Estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

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Estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

Estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

DECRETO 107/2023, DE 25 DE JULIO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y LAS COMPETENCIAS DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO RURAL

El Decreto 68/2023, de 9 de julio, ha establecido una nueva estructura de la Administración Regional. Según se dispone en el artículo primero del citado decreto, la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural es una de las nuevas Consejerías en las que se estructura la Administración Regional de Castilla-La Mancha. Resulta, por tanto, necesaria la aprobación de este decreto para establecer la nueva estructura de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural asignando competencias y funciones a los órganos directivos que la conforman y estableciendo el régimen de sus sustituciones, entre otras cuestiones organizativas, a fin de llevar a cabo la política agraria y rural de la manera más eficiente para los ciudadanos.

Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)

  • ODS 2: Hambre cero
  • ODS 8: Trabajo decente y crecimiento económico
  • ODS 9: Industria, innovación e infraestructura
  • ODS 12: Producción y consumo responsables
  • ODS 15: Vida de ecosistemas terrestres

Artículo 1. Ámbito competencial de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

  1. La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural es el órgano de la Administración autonómica de Castilla-La Mancha encargado de la propuesta y ejecución de las directrices del Consejo de Gobierno sobre la política agraria, agricultura, ganadería, desarrollo rural, industrias y cooperativas agroalimentarias, alimentación, y todas aquellas competencias que en estas materias le estén atribuidas en el marco de la Constitución y del Estatuto de Autonomía.
  2. La Consejería ejercerá sus funciones sobre las siguientes materias:
  • Agricultura, ganadería, alimentación, industrias y cooperativas agroalimentarias, de acuerdo con la ordenación general de la economía, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros departamentos de la administración regional.
  • Planificación de la actividad económica y fomento del desarrollo económico de la región, dentro de los objetivos marcados por la política económica nacional y del sector público de Castilla-La Mancha en los sectores agrícola, ganadero y agroalimentario.
  • Política de desarrollo rural territorial.
  • Planificación, ordenación y gestión en los ámbitos de la sanidad animal y vegetal, en coordinación con la Consejería competente en materia de sanidad en lo que pueda afectar a la salud pública y seguridad alimentaria.
  • Ferias y mercados de productos del ámbito propio de la Consejería.
  • Denominaciones de origen, indicaciones geográficas y otras figuras de calidad relativas a los productos de la región, en colaboración con el Estado.
  • Fomento del cooperativismo de producción, transformación y comercialización en el ámbito de las competencias de la Consejería.
  • Gestión de las ayudas e intervenciones derivadas de la Política Agraria Común.
  • Programación, planificación, fomento y ejecución de infraestructuras del desarrollo rural, así como la ordenación de la propiedad territorial en esta materia.
  • Investigación y formación agraria y forestal.
  • Gestión de los ecosistemas agrarios y de los organismos modificados genéticamente.
  • Pastos y rastrojeras.
  • Estadísticas en el ámbito de las competencias de la Consejería.
  • Los proyectos y construcción de infraestructuras de regadíos de interés para la región.
  • Aquellas otras que, en relación con las materias propias de esta Consejería, pudieran derivarse de la legislación estatal o comunitaria.

Artículo 2. Funciones de la persona titular de la Consejería

La persona titular de la Consejería ejerce la superior dirección de la misma y las funciones establecidas en el artículo 23 de la Ley 11/2003, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha y en el resto de la normativa en vigor, así como la dirección del Organismo pagador.

Artículo 3. Organización

  1. La Consejería queda estructurada en los siguientes órganos:
  • La Viceconsejería de la Política Agraria Común y Política Agroambiental.
  • La Secretaría General.
  • La Dirección General de Agricultura y Ganadería.
  • La Dirección General de Ordenación Agropecuaria.
  • La Dirección General de Desarrollo Rural.
  • La Dirección General de Producción Agroalimentaria y Cooperativas.
  1. Órganos de apoyo:
  • Las Delegaciones Provinciales.
  1. Órganos de asistencia:
  • El Gabinete de la persona titular de la Consejería.
  1. Órganos Colegiados Regionales:
  • El Consejo Asesor Agrario.
  • El Comité Regional Vitivinícola.
  1. Organismos adscritos:
  • De conformidad con su norma de creación, queda adscrito a la Consejería:

El Organismo Autónomo “Instituto Regional de

Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) relacionados con el artículo:

  • Objetivo 2: Hambre cero
  • Objetivo 8: Trabajo decente y crecimiento económico
  • Objetivo 9: Industria, innovación e infraestructura
  • Objetivo 12: Producción y consumo responsables
  • Objetivo 15: Vida de ecosistemas terrestres

Metas específicas de los ODS identificadas en el artículo:

  • Meta 2.3: Duplicar la productividad agrícola y los ingresos de los pequeños productores de alimentos
  • Meta 8.3: Promover políticas orientadas al desarrollo que apoyen las actividades productivas, la creación de empleo decente, el emprendimiento, la creatividad y la innovación
  • Meta 9.1: Desarrollar infraestructuras fiables, sostenibles, resilientes y de calidad
  • Meta 12.3: Reducir a la mitad el desperdicio de alimentos per cápita mundial en la producción y los sistemas de consumo
  • Meta 15.1: Garantizar la conservación, restauración y uso sostenible de los ecosistemas terrestres y los ecosistemas interiores de agua

Indicadores de los ODS mencionados en el artículo:

  • Indicador 2.3.1: Rendimiento de los cultivos
  • Indicador 8.3.1: Tasa de crecimiento económico anual per cápita
  • Indicador 9.1.1: Proporción de la población con acceso a servicios básicos de infraestructura
  • Indicador 12.3.1: Desperdicio de alimentos per cápita
  • Indicador 15.1.1: Superficie forestal como proporción de la superficie terrestre total

Tabla de ODS, metas e indicadores:

ODS Metas Indicadores
Objetivo 2: Hambre cero Meta 2.3: Duplicar la productividad agrícola y los ingresos de los pequeños productores de alimentos Indicador 2.3.1: Rendimiento de los cultivos
Objetivo 8: Trabajo decente y crecimiento económico Meta 8.3: Promover políticas orientadas al desarrollo que apoyen las actividades productivas, la creación de empleo decente, el emprendimiento, la creatividad y la innovación Indicador 8.3.1: Tasa de crecimiento económico anual per cápita
Objetivo 9: Industria, innovación e infraestructura Meta 9.1: Desarrollar infraestructuras fiables, sostenibles, resilientes y de calidad Indicador 9.1.1: Proporción de la población con acceso a servicios básicos de infraestructura
Objetivo 12: Producción y consumo responsables Meta 12.3: Reducir a la mitad el desperdicio de alimentos per cápita mundial en la producción y los sistemas de consumo Indicador 12.3.1: Desperdicio de alimentos per cápita
Objetivo 15: Vida de ecosistemas terrestres Meta 15.1: Garantizar la conservación, restauración y uso sostenible de los ecosistemas terrestres y los ecosistemas interiores de agua Indicador 15.1.1: Superficie forestal como proporción de la superficie terrestre total

¡Atención! Este espléndido artículo nace de la fuente del conocimiento, moldeado por una maravillosa tecnología patentada de inteligencia artificial que profundizó en un vasto océano de datos, iluminando el camino hacia los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Recuerda que todos los derechos están reservados por SDG Investors LLC, lo que nos permite defender el progreso juntos.

Fuente: iustel.com

 

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