Aprueban allanamiento que obliga a empresas compensar a usuario por interrupción de servicio de agua – Congreso
Informe sobre la Modificación de la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento y su Alineación con los Objetivos de Desarrollo Sostenible
1. Aprobación Legislativa y Contexto General
El Pleno del Congreso de la República ha aprobado, con un respaldo de 93 votos, el allanamiento a las observaciones del Poder Ejecutivo sobre el Proyecto de Ley N.° 4553/2022-CR. Esta decisión modifica el Decreto Legislativo 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, estableciendo un precedente crucial para la protección de los derechos de los usuarios y avanzando significativamente en la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) en el país.
2. Modificaciones Clave y su Impacto Directo en el ODS 6: Agua Limpia y Saneamiento
La reforma se centra en garantizar el acceso universal y equitativo a servicios básicos, un pilar fundamental del ODS 6. La modificación principal introduce un mecanismo de compensación directa para los usuarios afectados por interrupciones injustificadas del servicio, fortaleciendo la calidad y fiabilidad del suministro.
- Modificación del Artículo 24.2 del Decreto Legislativo 1280: Se establece que ante una interrupción del servicio de agua potable o saneamiento por causas atribuibles a la empresa prestadora, esta deberá compensar económicamente al usuario por el periodo de afectación.
- Incentivo a la Eficiencia: Este mecanismo no solo protege al consumidor, sino que incentiva a las empresas prestadoras a mejorar su infraestructura, gestión y capacidad de respuesta, contribuyendo directamente a las metas del ODS 6 de lograr un acceso universal y seguro al agua y saneamiento.
- Fortalecimiento Institucional: La medida promueve una relación más equitativa y transparente entre proveedores y usuarios, obligando a las empresas a reconocer y reparar fallas operativas, lo que robustece el marco de gobernanza del sector.
3. Implicaciones para otros Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)
La garantía de un servicio de agua y saneamiento continuo y de calidad tiene un efecto multiplicador en la agenda de desarrollo sostenible, impactando positivamente en varios ODS:
- ODS 3: Salud y Bienestar: Al reducir las interrupciones en el suministro de agua potable, se mitiga el riesgo de enfermedades transmitidas por el agua, promoviendo la salud pública y el bienestar general de la población.
- ODS 10: Reducción de las Desigualdades: Las interrupciones del servicio suelen afectar de manera desproporcionada a las comunidades más vulnerables. La ley asegura una protección uniforme para todos los ciudadanos, reduciendo las brechas de desigualdad en el acceso a servicios esenciales.
- ODS 11: Ciudades y Comunidades Sostenibles: Un servicio de saneamiento fiable es un componente crítico para el desarrollo de asentamientos humanos inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles.
- ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas: La ley refuerza el estado de derecho al establecer mecanismos claros de rendición de cuentas para las empresas prestadoras y garantizar el acceso a la justicia para los consumidores, promoviendo instituciones más eficaces y responsables.
4. Proceso de Implementación y Próximos Pasos
Para asegurar la correcta aplicación de la normativa y su alineación con los ODS, se han establecido los siguientes pasos:
- Plazo de Adecuación: El Poder Ejecutivo dispone de un plazo máximo de 180 días calendario para adecuar el Reglamento del Decreto Supremo 009-2024-VIVIENDA a las nuevas disposiciones.
- Coherencia Normativa: Este proceso de reglamentación es fundamental para garantizar que el nuevo esquema compensatorio se aplique de manera eficiente y coherente en todo el territorio nacional.
- Vigencia: La aprobación mediante allanamiento implica que la ley no requiere una segunda votación, agilizando su entrada en vigor para beneficio de la ciudadanía.
1. ¿Qué Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) se abordan o están conectados con los temas destacados en el artículo?
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ODS 6: Agua Limpia y Saneamiento
Este es el objetivo principal abordado en el artículo. La legislación discutida, el Proyecto de Ley N.° 4553/2022-CR, modifica directamente la “Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento”. El propósito central de la ley es regular la prestación de estos servicios esenciales, garantizando la calidad y continuidad para los usuarios. La introducción de una compensación por interrupciones injustificadas busca mejorar la fiabilidad del suministro, lo cual es fundamental para asegurar la disponibilidad y la gestión sostenible del agua y el saneamiento para todos.
