¿El derecho penal otorga un trato de favor a ricos (plutofilia) y poderosos? – The Conversation

¿El derecho penal otorga un trato de favor a ricos (plutofilia) y poderosos? – The Conversation

 

Informe sobre la Desigualdad en el Sistema Penal Español y su Colisión con los Objetivos de Desarrollo Sostenible

El presente informe analiza la estructura del derecho penal en España, evaluando si garantiza un tratamiento equitativo para todos los ciudadanos o si, por el contrario, aplica criterios diferenciados basados en factores extrapenales como la posición económica o el estatus social. Esta diferenciación representa una grave contravención del principio de igualdad y un obstáculo significativo para la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), en particular el ODS 10 (Reducción de las desigualdades) y el ODS 16 (Paz, justicia e instituciones sólidas).

La Estructura Tripartita del Ordenamiento Penal y su Impacto en la Agenda 2030

El sistema penal español vigente puede ser clasificado en tres modelos distintos de aplicación de la ley, cada uno con implicaciones directas sobre la justicia social y el desarrollo sostenible.

  1. Derecho Penal Común: Es el modelo estándar que opera como regla general, dotado de las garantías constitucionales y procesales para el ciudadano medio.
  2. Derecho Penal del Enemigo: Un modelo de excepcionalidad que reduce garantías para neutralizar a individuos considerados una amenaza para el sistema.
  3. Derecho Penal del Amigo: Un sistema que dispensa un tratamiento favorable a sujetos considerados “amigos” del sistema por su utilidad económica o política.

El Derecho Penal del Enemigo: Una Amenaza para el ODS 1 y ODS 10

Este modelo, que se aleja de los principios de un Estado de Derecho inclusivo, se caracteriza por la reducción de garantías procesales y la negación del estatus de ciudadano al infractor. Su aplicación contraviene directamente las metas del ODS 16, que busca garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos.

  • Criminalización de la Pobreza (Aporofobia): Se observa una tendencia a dirigir una reacción penal hostil hacia los colectivos más vulnerables, como personas sin hogar, migrantes en situación irregular y vendedores ambulantes. Esta práctica atenta contra el ODS 1 (Fin de la pobreza) al castigar la propia condición de vulnerabilidad.
  • Legislación Asimétrica: Un ejemplo claro es el delito de “top manta” (artículo 274.3 del Código Penal), que puede acarrear hasta 2 años de prisión. Esta severidad contrasta con el tratamiento de otros delitos, evidenciando una desigualdad que el ODS 10 busca erradicar.
  • Fraude a la Seguridad Social: El Código Penal castiga el fraude cometido por una persona no empresaria sin importar el importe, mientras que para un empresario se requiere una defraudación mínima de 50.000 euros para que sea considerado delito. Esta disparidad socava la credibilidad de las instituciones y perpetúa la desigualdad económica.

El Derecho Penal del Amigo: Socavando la Integridad Institucional (ODS 16)

Este modelo protege a individuos considerados necesarios para el sistema, como políticos, empresarios o financieros, dispensándoles un tratamiento penal benévolo. Esta práctica erosiona la confianza pública y debilita las instituciones, en clara oposición a las metas del ODS 16, que exige instituciones eficaces, responsables y transparentes en todos los niveles.

  • Plutofilia y Delito Fiscal: La plutofilia, o favoritismo hacia los ricos, se manifiesta en el tratamiento del delito fiscal (artículo 305 del Código Penal). Se exige una defraudación mínima de 120.000 euros para ser considerado delito, dejando las cantidades inferiores a una sanción administrativa.
  • Mecanismos de Evasión de Responsabilidad: El mismo artículo 305 ofrece una vía de escape única en el Código Penal: la posibilidad de eludir la condena mediante el pago de la deuda tributaria. Esta “regularización” no se contempla para delitos patrimoniales comunes, como el hurto, típicamente cometidos por personas sin alto poder adquisitivo.
  • Trato de Favor Sistémico: Figuras como los indultos a condenados por corrupción o ciertas atenuantes aplicadas a celebridades son manifestaciones de un sistema que no trata a todos por igual ante la ley, debilitando el Estado de Derecho.

