“Sólo fue un ratito”: secuestrador va hasta la SCJN para que le reduzcan la sentencia – Infobae

“Sólo fue un ratito”: secuestrador va hasta la SCJN para que le reduzcan la sentencia – Infobae

 

Informe sobre Proceso Judicial y su Vínculo con los Objetivos de Desarrollo Sostenible

Introducción al Caso y Contexto del ODS 16

Se analiza un caso judicial en México que culminó el 7 de febrero de 2024, cuya resolución fue publicada el 11 de abril del mismo año. El proceso detalla la batalla legal de un individuo sentenciado por secuestro exprés agravado. Este informe examina el caso a través del lente de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), principalmente el ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas, que busca promover sociedades pacíficas e inclusivas, facilitar el acceso a la justicia para todos y crear instituciones eficaces, responsables e inclusivas a todos los niveles.

Descripción de los Hechos y Violación de Metas de Desarrollo

El 4 de noviembre de 2020, en la Ciudad de México, se perpetró un acto delictivo que atenta directamente contra la seguridad y el bienestar de los ciudadanos, contraviniendo objetivos clave para el desarrollo sostenible.

  • Afectación al ODS 11 (Ciudades y Comunidades Sostenibles): El incidente, ocurrido en un espacio público, socava la meta 11.7 de proporcionar acceso universal a zonas verdes y espacios públicos seguros, inclusivos y accesibles. La seguridad urbana es un pilar para la sostenibilidad de las comunidades.
  • Impacto en el ODS 3 (Salud y Bienestar): La víctima fue sometida a violencia y privación de la libertad, lo que representa un ataque directo a su integridad física y mental, afectando la meta 3.4 de promover la salud mental y el bienestar.
  • Violación del ODS 16 (Paz, Justicia e Instituciones Sólidas): El secuestro exprés es una forma de violencia que la meta 16.1 busca reducir significativamente. La respuesta institucional posterior es crucial para el cumplimiento de este objetivo.

El crimen consistió en la privación ilegal de la libertad de una persona por un lapso de 10 a 15 minutos con el fin de cometer un robo, seguido de la captura de uno de los responsables por parte de las autoridades policiales.

Proceso Judicial como Reflejo de las Instituciones (ODS 16.3 y 16.6)

El recorrido del caso por el sistema judicial mexicano demuestra la funcionalidad de las instituciones, un componente esencial del ODS 16. La meta 16.3, sobre la promoción del estado de derecho, y la 16.6, sobre la creación de instituciones eficaces y transparentes, se ven reflejadas en las distintas etapas del proceso.

  1. Sentencia Inicial: El Juzgado Octavo del Tribunal de Enjuiciamiento dictó una condena de 70 años de prisión, estableciendo una sanción severa en un esfuerzo por disuadir este tipo de delitos violentos.
  2. Recurso de Apelación: El sentenciado ejerció su derecho a la apelación, y la Cuarta Sala Penal, en una revisión del caso, ajustó la condena a 50 años de cárcel, demostrando la existencia de mecanismos de revisión judicial.
  3. Demanda de Amparo Directo: El individuo argumentó que el delito no se configuraba como secuestro exprés y que la pena era desproporcionada, llevando su caso ante el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal, que negó el amparo.
  4. Intervención de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN): Como última instancia, la SCJN revisó el caso, centrándose en la constitucionalidad y proporcionalidad de la pena.

Resolución Final y su Contribución a la Agenda 2030

La Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió un fallo definitivo que ratifica la sentencia de 50 años de prisión. Esta decisión es fundamental para el fortalecimiento del estado de derecho y la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Argumentos de la SCJN y su Alineación con el ODS 16

  • Proporcionalidad de la Pena: La Corte determinó que la severidad de la pena para el secuestro exprés no es inconstitucional ni desproporcionada. Justificó las altas sanciones como una medida legislativa necesaria para combatir la alta incidencia de este delito en el pasado, lo cual se alinea con la meta 16.1 de reducir todas las formas de violencia.
  • Fortalecimiento Institucional: Al validar la actuación de los tribunales inferiores y la legislación vigente, la SCJN refuerza la confianza en las instituciones de justicia (ODS 16.6), enviando un mensaje claro de que los delitos violentos serán sancionados con rigor para garantizar la paz y la seguridad.
  • Acceso a la Justicia: El fallo concluye un largo proceso en el que el sentenciado tuvo acceso a múltiples recursos legales, garantizando el debido proceso, un pilar del acceso a la justicia para todos (ODS 16.3).

En conclusión, la resolución del caso reafirma el compromiso del sistema judicial mexicano con la sanción de delitos graves, contribuyendo directamente a la construcción de una sociedad más segura y justa, en línea con los principios de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.

1. ¿Qué Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) se abordan o están conectados con los temas destacados en el artículo?

ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas

  • El artículo se centra en un caso criminal de “secuestro exprés agravado para cometer robo”, lo cual se relaciona directamente con la necesidad de reducir la violencia y el crimen. Además, narra en detalle el proceso judicial que siguió el perpetrador, desde su detención y sentencia inicial hasta las apelaciones y el fallo final de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Esto ilustra el funcionamiento de las instituciones de justicia, el estado de derecho y el acceso a los mecanismos legales, que son pilares fundamentales del ODS 16.

2. ¿Qué metas específicas de los ODS se pueden identificar en función del contenido del artículo?

  1. Meta 16.1: Reducir considerablemente todas las formas de violencia y las correspondientes tasas de mortalidad en todo el mundo.

    El artículo aborda directamente esta meta al describir un acto de violencia: un secuestro exprés donde la víctima fue amenazada con “objetos punzocortantes” y privada de su libertad. La justificación de la SCJN para mantener una pena elevada se basa en la necesidad de combatir la alta “incidencia delictiva del secuestro”, lo que demuestra un esfuerzo institucional por reducir esta forma específica de violencia.

  2. Meta 16.3: Promover el estado de derecho en los planos nacional e internacional y garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos.

    Esta meta es central en el artículo. Se describe el funcionamiento del sistema de justicia penal de México en varias de sus etapas: la detención por parte de la policía, la puesta a disposición ministerial, el juicio en el “Juzgado Octavo del Tribunal de Enjuiciamiento”, la sentencia, el “recurso de apelación” ante la “Cuarta Sala Penal”, la “demanda de amparo directo” en un “Tribunal Colegiado” y, finalmente, el “recurso de revisión” ante la “Suprema Corte de Justicia de la Nación”. Todo este proceso, incluyendo los múltiples intentos del condenado por reducir su pena, evidencia la aplicación del estado de derecho y el acceso a las diferentes instancias de justicia.

  3. Meta 16.a: Fortalecer las instituciones nacionales pertinentes (…) para crear a todos los niveles (…) capacidad para (…) combatir el terrorismo y la delincuencia.

    El artículo nombra explícitamente a las instituciones nacionales encargadas de combatir la delincuencia y administrar justicia: “elementos de la policía”, la “autoridad ministerial”, el “Juzgado Octavo”, la “Cuarta Sala Penal”, el “Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal” y la “SCJN”. La narrativa demuestra la capacidad de estas instituciones para investigar un delito, detener a un sospechoso, procesarlo y emitir una sentencia firme, fortaleciendo así el marco institucional contra la delincuencia.

3. ¿Hay algún indicador de los ODS mencionado o implícito en el artículo que pueda usarse para medir el progreso hacia los objetivos identificados?

  1. Indicador 16.1.3: Proporción de la población que ha sufrido (a) violencia física, (b) violencia psicológica o (c) violencia sexual en los últimos 12 meses.

    El artículo describe un caso que caería dentro de las estadísticas de este indicador. La víctima sufrió violencia física y psicológica: “dos sujetos lo amagaron. Armados con objetos punzocortantes (…) el otro mantenía inmóvil a la víctima a la vez que le quitaba sus pertenencias”. El secuestro en sí es una forma de violencia psicológica y física.

  2. Indicador 16.3.1: Proporción de víctimas de violencia en los últimos 12 meses que denunciaron su victimización a las autoridades competentes.

    Este indicador está claramente implícito. El artículo relata que, tras ser liberada, la víctima “caminó hasta encontrarse con una persona que le ayudó y le prestó su teléfono para llamar a los servicios de emergencia”. La respuesta de las autoridades (“Al poco tiempo llegaron elementos de la policía a atender lo sucedido”) confirma que el delito fue denunciado y atendido, un paso crucial para la medición de este indicador.

  3. Indicador 16.3.2: Proporción de detenidos que no han sido sentenciados respecto de la población carcelaria total.

    El artículo ilustra el proceso que convierte a un detenido en un sentenciado. El criminal fue “detenido”, luego “declarado culpable” y recibió una “pena de 70 años de prisión”, que más tarde se ajustó a “50 años de cárcel”. El relato de cómo se confirma esta sentencia a través de múltiples instancias judiciales hasta llegar a la SCJN es un ejemplo del esfuerzo del sistema por procesar y sentenciar a los detenidos, lo cual impacta directamente en la proporción que mide este indicador.

ODS, metas e indicadores

ODS Metas Indicadores
ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas
  • 16.1: Reducir considerablemente todas las formas de violencia.
  • 16.3: Promover el estado de derecho y garantizar la igualdad de acceso a la justicia.
  • 16.a: Fortalecer las instituciones nacionales pertinentes para combatir la delincuencia.
  • 16.1.3: Proporción de la población que ha sufrido violencia (el caso de la víctima de secuestro).
  • 16.3.1: Proporción de víctimas de violencia que denunciaron (la víctima llamó a los servicios de emergencia).
  • 16.3.2: Proporción de detenidos no sentenciados (el artículo detalla el proceso desde la detención hasta la sentencia final).

Fuente: infobae.com