Avanza aprobación de ‘Ley Valeria’ en Cámara de Diputados; buscan que acecho a mujeres sea delito federal – Infobae

Avanza aprobación de ‘Ley Valeria’ en Cámara de Diputados; buscan que acecho a mujeres sea delito federal – Infobae

 

Informe sobre la Iniciativa “Ley Valeria”: Avances en la Tipificación del Acecho y su Alineación con los Objetivos de Desarrollo Sostenible

1. Introducción y Contexto Legislativo

El presente informe analiza la aprobación en comisiones del Congreso de la Unión de la iniciativa denominada “Ley Valeria”, la cual busca tipificar el delito de acecho en el Código Penal Federal. Esta medida legislativa representa un avance significativo en la protección de los derechos humanos, particularmente de las mujeres, y se alinea directamente con los compromisos internacionales de la Agenda 2030, fortaleciendo el marco jurídico para la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).

La propuesta, impulsada por la diputada Iraís Reyes, surge como respuesta a un vacío legal evidenciado por el caso de Valeria Macías, una gestora cultural que fue víctima de acecho durante cinco años sin que las autoridades pudieran intervenir eficazmente. Esta situación subraya la necesidad de contar con instituciones de justicia sólidas y accesibles, un pilar fundamental del ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas.

2. Análisis de la Propuesta de Ley

El dictamen aprobado busca reformar el marco penal para sancionar conductas de persecución y hostigamiento que, hasta ahora, quedaban en la impunidad a nivel federal. Los componentes clave de la iniciativa son:

  • Tipificación del Delito: Se define el acecho como la vigilancia, persecución o intento de comunicación de forma repetida y no consentida, que altere la paz o la rutina diaria de la víctima.
  • Establecimiento de Sanciones: Se proponen penas que van de uno a cuatro años de prisión y multas de hasta 400 días.
  • Agravantes: Las sanciones se incrementarán cuando la víctima sea una persona menor de edad, adulta mayor o se encuentre en cualquier otra condición de vulnerabilidad.

Esta reforma es un mecanismo esencial para prevenir formas de violencia que pueden escalar a delitos más graves, como el feminicidio, contribuyendo así a la meta de reducir todas las formas de violencia (Meta 16.1).

3. Impacto Directo en los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)

La “Ley Valeria” no solo fortalece el sistema de justicia, sino que también impacta de manera transversal en varios ODS, demostrando el compromiso del Estado mexicano con la Agenda 2030.

ODS 5: Igualdad de Género

Este objetivo es central para la iniciativa, ya que el acecho es una forma de violencia que afecta desproporcionadamente a las mujeres y niñas.

  1. Meta 5.2: La ley contribuye directamente a “eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y las niñas en los ámbitos público y privado”. Al nombrar y sancionar el acecho, se visibiliza y combate una conducta que genera miedo e interfiere en la libertad de las mujeres.
  2. Fortalecimiento de la Autonomía: Al garantizar un entorno más seguro, se permite que las mujeres participen plenamente en la vida social, económica y política sin temor a represalias o intimidación.

ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas

La ley es una herramienta fundamental para construir un sistema de justicia más robusto y confiable.

  1. Meta 16.3: Promueve el estado de derecho y garantiza la “igualdad de acceso a la justicia para todos”. Las víctimas de acecho tendrán un recurso legal claro para denunciar y obtener protección, cerrando la brecha de impunidad.
  2. Prevención del Delito: Al reconocer el acecho como una “advertencia” de violencia futura, la ley actúa como una medida preventiva, alineándose con la meta de reducir significativamente todas las formas de violencia y las tasas de mortalidad conexas (Meta 16.1).

ODS 3: Salud y Bienestar

El acecho tiene consecuencias devastadoras en la salud mental y emocional de las víctimas.

  • Meta 3.4: Al sancionar estas conductas, la ley protege el bienestar psicoemocional de las personas, contribuyendo a “promover la salud mental y el bienestar”. La seguridad jurídica que ofrece la ley es un factor clave para la recuperación de las víctimas.

4. Conclusión y Próximos Pasos

La aprobación en comisiones de la “Ley Valeria” es un paso crucial para que México avance en la protección de los derechos humanos y en el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. La tipificación del acecho a nivel federal, siguiendo el ejemplo de nueve entidades federativas, fortalecerá el marco legal para garantizar la seguridad, la justicia y la igualdad de género.

El dictamen pasará al Pleno de la Cámara de Diputados para su discusión y votación final. Su aprobación definitiva consolidaría un importante precedente en la lucha contra la violencia de género y en la construcción de una sociedad más justa y pacífica, en línea con los principios de la Agenda 2030.

Análisis de los Objetivos de Desarrollo Sostenible en el Artículo

1. ¿Qué Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) se abordan o están conectados con los temas destacados en el artículo?

