¿Porqué el Clero Se Exime del Mandato de Reportar A Veces?

¿Porqué el Clero Se Exime del Mandato de Reportar A Veces?  The Carlson Law Firm

¿Porqué el Clero Se Exime del Mandato de Reportar A Veces?

Informe sobre abuso sexual en entornos religiosos

Informe sobre abuso sexual en entornos religiosos

Durante las últimas dos décadas, ha habido un importante ajuste de cuentas entre las acusaciones de abuso sexual de niños en entornos religiosos y la responsabilidad de esas instituciones. Una pregunta que sigue confundiendo a la gente es cómo siguen ocurriendo los abusos sexuales en la iglesia. En algunos casos, los mismos abusadores hicieron daño en docenas de parroquias durante décadas. Una de las razones más cruciales es que, en la mayoría de los estados, los miembros del clero no se consideran denunciantes obligatorios, o personas bajo el mandato de reportar. Esto significa que la ley no los obliga a denunciar un reporte de abuso.

La relación entre los miembros del clero y sus feligreses es de profunda confianza, privacidad y guía espiritual.

Comprender el Privilegio Clérigo-Penitente

Históricamente, muchos sistemas legales reconocen la naturaleza sagrada de las confesiones o comunicaciones entre un individuo y su líder espiritual. Este concepto, a menudo llamado “privilegio clérigo-penitente”, tiene como objetivo proteger la confidencialidad de estas conversaciones.

Algunas razones detrás de este privilegio incluyen las siguientes:

  • Santidad Espiritual: Las confesiones o revelaciones religiosas se consideran un proceso espiritual que apunta a la penitencia, la reconciliación y la redención. Algunos consideran que la privacidad de este proceso es vital para el crecimiento espiritual.
  • Promoción de la Comunicación Abierta: Si las personas temen que sus confesiones o revelaciones puedan ser compartidas con las autoridades, pueden abstenerse de buscar orientación espiritual, lo que podría alejarlas aún más de su comunidad de fe.
  • Definiciones Variadas de Abuso: Si bien ciertos tipos de abuso son universalmente reconocidos, existen áreas grises en lo que podría percibirse como abuso en diversas culturas e interpretaciones religiosas.

El Debate sobre la Obligación de Reportar

Sin embargo, a la luz de los recientes escándalos de abuso de alto perfil dentro de instituciones religiosas, muchos argumentan que el clero deberían estar bajo el mandato de reportar, especialmente en lo que respecta al abuso infantil o la agresión sexual, ya sea que ocurra entre sus filas o a través de un confesionario. En sus argumentos, afirman que la seguridad y el bienestar de las personas deberían anteponerse al privilegio clérigo-penitente, especialmente cuando se trata de personas vulnerables. En Estados Unidos, algunos estados han avanzado en esta dirección, designando al clero como personas bajo el mandato de reportar. No obstante, las interpretaciones y aplicaciones de estas leyes varían ampliamente.

Estados con Legislación que Rechaza las Protecciones para la Presentación de Informes por Parte del Clero

Algunos estados de EE. UU. han abordado o están abordando el tema. Los siguientes estados han propuesto o aprobado legislación para eliminar las exenciones religiosas:

  • California: En los últimos años, California ha tratado de ampliar sus leyes de denuncia obligatoria para incluir al clero, específicamente cuando adquieren conocimiento o sospecha razonable de abuso o negligencia infantil fuera de la “comunicación penitencial”, que es la confesión tradicional entre un congregante y un miembro del clero.
  • Nueva York: La Ley de Víctimas Infantiles de Nueva York ha ampliado el plazo de prescripción para las víctimas de abuso sexual infantil. Esto les da a los sobrevivientes más tiempo para presentar sus acusaciones.
  • Connecticut: Connecticut exige que todo el clero informe cualquier conocimiento de abuso infantil, con excepción de la información obtenida durante una confesión sacramental, como el rito de “penitencia” católica romana.
  • Texas: La ley de Texas establece que todo el mundo es obligado a denunciar cualquier sospecha de abuso infantil, sin excepciones para el clero o las comunicaciones confesionales.
  • Nuevo Hampshire: Este estado también exige que todas las personas denuncien sospechas de abuso infantil, incluido el clero. No hay exención para las confesiones religiosas.
  • Rhode Island: La ley de Rhode Island se modificó para que todas las personas fueran informantes obligatorios, sin excepciones en el caso de confesiones o comunicaciones hechas al clero.
  • Virginia del Oeste: West Virginia ha actualizado sus leyes para exigir que los líderes religiosos estén incluidos en una larga lista de informantes obligatorios.