Conclusión: La Urgencia de Alinear el Sistema Penal con los Objetivos de Desarrollo Sostenible

La divergencia entre el trato penal dispensado al “amigo rico” y al “enemigo pobre” constituye una quiebra intolerable del principio de igualdad y un impedimento para el avance de España hacia la Agenda 2030. Es imperativo reformar la legislación para eliminar estas asimetrías y construir un sistema de justicia verdaderamente equitativo, que no discrimine por razón de estatus económico o social. Solo así se podrá fortalecer el Estado de Derecho y avanzar de manera efectiva en la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible 10 y 16.

1. ¿Qué Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) se abordan o están conectados con los temas destacados en el artículo?

El artículo aborda principalmente los siguientes Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS):

  • ODS 10: Reducción de las desigualdades

    El tema central del artículo es la quiebra del principio de igualdad ante la ley en España, un pilar fundamental del ODS 10. El texto argumenta que el sistema penal trata de manera diferenciada a los ciudadanos según su “posición económica, su estatus social o su afiliación política”. Esta diferenciación entre un “derecho penal del enemigo” para los pobres y marginados, y un “derecho penal del amigo” para los ricos y poderosos, es una manifestación directa de la desigualdad que este objetivo busca combatir.

  • ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas

    Este objetivo es crucial para el análisis del artículo, ya que se enfoca en promover el estado de derecho y garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos. El artículo critica directamente a las instituciones judiciales y legislativas españolas por no aplicar la ley de manera imparcial. La existencia de tres “derechos penales” distintos (común, del enemigo y del amigo) socava la confianza en las instituciones públicas y demuestra una falla en la creación de un sistema de justicia eficaz, responsable e inclusivo, que es el núcleo del ODS 16.

  • ODS 1: Fin de la pobreza

    Aunque de manera secundaria, el ODS 1 es relevante debido a la discusión sobre la “aporofobia” o el odio al pobre, que según el artículo, “se deja sentir en el texto penal”. El texto describe cómo el sistema penal criminaliza de manera desproporcionada a las personas en situación de pobreza, como los vendedores ambulantes (“top manta”) o los perceptores de ayudas sociales que cometen fraudes de bajo importe. Este tratamiento hostil por parte del Estado no solo castiga la pobreza, sino que perpetúa el ciclo de exclusión social, oponiéndose al espíritu del ODS 1 de erradicar la pobreza en todas sus formas.

2. ¿Qué metas específicas de los ODS se pueden identificar en función del contenido del artículo?

Basado en el contenido del artículo, se pueden identificar las siguientes metas específicas de los ODS:

  • Meta 10.3: Garantizar la igualdad de oportunidades y reducir la desigualdad de resultados, incluso eliminando las leyes, políticas y prácticas discriminatorias y promoviendo legislaciones, políticas y medidas adecuadas a este respecto.

    El artículo identifica explícitamente prácticas y leyes discriminatorias. Por ejemplo, compara la sanción de hasta 2 años de prisión por el “top manta” con el umbral de 120,000 euros para que el fraude fiscal sea considerado delito. Además, critica la existencia de una “vía de escape” para el delito fiscal (artículo 305 del Código Penal) que no existe para delitos patrimoniales comunes cometidos por personas sin recursos. El llamado final del artículo a resolver esta “intolerable quiebra del principio de igualdad” es un llamado directo a la acción en línea con la Meta 10.3.

  • Meta 16.3: Promover el estado de derecho en los planos nacional e internacional y garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos.

    La tesis principal del artículo es que en España no existe una igualdad real de acceso a la justicia. El “derecho penal del amigo” que dispensa un “tratamiento penal favorable” a jueces, políticos o empresarios, y el “derecho penal del enemigo” que reduce las garantías procesales para los más desfavorecidos, son ejemplos claros de cómo se vulnera esta meta. El artículo demuestra que el estado de derecho no se aplica de manera uniforme, sino que depende del estatus del individuo.