El artículo sobre la “Ley Valeria” en México aborda principalmente los siguientes Objetivos de Desarrollo Sostenible:

  • ODS 5: Igualdad de Género. El objetivo central de la ley es la “protección de las mujeres en México” contra formas de violencia como el acecho y el acoso sexual. Al tipificar estas conductas como delito, se busca eliminar la violencia y las prácticas nocivas contra las mujeres, un pilar fundamental del ODS 5. El artículo enfatiza que la ley busca que “ninguna mujer se sienta desprotegida”.
  • ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas. La iniciativa legislativa representa un esfuerzo por fortalecer el marco legal (“Código Penal Federal”) para garantizar el acceso a la justicia para las víctimas. El artículo destaca que antes de esta ley, las autoridades “no pudieron intervenir debido a que este tipo de conducta no estaba contemplada como delito”. La ley busca “eliminar la ausencia de regulación” y promover el estado de derecho, lo cual es central para el ODS 16.
  • ODS 3: Salud y Bienestar. El artículo menciona explícitamente que el acecho causa “daño psicoemocional” y afecta la “tranquilidad y la salud mental de la víctima”. Al sancionar estas conductas, la ley contribuye directamente a la promoción de la salud mental y el bienestar, un componente clave del ODS 3.

2. ¿Qué metas específicas de los ODS se pueden identificar en función del contenido del artículo?

Basado en el contenido del artículo, se pueden identificar las siguientes metas específicas de los ODS:

  1. Meta 5.2: Eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y las niñas en los ámbitos público y privado. La “Ley Valeria” se enfoca directamente en esta meta al tipificar el acecho y el acoso como delitos. El artículo define el acecho como “violencia” y establece sanciones penales (prisión y multas) para quienes incurran en estas conductas, buscando erradicarlas del marco de impunidad.
  2. Meta 16.1: Reducir significativamente todas las formas de violencia y las correspondientes tasas de mortalidad en todo el mundo. La ley no solo aborda el acecho como un delito en sí mismo, sino que también lo enmarca como un precursor de crímenes más graves. La diputada promotora afirma que “reconocerlo como delito es también prevenir el feminicidio”, conectando directamente la legislación con la reducción de la violencia letal.
  3. Meta 16.3: Promover el estado de derecho en los planos nacional e internacional y garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos. El caso de Valeria Macías, quien a pesar de sus denuncias no obtuvo protección por un vacío legal, ilustra una falla en el acceso a la justicia. La ley busca corregir esto al “fortalecer el marco legal”, permitiendo que las víctimas puedan denunciar y que las autoridades puedan intervenir, garantizando así un acceso efectivo a la justicia.

3. ¿Hay algún indicador de los ODS mencionado o implícito en el artículo que pueda usarse para medir el progreso hacia los objetivos identificados?

El artículo no menciona indicadores oficiales de los ODS con su nomenclatura, pero sí contiene información que puede ser utilizada para medir el progreso de manera implícita:

  • Existencia de un marco jurídico para proteger a las mujeres de la violencia (Relacionado con la Meta 5.2). Un indicador clave implícito es la adopción de la legislación misma. El artículo señala que “nueve estados ya contemplan el acecho como delito” y que esta ley lo llevará al nivel federal. El número de jurisdicciones que adoptan leyes contra el acecho es una medida tangible del progreso.
  • Número de víctimas de violencia que buscan justicia (Relacionado con la Meta 16.3). Aunque no se dan cifras, la ley crea un mecanismo para que las víctimas denuncien. El progreso podría medirse a través del número de denuncias, investigaciones y condenas por el delito de acecho una vez que la ley entre en vigor a nivel federal. Esto reflejaría un mayor acceso a la justicia.
  • Reducción de las tasas de feminicidio (Relacionado con la Meta 16.1). El artículo sugiere una conexión directa entre el acecho y el feminicidio. Por lo tanto, un indicador a largo plazo del éxito de esta ley sería una disminución en la tasa de feminicidios, especialmente en aquellos casos donde se pueda demostrar que hubo un historial de acecho previo.

4. Tabla de ODS, metas e indicadores

ODS, metas e indicadores
ODS Metas Indicadores (Implícitos en el artículo)
ODS 5: Igualdad de Género 5.2: Eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y las niñas. Adopción de un marco legal a nivel federal que tipifica y sanciona el acecho y el acoso.
ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas 16.1: Reducir significativamente todas las formas de violencia y las tasas de mortalidad.
16.3: Garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos.
Reducción de la tasa de feminicidios (indicador a largo plazo).
Número de denuncias, procesamientos y sentencias por el delito de acecho.
ODS 3: Salud y Bienestar 3.4: Promover la salud mental y el bienestar. Creación de un entorno legal que protege la salud mental y psicoemocional de las víctimas de acecho.

Fuente: infobae.com