Boluarte promulga una ley que otorga el control de investigación de delitos a la Policía

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Boluarte promulga una ley que otorga el control de investigación de delitos a la Policía

Boluarte promulga una ley que otorga el control de investigación de delitos a la Policía
Informe sobre la promulgación de una ley en Perú

Informe sobre la promulgación de una ley en Perú

Lima, 9 de octubre de 2021. La presidenta peruana, Dina Boluarte, promulgó este miércoles una ley aprobada por el Congreso que restituye a la Policía Nacional de Perú (PNP) las capacidades para investigar de forma preliminar los delitos, una norma que había sido criticada por el Ministerio Público.

Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)

  • ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas.

“El día de hoy, la presidenta constitucional de la República acaba de firmar la ley que restituye las capacidades a la Policía Nacional del Perú para la investigación”, anunció el ministro del Interior, Juan José Santivañez, en una rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

El primer ministro, Gustavo Adrianzén, agregó que la norma fue promulgada por Boluarte y “debería estar publicada el día de mañana”.

La reforma modifica el Código Procesal Penal para fortalecer la investigación del delito como función de la Policía Nacional y agilizar los procesos penales.

Esta iniciativa fue impulsada por la Comisión de Justicia y la de Defensa del Congreso, fue aprobada en primera votación y ratificada en segunda votación por el pleno a principios de septiembre, y ahora el Ejecutivo la promulgó.

La Junta de Fiscales Supremos de Perú declaró el 29 de agosto, justo al haber sido aprobada en la primera votación, que la reforma “es insostenible” porque contradice las funciones del Ministerio Público establecidas en el artículo 159 de la Constitución.

En un pronunciamiento televisado, el fiscal general interino, Juan Carlos Villena, acompañado por los fiscales supremos, señaló que la ley contradice el artículo de la Constitución que establece como atribución del Ministerio Público la investigación del delito desde su inicio y la obligación de la Policía Nacional de cumplir sus mandatos.

“Se evidencia que el propósito es que todas las investigaciones sean de conocimiento y dirección del Poder Ejecutivo, a través del Ministerio del Interior, del cual depende la Policía Nacional”, aseguró Villena, tras lo cual remarcó que esto “colisiona con la autonomía, la separación de poderes y la verdadera democracia”.

Y afirmó que resulta “insostenible” que se pretenda atribuir a la Policía Nacional la investigación de todos los delitos porque no tiene la capacidad profesional ni los recursos logísticos para cumplir estas labores.

Asimismo, manifestó sus dudas de que la Policía pueda investigar, de ser el caso, a un presidente de la República, los ministros o a los congresistas, y pidió a la ciudadanía que se mantenga vigilante ante “este continuo y progresivo debilitamiento institucional”, que repercute en el “descrédito” del país.

(c) Agencia EFE

Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) relacionados

  • Objetivo 16: Paz, justicia e instituciones sólidas

Metas específicas de los ODS identificadas

  • Meta 16.3: Promover el Estado de derecho en los ámbitos nacional e internacional y garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos

Indicadores de los ODS mencionados o implícitos

  • Indicador 16.3.1: Porcentaje de la población que ha experimentado un incidente de delito y que ha denunciado a la policía o a otro funcionario de seguridad

El artículo se centra en la promulgación de una ley en Perú que restituye a la Policía Nacional las capacidades para investigar de forma preliminar los delitos. Este tema está relacionado con el Objetivo 16 de los ODS, que busca promover la paz, la justicia y las instituciones sólidas.

En cuanto a las metas específicas, el artículo no menciona metas específicas de los ODS. Sin embargo, se puede inferir que la meta 16.3 de promover el Estado de derecho y garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos está relacionada con la promulgación de esta ley.

En cuanto a los indicadores, el artículo no menciona explícitamente ningún indicador de los ODS. Sin embargo, se puede utilizar el indicador 16.3.1, que mide el porcentaje de la población que ha experimentado un incidente de delito y que ha denunciado a la policía o a otro funcionario de seguridad, para medir el progreso hacia el objetivo de promover el Estado de derecho y garantizar la igualdad de acceso a la justicia.

ODS Metas Indicadores
Objetivo 16: Paz, justicia e instituciones sólidas Meta 16.3: Promover el Estado de derecho en los ámbitos nacional e internacional y garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos Indicador 16.3.1: Porcentaje de la población que ha experimentado un incidente de delito y que ha denunciado a la policía o a otro funcionario de seguridad

Fuente: es-us.finanzas.yahoo.com