Los Estados tienen la obligación legal de frenar la crisis climática, según el tribunal de la ONU – El Salto

Informe sobre el Fallo de la Corte Internacional de Justicia y su Impacto en los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)
Resumen del Fallo Histórico sobre Emergencia Climática
La Corte Internacional de Justicia (CIJ), el principal órgano judicial de las Naciones Unidas, ha emitido una opinión consultiva de carácter histórico en materia de emergencia climática. Este fallo establece un precedente legal significativo al declarar que las medidas gubernamentales que impulsan el cambio climático son contrarias al derecho internacional.
- Responsabilidad Estatal: El tribunal ha determinado que los Estados deben ser considerados legalmente responsables de sus emisiones de gases de efecto invernadero (GEI).
- Actos Ilícitos: La falta de adopción de medidas adecuadas para proteger el sistema climático, incluyendo la producción, consumo, licenciamiento o subvención de combustibles fósiles, puede constituir un “hecho internacionalmente ilícito”.
- Reparación de Daños: El fallo responsabiliza a los Estados, y por extensión a las empresas, de la obligación de detener la emergencia climática y compensar a las naciones y comunidades vulnerables por los daños causados.
Implicaciones Directas para los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)
La decisión de la CIJ refuerza de manera contundente varios Objetivos de Desarrollo Sostenible, proporcionando un marco de rendición de cuentas para su cumplimiento.
- ODS 13: Acción por el Clima: Este objetivo es el más directamente impactado. El fallo convierte la inacción climática en una violación del derecho internacional, obligando a los Estados a tomar medidas urgentes y concretas para combatir el cambio climático y sus efectos, alineándose perfectamente con las metas del ODS 13.
- ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas: Al emitir este dictamen, la CIJ fortalece el estado de derecho a nivel global y el papel de las instituciones de justicia internacionales. La sentencia sienta las bases para futuros litigios climáticos, promoviendo la justicia ambiental y la rendición de cuentas, pilares del ODS 16.
- ODS 10: Reducción de las Desigualdades: El fallo reconoce explícitamente el principio de “justicia climática”, afirmando que las naciones que menos han contribuido a la crisis merecen protección y reparaciones. Esto aborda directamente la desigualdad entre los países desarrollados y las comunidades vulnerables, como los estados insulares del Pacífico, que sufren desproporcionadamente los efectos del cambio climático.
- ODS 7: Energía Asequible y no Contaminante: Al señalar la explotación de combustibles fósiles como una acción problemática bajo el derecho internacional, la sentencia incentiva una transición acelerada hacia fuentes de energía limpias y sostenibles, en línea con las metas del ODS 7.
- ODS 17: Alianzas para lograr los Objetivos: La iniciativa que culminó en esta decisión es un claro ejemplo del ODS 17 en acción. Fue impulsada por una alianza entre estudiantes, el gobierno de Vanuatu, y más de 1.500 organizaciones de la sociedad civil, demostrando el poder de la colaboración multisectorial para alcanzar objetivos globales.
Fundamento en los Derechos Humanos y Perspectivas Futuras
El tribunal ha sentado una base fundamental al vincular la crisis climática con los derechos humanos y al empoderar futuras acciones legales.
- El Medio Ambiente como Derecho Humano: Los 15 jueces participantes declararon por unanimidad que “la protección del entorno es una precondición para proteger los derechos humanos”, estableciendo la defensa ambiental como una obligación ineludible para todos los países.
- Impulso a la Litigación Climática: Aunque la opinión no es vinculante, se espera que sirva como una poderosa herramienta legal que reforzará los argumentos en juicios climáticos presentes y futuros, especialmente aquellos dirigidos contra Estados y corporaciones del sector de los combustibles fósiles.
1. ¿Qué Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) se abordan o están conectados con los temas destacados en el artículo?
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ODS 13: Acción por el Clima
- El artículo se centra en la “emergencia climática” y la “crisis climática”, temas centrales del ODS 13. La decisión de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) establece la responsabilidad legal de los Estados por sus emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) y su inacción climática, lo cual es un pilar fundamental de la acción por el clima.
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ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas
- El texto describe un proceso judicial en la Corte Internacional de Justicia, una institución clave de las Naciones Unidas. El fallo busca establecer bases legales (“hecho internacionalmente ilícito”) y hacer que los Estados rindan cuentas, promoviendo el estado de derecho a nivel internacional. La participación de grupos de la sociedad civil y su recurso a la justicia para la protección de derechos es un claro ejemplo de acceso a la justicia.
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ODS 10: Reducción de las Desigualdades
- El artículo destaca el concepto de “justicia climática”, señalando que el fallo busca proteger y compensar a “naciones y comunidades vulnerables” y a “aquellos que menos daño han causado en esta crisis”, como las comunidades del Pacífico. Esto aborda directamente la desigualdad en los impactos del cambio climático entre países desarrollados y en desarrollo.
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ODS 12: Producción y Consumo Responsables
- Se menciona explícitamente que “la concesión de subvenciones a los combustibles fósiles” puede constituir un acto ilícito. Esto se alinea con la necesidad de eliminar subsidios que fomentan el consumo insostenible y la producción perjudicial para el medio ambiente.