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ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas
El artículo describe un proceso legislativo (la aprobación de una ley por el Pleno del Congreso) que fortalece el marco normativo del país. Al establecer obligaciones más claras para las empresas prestadoras y crear un mecanismo de compensación, la ley promueve la rendición de cuentas y la transparencia. Esto se alinea con la creación de instituciones eficaces y responsables, ya que se establece una consecuencia directa para las fallas en la prestación de un servicio público, protegiendo los derechos del consumidor y fortaleciendo la relación entre el Estado, las empresas y los ciudadanos.
2. ¿Qué metas específicas de los ODS se pueden identificar en función del contenido del artículo?
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Meta 6.1: Lograr el acceso universal y equitativo al agua potable segura y asequible para todos.
Aunque el artículo no habla de expandir el acceso, sí se enfoca en la calidad y continuidad del servicio para quienes ya lo tienen. Una “interrupción injustificada en la prestación de los servicios de agua potable” afecta directamente la seguridad y fiabilidad del suministro. Al penalizar estas interrupciones, la ley incentiva a las empresas a mantener un servicio constante, contribuyendo a que el acceso existente sea seguro y gestionado de manera eficaz.
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Meta 6.2: Lograr el acceso a servicios de saneamiento e higiene adecuados y equitativos para todos.
De manera similar a la meta 6.1, la ley también menciona explícitamente la compensación por la interrupción de “servicios de saneamiento”. Esto asegura que la fiabilidad de estos servicios también sea una prioridad para las empresas prestadoras, lo cual es crucial para la salud pública y la dignidad de las personas.
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Meta 16.6: Crear a todos los niveles instituciones eficaces y transparentes que rindan cuentas.
La ley es un ejemplo claro de esta meta en acción. Al obligar a las empresas prestadoras a “compensar al usuario por el tiempo que no contó con los servicios”, se crea un mecanismo de rendición de cuentas. Las empresas ya no pueden interrumpir el servicio de manera injustificada sin consecuencias. Esto hace que la institución (la empresa prestadora) sea más responsable ante los usuarios a los que sirve.
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Meta 6.b: Apoyar y fortalecer la participación de las comunidades locales en la mejora de la gestión del agua y el saneamiento.
La ley empodera a los usuarios (la comunidad local) al otorgarles el derecho a una compensación directa. Esto fortalece su posición frente a las empresas prestadoras y les da una herramienta para exigir un mejor servicio. Al reconocer “afectaciones concretas frente a fallas atribuibles al operador”, se valida la experiencia del usuario y se le da un papel más activo en la supervisión de la calidad del servicio.
3. ¿Hay algún indicador de los ODS mencionado o implícito en el artículo que pueda usarse para medir el progreso hacia los objetivos identificados?
El artículo no menciona códigos de indicadores oficiales de los ODS, pero su contenido sugiere métricas implícitas que pueden usarse para medir el progreso:
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Frecuencia y duración de las interrupciones injustificadas del servicio (Relacionado con ODS 6).
El núcleo de la ley es la “interrupción injustificada en la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento”. Un indicador clave para medir el éxito de esta ley sería la reducción en el número y la duración de dichos cortes. El seguimiento de esta métrica a lo largo del tiempo mostraría si la amenaza de compensación está incentivando a las empresas a mejorar la fiabilidad y gestión de sus redes, acercándose así a un servicio gestionado de forma más segura (indicador 6.1.1).
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Número de compensaciones pagadas a los usuarios (Relacionado con ODS 16).
La implementación de la “compensación directa al usuario” es una medida de la eficacia y la rendición de cuentas de la nueva normativa. Un indicador sería registrar el número de quejas presentadas por interrupciones y el número de compensaciones efectivamente pagadas por las empresas. Esto mediría si la institución (la empresa y el ente regulador) está aplicando la ley de manera efectiva y rindiendo cuentas a los ciudadanos, en línea con la meta 16.6.
4. Tabla de ODS, metas e indicadores
| ODS, metas e indicadores | Metas | Indicadores |
|---|---|---|
| ODS 6: Agua Limpia y Saneamiento Garantizar la disponibilidad de agua y su gestión sostenible y el saneamiento para todos. |
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| ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas Promover sociedades justas, pacíficas e inclusivas. |
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Fuente: comunicaciones.congreso.gob.pe
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