la protección de derechos.
  • Impulsa el ODS 9 (Industria, innovación e infraestructura) al proteger dispositivos tecnológicos y la información digital.

Reforma del Sistema de Registro de Antecedentes Penales (SIRAJ)

Se actualiza el contenido del Registro Central de Antecedentes Penales para incluir el importe o valor de lo sustraído en delitos de hurto, facilitando la instrucción judicial y la consulta de antecedentes. No obstante, la relevancia práctica de esta información disminuye debido a la nueva tipificación que prescinde de la cuantía acumulada.

Consideraciones Generales y Recomendaciones

  • La reforma aborda la multirreincidencia desde una perspectiva estricta, lo que puede generar debates sobre la proporcionalidad y justicia en la imposición de penas.
  • Se recomienda fortalecer instrumentos procesales como el enjuiciamiento inmediato y la peritación judicial para mejorar la eficacia y rapidez de la justicia, alineándose con el ODS 16.
  • Es importante considerar la inclusión de medidas que promuevan la rehabilitación y reinserción social, contribuyendo al ODS 3 (Salud y bienestar) y ODS 10 (Reducción de las desigualdades).
  • La participación de las entidades locales debe equilibrarse para evitar sobrecargas procesales y garantizar la eficacia del sistema judicial.

Conclusión

La modificación del Código Penal en materia de multirreincidencia representa un avance legislativo orientado a mejorar la seguridad ciudadana y la eficacia del sistema penal, en consonancia con los Objetivos de Desarrollo Sostenible, especialmente el ODS 16. Sin embargo, la reforma presenta retos en términos de proporcionalidad, derechos humanos y eficiencia procesal que deberán ser monitoreados y ajustados para asegurar un desarrollo sostenible y justo en el ámbito de la justicia penal.

1. ¿Qué Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) se abordan o están conectados con los temas destacados en el artículo?

  1. ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas
    • El artículo aborda la reforma del Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal para mejorar la seguridad ciudadana y la eficacia del sistema judicial frente a la multirreincidencia delictiva.
    • Se enfatiza la importancia de fortalecer las instituciones judiciales, mejorar la respuesta punitiva y la legitimación procesal para garantizar justicia efectiva.
  2. ODS 11: Ciudades y comunidades sostenibles
    • La preocupación de las entidades locales por la seguridad pública y la multirreincidencia delictiva en su ámbito geográfico conecta con la meta de hacer ciudades y comunidades seguras.
  3. ODS 1: Fin de la pobreza
    • Se menciona que la insuficiencia económica es un factor que provoca ataques al patrimonio ajeno, lo que implica una relación indirecta con la erradicación de la pobreza y sus efectos sociales.

2. ¿Qué metas específicas de los ODS se pueden identificar en función del contenido del artículo?

  1. Meta 16.3: Promover el estado de derecho en el nivel nacional e internacional y garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos.
    • La reforma busca mejorar la eficacia del sistema penal para combatir la multirreincidencia y reforzar la legitimación procesal, lo que contribuye a esta meta.
  2. Meta 16.6: Desarrollar instituciones eficaces, responsables y transparentes a todos los niveles.
    • La reforma legislativa y la ampliación de la legitimación procesal a las entidades locales buscan fortalecer las instituciones y su capacidad de respuesta.
  3. Meta 11.7: Proporcionar acceso universal a zonas verdes y espacios públicos seguros, inclusivos y accesibles.
    • La preocupación por la seguridad ciudadana y la prevención de delitos en espacios públicos como el metro, autobuses y centros comerciales está relacionada con esta meta.
  4. Meta 1.4: Asegurar que todos los hombres y mujeres tengan iguales derechos a los recursos económicos y acceso a servicios básicos.
    • La mención a la insuficiencia económica como causa de delitos patrimoniales conecta con la necesidad de abordar la pobreza y sus consecuencias.

3. ¿Hay algún indicador de los ODS mencionado o implícito en el artículo que pueda usarse para medir el progreso hacia los objetivos identificados?

  1. Indicador 16.3.1: Proporción de víctimas de violencia que han denunciado el incidente a las autoridades o que han recibido asistencia judicial.
    • La reforma busca mejorar la respuesta judicial y la legitimación para ejercer la acción penal, lo que puede influir en la proporción de denuncias y procesos judiciales efectivos.
  2. Indicador 16.1.4: Número de víctimas de delitos intencionales por cada 100,000 habitantes, desglosado por tipo de delito.
    • El artículo se enfoca en delitos de hurto y multirreincidencia, por lo que la reducción de estos delitos puede medirse con este indicador.
  3. Indicador 11.7.2: Proporción de personas que se sienten seguras caminando solas en su barrio.
    • La mejora en la seguridad ciudadana mediante reformas legales puede impactar positivamente en esta percepción.
  4. Indicador 1.2.1: Proporción de personas que viven por debajo de la línea nacional de pobreza.
    • Aunque indirecto, la relación entre pobreza y delitos patrimoniales sugiere que la reducción de la pobreza puede contribuir a la disminución de la multirreincidencia.

4. Tabla: ODS, metas e indicadores

ODS Metas Indicadores
ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas
  • 16.3: Promover el estado de derecho y garantizar la igualdad de acceso a la justicia.
  • 16.6: Desarrollar instituciones eficaces, responsables y transparentes.
  • 16.3.1: Proporción de víctimas que denuncian y reciben asistencia judicial.
  • 16.1.4: Número de víctimas de delitos intencionales por 100,000 habitantes.
ODS 11: Ciudades y comunidades sostenibles
  • 11.7: Proporcionar acceso a espacios públicos seguros e inclusivos.
  • 11.7.2: Proporción de personas que se sienten seguras caminando solas en su barrio.
ODS 1: Fin de la pobreza
  • 1.4: Asegurar derechos a recursos económicos y servicios básicos.
  • 1.2.1: Proporción de personas bajo la línea nacional de pobreza.

Fuente: elderecho.com

 

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