  • Meta 16.b: Promover y aplicar leyes y políticas no discriminatorias en favor del desarrollo sostenible.

    El análisis del artículo sobre la “aporofobia” y la “plutofilia” en el Código Penal español señala directamente la existencia de leyes que son discriminatorias en su diseño y aplicación. La diferencia de trato en el fraude a la Seguridad Social, dependiendo de si es cometido por un empresario o no, es un ejemplo concreto de una ley discriminatoria. La crítica a estas normativas se alinea con la necesidad de promover y aplicar leyes no discriminatorias, como lo estipula la Meta 16.b.

3. ¿Hay algún indicador de los ODS mencionado o implícito en el artículo que pueda usarse para medir el progreso hacia los objetivos identificados?

El artículo no menciona indicadores cuantitativos explícitos, pero su análisis cualitativo sugiere varios indicadores implícitos que podrían usarse para medir el progreso:

  • Indicador implícito para la Meta 10.3: Número de leyes y disposiciones legales identificadas como discriminatorias que han sido reformadas o derogadas.

    El artículo señala artículos específicos del Código Penal español (como el 274.3 sobre el “top manta”, el 307 sobre el fraude a la Seguridad Social, y el 305 sobre el delito fiscal) como ejemplos de legislación asimétrica. Un indicador de progreso sería el seguimiento de la reforma de estas y otras leyes similares para eliminar el trato desigual basado en la condición socioeconómica.

  • Indicador implícito para la Meta 16.3: Proporción de la población que percibe un trato desigual por parte del sistema de justicia, desglosado por grupo socioeconómico.

    Aunque el artículo no presenta datos de encuestas, su argumento se basa en la percepción y la realidad de un sistema de justicia desigual. Medir la confianza y la percepción de imparcialidad en el sistema judicial entre diferentes estratos de la población (ricos, pobres, políticos, ciudadanos comunes) podría servir como un indicador tangible del progreso hacia la igualdad de acceso a la justicia.

  • Indicador implícito para la Meta 16.3: Análisis comparativo de las sentencias y penas para delitos similares cometidos por individuos de diferentes estratos socioeconómicos.

    El artículo contrasta duras penas para delitos “de pobres” con tratamientos benévolos para delitos “de ricos”. Un indicador concreto sería analizar datos judiciales para comparar las tasas de enjuiciamiento, condena y la severidad de las penas para, por ejemplo, el fraude fiscal de 120,000 euros frente al hurto o la venta ambulante ilegal. Una reducción en la disparidad de estas sentencias indicaría un avance.

4. Tabla de ODS, metas e indicadores

ODS, metas e indicadores
ODS Metas Indicadores
ODS 10: Reducción de las desigualdades
  • 10.3: Garantizar la igualdad de oportunidades y reducir la desigualdad de resultados, eliminando leyes y prácticas discriminatorias.
  • Número de leyes penales con umbrales o sanciones diferenciadas por estatus socioeconómico (ej. delito fiscal vs. “top manta”) que son revisadas o reformadas.
ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas
  • 16.3: Promover el estado de derecho y garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos.
  • 16.b: Promover y aplicar leyes y políticas no discriminatorias.
  • Análisis comparativo de las sentencias para delitos económicos cometidos por diferentes grupos socioeconómicos.
  • Proporción de la población que reporta confianza en la imparcialidad del sistema judicial, desglosada por nivel de ingresos.
ODS 1: Fin de la pobreza
  • Relevancia general en la lucha contra la criminalización de la pobreza (Aporofobia).
  • Tasa de enjuiciamiento y encarcelamiento por delitos asociados a la pobreza extrema (ej. venta ambulante, pequeños fraudes de subsistencia).

Fuente: theconversation.com