Entra en vigor el histórico Tratado de Alta Mar: “Las primeras áreas protegidas se esperan en 2028” – RFI
Informe sobre el Tratado Internacional para la Protección de la Biodiversidad en Alta Mar y su Relación con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)
Introducción
El tratado sobre la biodiversidad más allá de las jurisdicciones nacionales (BBNJ, por sus siglas en inglés) ha sido ratificado por 81 Estados y entrará en vigor el 17 de enero. Este acuerdo internacional establece un marco jurídico para proteger el 50% de la superficie terrestre que corresponde a la alta mar, un patrimonio común de la humanidad amenazado por diversas actividades humanas.
Contexto y Relevancia del Tratado
Tras dos décadas de negociaciones, el tratado regula la alta mar mediante cuatro medidas principales para proteger la biodiversidad marina. A pesar de la compleja situación geopolítica mundial, el tratado mantiene su relevancia al promover el multilateralismo y la cooperación internacional, alineándose con los Objetivos de Desarrollo Sostenible, especialmente:
- ODS 14: Vida submarina, que busca conservar y utilizar sosteniblemente los océanos, los mares y los recursos marinos.
- ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas, promoviendo el respeto al derecho internacional y la cooperación multilateral.
Ratificación y Alcance
Actualmente, 81 países han ratificado el tratado, incluyendo China, Brasil y varios países africanos y latinoamericanos. Se espera que para la primera Conferencia de las Partes (COP) a finales de 2026 o principios de 2027, más de 100 países hayan ratificado el acuerdo, lo que permitirá construir un marco eficaz para la gestión sostenible de la alta mar.
Creación de Áreas Marinas Protegidas (AMP)
Una de las medidas más destacadas del tratado es la creación de áreas marinas protegidas en alta mar. Estas áreas serán seleccionadas tras un proceso riguroso que incluye:
- Revisión científica de las actividades humanas que afectan la biodiversidad.
- Propuesta de planes de gestión para regular o prohibir actividades como la pesca y la navegación.
- Consulta con países, organizaciones regionales de pesca, ONG, comunidades indígenas y locales.
Ejemplos de iniciativas incluyen:
- La propuesta de Chile para proteger las dorsales oceánicas de Salas y Gómez y Nazca.
- La iniciativa de la CEDEAO, liderada por Nigeria, para proteger la zona de convergencia de las corrientes de Canarias-Guinea frente a África occidental.
- Estudios en el Caribe, océano Índico y Pacífico.
Se espera que las primeras AMP se establezcan entre 2028 y 2030, contribuyendo directamente al cumplimiento del ODS 14.
Mecanismos de Supervisión y Control
Para garantizar el cumplimiento de las normas en las AMP, se implementarán herramientas tecnológicas avanzadas, tales como:
- Imágenes satelitales.
- Radares y transpondedores en embarcaciones.
- Inteligencia artificial para detectar actividades ilegales, incluso si los barcos apagan sus sistemas de rastreo.
Empresas y ONG especializadas, como Global Fishing Watch, Ocean Mind, SkyTruth y la empresa francesa CLS, colaboran en la vigilancia y análisis de datos. Estas acciones fortalecen la gobernanza marítima y apoyan el ODS 16 y el ODS 17 (Alianzas para lograr los objetivos).
Gestión y Autoridad
El tratado no define explícitamente la estructura de gestión de las AMP, planteando interrogantes sobre si se establecerán autoridades centralizadas, regionales o si se utilizarán organizaciones existentes, como las regionales de pesca, para la administración de estas áreas. Esta cuestión es clave para asegurar una gestión efectiva y coordinada.
Sanciones y Marco Legal
El tratado se apoya en las normas del derecho internacional vigentes, incluyendo la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y regulaciones de organizaciones internacionales como la Organización Marítima Internacional. Las sanciones por infracciones, como la pesca ilegal o la contaminación, pueden ser aplicadas por los Estados involucrados, fortaleciendo la aplicación del derecho y la protección ambiental, en línea con el ODS 14 y el ODS 16.