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ODS 17: Alianzas para lograr los objetivos
- El artículo relata cómo la iniciativa fue impulsada por una alianza entre estudiantes (“Pacific Island Students Fighting Climate Change”), el gobierno de Vanuatu, organizaciones juveniles (“World’s Youth for Climate Justice”) y más de 1.500 organizaciones de la sociedad civil, culminando en una votación en las Naciones Unidas. Esto ejemplifica una alianza mundial para el desarrollo sostenible.
2. ¿Qué metas específicas de los ODS se pueden identificar en función del contenido del artículo?
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Meta 13.2: Incorporar medidas relativas al cambio climático en las políticas, estrategias y planes nacionales.
- El fallo de la CIJ declara que “el hecho de que un Estado no adopte las medidas adecuadas para proteger el sistema climático de las emisiones de GEI” es ilegal. Esto obliga a los Estados a integrar la acción climática en su marco legal y político nacional.
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Meta 16.3: Promover el estado de derecho en los planos nacional e internacional y garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos.
- El artículo describe cómo la CIJ, un órgano judicial internacional, emite una “opinión consultiva” que establece “bases legales” para la responsabilidad climática. El proceso, iniciado por estudiantes y apoyado por ONGs, es un ejemplo de acceso a la justicia internacional para abordar un problema global.
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Meta 12.c: Racionalizar los subsidios ineficientes a los combustibles fósiles que fomentan el consumo antieconómico.
- El artículo cita directamente que “la concesión de subvenciones a los combustibles fósiles” es una de las acciones que pueden “constituir un hecho internacionalmente ilícito”. Esto apunta directamente a la eliminación de dichos subsidios.
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Meta 16.8: Ampliar y fortalecer la participación de los países en desarrollo en las instituciones de gobernanza mundial.
- La campaña fue iniciada por estudiantes de Vanuatu y su gobierno, un pequeño estado insular en desarrollo. Su éxito en llevar el caso a la CIJ a través de la ONU demuestra una participación fortalecida en la gobernanza global.
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Meta 13.1: Fortalecer la resiliencia y la capacidad de adaptación a los riesgos relacionados con el clima y los desastres naturales en todos los países.
- El fallo menciona la necesidad de proteger a las “comunidades del Pacífico que están en primera línea [de los efectos del cambio climático]”, lo que implica la necesidad de medidas de adaptación y resiliencia para las naciones más vulnerables.
3. ¿Hay algún indicador de los ODS mencionado o implícito en el artículo que pueda usarse para medir el progreso hacia los objetivos identificados?
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Indicador 13.2.2: Total de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) por año.
- El artículo se centra en la responsabilidad de los Estados por sus “emisiones de GEI”. La reducción de estas emisiones es el indicador principal implícito para medir el cumplimiento del fallo y el progreso hacia el ODS 13.
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Indicador 12.c.1: Monto de los subsidios a los combustibles fósiles por unidad del PIB (producción y consumo).
- Al declarar que “la concesión de subvenciones a los combustibles fósiles” puede ser ilegal, el artículo implica que la medición y eventual eliminación de estos subsidios es un indicador clave de progreso.
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Indicador 13.2.1: Número de países que han comunicado o establecido una contribución determinada a nivel nacional, una estrategia a largo plazo, un plan nacional de adaptación…
- El fallo de la CIJ que exige a los Estados “adoptar las medidas adecuadas para proteger el sistema climático” implica que la existencia y la calidad de las políticas y estrategias climáticas nacionales son un indicador medible del cumplimiento.
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Indicador 10.b.1: Corrientes totales de recursos para el desarrollo…
- La exigencia de “compensar a las naciones y comunidades vulnerables por el daño causado” implica la necesidad de flujos financieros. El seguimiento de estos flujos de compensación o reparación serviría como un indicador para medir la justicia climática y la reducción de desigualdades.
ODS, metas e indicadores
Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) | Meta del ODS | Indicador del ODS |
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ODS 13: Acción por el Clima | 13.2: Incorporar medidas relativas al cambio climático en las políticas, estrategias y planes nacionales. | 13.2.2: Total de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) por año. |
ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas | 16.3: Promover el estado de derecho en los planos nacional e internacional y garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos. | (Implícito) Número de litigios climáticos y decisiones judiciales que establecen la responsabilidad legal de los Estados y empresas. |
ODS 12: Producción y Consumo Responsables | 12.c: Racionalizar los subsidios ineficientes a los combustibles fósiles que fomentan el consumo antieconómico. | 12.c.1: Monto de los subsidios a los combustibles fósiles. |
ODS 10: Reducción de las Desigualdades | (Relacionado) Proteger y compensar a las naciones vulnerables. | 10.b.1: Corrientes totales de recursos (compensaciones/reparaciones) para países en desarrollo vulnerables al clima. |
ODS 17: Alianzas para lograr los objetivos | 16.8: Ampliar y fortalecer la participación de los países en desarrollo en las instituciones de gobernanza mundial. | (Implícito) Número de iniciativas lideradas por países en desarrollo y la sociedad civil en foros de gobernanza mundial. |
Fuente: elsaltodiario.com