Recuerde que esta no es una lista exhaustiva y que las leyes sobre este tema pueden cambiar y de hecho cambian. Es mejor consultar a un abogado calificado o los códigos específicos de su estado para obtener más información.

Existe un debate en curso sobre cómo equilibrar la libertad religiosa y la importancia de denunciar y prevenir los abusos, especialmente cuando están involucradas poblaciones vulnerables, como los niños. Es un tema que continúa evolucionando y los defensores de ambos lados están trabajando para encontrar una solución que proteja los derechos de todos los involucrados.

¿Cuál es el Argumento en Contra de Poner al Clero Bajo el Mandato de

1. ¿Qué Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) se abordan o están conectados con los temas destacados en el artículo?

  • Objetivo de Desarrollo Sostenible 16: Paz, justicia e instituciones sólidas
  • Objetivo de Desarrollo Sostenible 5: Igualdad de género
  • Objetivo de Desarrollo Sostenible 10: Reducción de las desigualdades

2. ¿Qué metas específicas de los ODS se pueden identificar en función del contenido del artículo?

  • Meta 16.2: Poner fin al maltrato, la explotación, la trata y todas las formas de violencia y tortura contra los niños.
  • Meta 16.5: Reducir considerablemente la corrupción y el soborno en todas sus formas.
  • Meta 5.2: Eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y las niñas en los ámbitos público y privado, incluidas la trata y la explotación sexual y otros tipos de explotación.
  • Meta 10.2: Empoderar y promover la inclusión social, económica y política de todas las personas, independientemente de su edad, sexo, discapacidad, raza, etnia, origen, religión o situación económica u otra condición.

3. ¿Hay algún indicador de los ODS mencionado o implícito en el artículo que pueda usarse para medir el progreso hacia los objetivos identificados?

Sí, el artículo menciona la legislación propuesta o aprobada en algunos estados de EE. UU. para eliminar las exenciones religiosas y requerir que el clero informe cualquier conocimiento de abuso infantil. Estas leyes podrían considerarse indicadores del progreso hacia la meta de reducir el maltrato y la violencia contra los niños (Meta 16.2) y promover la inclusión social y política de todas las personas (Meta 10.2).

4. Tabla de ODS, metas e indicadores

ODS Metas Indicadores
Objetivo de Desarrollo Sostenible 16: Paz, justicia e instituciones sólidas Meta 16.2: Poner fin al maltrato, la explotación, la trata y todas las formas de violencia y tortura contra los niños. Leyes que requieren que el clero informe cualquier conocimiento de abuso infantil.
Objetivo de Desarrollo Sostenible 16: Paz, justicia e instituciones sólidas Meta 16.5: Reducir considerablemente la corrupción y el soborno en todas sus formas. Leyes que eliminan las exenciones religiosas y promueven la rendición de cuentas en casos de abuso sexual en entornos religiosos.
Objetivo de Desarrollo Sostenible 5: Igualdad de género Meta 5.2: Eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y las niñas en los ámbitos público y privado, incluidas la trata y la explotación sexual y otros tipos de explotación. Leyes que promueven la denuncia de abuso sexual y protegen a las víctimas.
Objetivo de Desarrollo Sostenible 10: Reducción de las desigualdades Meta 10.2: Empoderar y promover la inclusión social, económica y política de todas las personas, independientemente de su edad, sexo, discapacidad, raza, etnia, origen, religión o situación económica u otra condición. Leyes que promueven la inclusión social y política al requerir que el clero informe cualquier conocimiento de abuso infantil.

¡Atención! Este espléndido artículo nace de la fuente del conocimiento, moldeado por una maravillosa tecnología patentada de inteligencia artificial que profundizó en un vasto océano de datos, iluminando el camino hacia los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Recuerda que todos los derechos están reservados por SDG Investors LLC, lo que nos permite defender el progreso juntos.

Fuente: carlsonabogados.com

 

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