Importancia Histórica del Tratado
Aunque la alta mar no era un espacio completamente sin regulación, el tratado aborda dos problemas fundamentales:
- La fragmentación de normas existentes y la falta de gestión coordinada.
- Vacíos jurídicos que impedían la creación de áreas marinas protegidas y la regulación de la explotación de recursos genéticos.
Con este acuerdo, se establece un marco integral que promueve la conservación y el uso sostenible de los océanos, contribuyendo significativamente a la Agenda 2030 y a los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
1. ¿Qué Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) se abordan o están conectados con los temas destacados en el artículo?
- ODS 14: Vida Submarina
- El artículo se centra en la protección de la biodiversidad marina en alta mar, la creación de áreas marinas protegidas y la regulación de actividades humanas para preservar los ecosistemas oceánicos.
- ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas
- El tratado establece un marco jurídico internacional para la gestión de la alta mar, promoviendo el multilateralismo, la cooperación internacional y el respeto al derecho internacional.
- ODS 17: Alianzas para Lograr los Objetivos
- El proceso de ratificación y la cooperación entre países, ONG, científicos y organizaciones internacionales reflejan alianzas globales para la implementación del tratado y la protección de la biodiversidad marina.
2. ¿Qué metas específicas de los ODS se pueden identificar en función del contenido del artículo?
- Meta 14.2: Proteger y restaurar los ecosistemas marinos y costeros para evitar impactos adversos significativos, incluyendo la creación de áreas marinas protegidas.
- El artículo menciona la creación de una red mundial de áreas marinas protegidas en alta mar para conservar la biodiversidad.
- Meta 14.5: Conservar al menos el 10% de las zonas costeras y marinas mediante áreas protegidas efectivas y bien gestionadas.
- Se espera que las primeras áreas marinas protegidas en alta mar se establezcan entre 2027 y 2030, contribuyendo a esta meta.
- Meta 16.3: Promover el estado de derecho a nivel nacional e internacional y garantizar la igualdad de acceso a la justicia.
- El tratado crea un marco jurídico internacional para la gestión y protección de la alta mar, fortaleciendo el derecho internacional.
- Meta 17.6: Mejorar la cooperación internacional para el acceso a la ciencia, tecnología e innovación.
- El uso de tecnologías como imágenes satelitales, inteligencia artificial y herramientas de rastreo para la vigilancia de las áreas protegidas refleja esta meta.
3. ¿Hay algún indicador de los ODS mencionado o implícito en el artículo que pueda usarse para medir el progreso hacia los objetivos identificados?
- Indicador 14.5.1: Proporción de la superficie marina y costera protegida con respecto a la superficie total.
- El artículo menciona la creación y expansión de áreas marinas protegidas en alta mar, lo que puede medirse a través de este indicador.
- Indicador 14.4.1: Estado de las poblaciones de peces explotados.
- La regulación de la pesca en alta mar y la supervisión de actividades pesqueras ilegales mencionadas en el artículo están relacionadas con este indicador.
- Indicador 16.3.2: Proporción de víctimas de violencia o abuso que buscan ayuda de las autoridades competentes.
- Implícitamente, la existencia de mecanismos legales y sanciones para infracciones en alta mar refleja avances en el acceso a la justicia y cumplimiento del derecho internacional.
- Indicador 17.6.2: Número de países que participan en iniciativas de cooperación internacional para la ciencia, tecnología e innovación.
- La ratificación del tratado por más de 80 países y la cooperación en vigilancia tecnológica reflejan este indicador.
4. Tabla: ODS, metas e indicadores
| ODS | Metas | Indicadores |
|---|---|---|
| ODS 14: Vida Submarina |
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| ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas |
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| ODS 17: Alianzas para Lograr los Objetivos |
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Fuente: rfi.fr
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