BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA – ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES – Resolución 670/2023

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BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA – ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES – Resolución 670/2023

Informe – Resolución 670/2023

Resolución 670/2023

RESFC-2023-670-APN-D#APNAC

Introducción

La siguiente es una reescritura del artículo de la Resolución 670/2023 en formato de informe, con énfasis en los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).

Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)

  1. ODS 15: Vida de ecosistemas terrestres
  2. ODS 14: Vida submarina
  3. ODS 13: Acción por el clima
  4. ODS 12: Producción y consumo responsables
  5. ODS 11: Ciudades y comunidades sostenibles
  6. ODS 10: Reducción de las desigualdades
  7. ODS 9: Industria, innovación e infraestructura
  8. ODS 8: Trabajo decente y crecimiento económico
  9. ODS 7: Energía asequible y no contaminante
  10. ODS 6: Agua limpia y saneamiento
  11. ODS 5: Igualdad de género
  12. ODS 4: Educación de calidad
  13. ODS 3: Salud y bienestar
  14. ODS 2: Hambre cero
  15. ODS 1: Fin de la pobreza

Resolución 670/2023

Ciudad de Buenos Aires, 25/08/2023

VISTO el Expediente EX-2023-60948913-APN-DGA#APNAC del registro de esta ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES; la Convención sobre la Diversidad Biológica (CDB), ratificada por Ley N.º 24.375, las Leyes Nros. 22.351, 26.899 y 27.037 y su modificatoria y 27.275, la Decisión Administrativa N.º 1.422/2016, la Resolución del Directorio de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES N.º 410/2016, las Resoluciones P.D. Nros. 548/2007 y 24/2015, y la Resolución RESOL-2020-355-APN-MAD del MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LA NACIÓN, y

Considerando

  1. Que la REPÚBLICA ARGENTINA, ratificó mediante la Ley N° 24.375, el Convenio sobre Diversidad Biológica que establece en su Artículo 7º, inciso d) que “(…) la necesidad de mantener y organizar, por cualquier mecanismo, datos derivados de actividades de monitoreo e identificación de los elementos que componen la biodiversidad del planeta”.
  2. Que en el Sexto Informe Nacional para la “Conferencia de las Partes del Convenio sobre Diversidad Biológica” (CDB), de la entonces Secretaría de Gobierno de Ambiente y Desarrollo Sustentable se evaluó la implementación de la “Estrategia Nacional de Biodiversidad y Plan de Acción 2016-2020” y su relación con las metas de Aichi y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).
  3. Que, en el mencionado Informe, la Meta Nacional 13 menciona la necesidad de jerarquizar y consolidar un Sistema Nacional de Información sobre Biodiversidad que se constituya en la principal fuente de referencia de información sobre el estado de la biodiversidad en la Argentina y contribuya con la difusión de conocimientos sobre su conservación, uso sustentable, servicios ecosistémicos y acceso a los beneficios derivados de su utilización, entre otros.
  4. Que, en el marco del mencionado compromiso internacional y de las competencias asignadas por la Ley N° 22.351, la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, a través del “Proyecto de Conservación de la Biodiversidad en Argentina – GEF TC 028372”, desarrolló en el año 2002, el Sistema de Información de Biodiversidad (SIB-APN), cuyo objetivo es el de proveer información relevante para adoptar decisiones coherentes y fundadas relativas a la conservación de la biodiversidad y al uso sustentable en las Áreas Protegidas (AP) Nacionales.
  5. Que, en el marco de las competencias asignadas por la Ley N° 27.037 del Sistema Nacional de Áreas Marinas Protegidas, y su modificatoria, la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES tiene el deber de garantizar el acceso a la información obtenida en el marco del Sistema Nacional de Áreas Marinas Protegidas en arreglo a lo prescripto por la Ley N° 25.831 y sus normas complementarias y/o modificatorias.
  6. Que, en la actualidad, el SIB-APN es una fuente de referencia de información sobre la biodiversidad, los recursos naturales y culturales presentes en las distintas áreas protegidas bajo jurisdicción de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES (APN).
  7. Que el sistema SIB-APN es utilizado por el público en general, estudiantes, investigadores, otros organismos e instituciones y organizaciones de la sociedad civil, por su fácil accesibilidad, la calidad de la información, su actualización periódica actualización y la validación de sus datos por profesionales.
  8. Que, desde su creación, a través del mencionado sistema, brinda capacitación, asesoramiento y apoyo técnico a la Dirección Nacional de Conservación, Áreas protegidas y otras áreas del Organismo, respecto a herramientas cartográficas y bases de datos aplicadas a la gestión del fuego, gestión del conocimiento de investigación, planes de gestión, monitoreos, creación de nuevas áreas, aplicación de herramientas digitales en el campo.
  9. Que, asimismo, por medio de nuevas aplicaciones, programas de

    1. Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) abordados en el artículo:

    • Objetivo 15: Vida de ecosistemas terrestres
    • Objetivo 14: Vida submarina
    • Objetivo 16: Paz, justicia e instituciones sólidas

    2. Metas específicas de los ODS identificadas en el artículo:

    • Meta 15.1: Garantizar la conservación, restauración y uso sostenible de los ecosistemas terrestres y los ecosistemas interiores de agua.
    • Meta 14.2: Sostener y conservar los océanos, los mares y los recursos marinos para el desarrollo sostenible.
    • Meta 16.10: Garantizar el acceso público a la información y proteger las libertades fundamentales, de conformidad con las leyes nacionales y los acuerdos internacionales.

    3. Indicadores de los ODS mencionados en el artículo:

    • Indicador 15.1.1: Superficie forestal como porcentaje de la superficie terrestre total.
    • Indicador 14.2.1: Progreso en la consecución del objetivo de conservar al menos el 10% de las zonas costeras y marinas, de conformidad con la legislación nacional y el derecho internacional.
    • Indicador 16.10.2: Número de países que han adoptado y aplicado leyes y políticas que garantizan el acceso público a la información y la protección de las libertades fundamentales, de conformidad con las leyes nacionales.

    4. Tabla de ODS, metas e indicadores:

    ODS Metas Indicadores
    Objetivo 15: Vida de ecosistemas terrestres Meta 15.1: Garantizar la conservación, restauración y uso sostenible de los ecosistemas terrestres y los ecosistemas interiores de agua. Indicador 15.1.1: Superficie forestal como porcentaje de la superficie terrestre total.
    Objetivo 14: Vida submarina Meta 14.2: Sostener y conservar los océanos, los mares y los recursos marinos para el desarrollo sostenible. Indicador 14.2.1: Progreso en la consecución del objetivo de conservar al menos el 10% de las zonas costeras y marinas, de conformidad con la legislación nacional y el derecho internacional.
    Objetivo 16: Paz, justicia e instituciones sólidas Meta 16.10: Garantizar el acceso público a la información y proteger las libertades fundamentales, de conformidad con las leyes nacionales y los acuerdos internacionales. Indicador 16.10.2: Número de países que han adoptado y aplicado leyes y políticas que garantizan el acceso público a la información y la protección de las libertades fundamentales, de conformidad con las leyes nacionales.

    ¡Atención! Este espléndido artículo nace de la fuente del conocimiento, moldeado por una maravillosa tecnología patentada de inteligencia artificial que profundizó en un vasto océano de datos, iluminando el camino hacia los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Recuerda que todos los derechos están reservados por SDG Investors LLC, lo que nos permite defender el progreso juntos.

    Fuente: boletinoficial.gob.ar

     

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