Ministra Lena Estrada celebra histórica ley para proteger los humedales en Colombia – – minambiente.gov.co

Informe sobre la Ley 2469 de 2025 y su Contribución a los Objetivos de Desarrollo Sostenible en Colombia
Introducción y Contexto General
El presente informe analiza la promulgación de la Ley 2469 de 2025 en Colombia, una normativa histórica que redefine la gestión y protección de los humedales. Esta ley posiciona a dichos ecosistemas como pilares estratégicos para el cumplimiento de la Agenda 2030, haciendo un énfasis particular en la acción climática, la conservación de la biodiversidad y la construcción de comunidades resilientes.
Alineación Estratégica con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)
La Ley 2469 de 2025 se articula directamente con múltiples Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), estableciendo un marco de acción integral. Su principal innovación es la integración formal de los humedales en dos sistemas nacionales clave:
- El Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SNGRD).
- El Sistema Nacional de Cambio Climático (Sisclima).
Esta integración fortalece de manera significativa el avance hacia los siguientes ODS:
- ODS 13 (Acción por el Clima): Al reconocer los humedales como infraestructura natural para la adaptación climática, la ley promueve soluciones basadas en la naturaleza para aumentar la resiliencia de los territorios frente a los efectos adversos del cambio climático.
- ODS 15 (Vida de Ecosistemas Terrestres): La ley establece un mandato claro para la protección, restauración y conservación de más de 25 millones de hectáreas de humedales, incluyendo 12 sitios de importancia internacional (Ramsar), contribuyendo directamente a detener la pérdida de biodiversidad.
- ODS 6 (Agua Limpia y Saneamiento): La protección de los humedales es fundamental para garantizar la seguridad hídrica, ya que estos ecosistemas regulan los ciclos del agua, purifican el recurso y mitigan sequías e inundaciones.
- ODS 11 (Ciudades y Comunidades Sostenibles): La normativa exige la incorporación de los humedales en los instrumentos de planificación municipal, como los planes de ordenamiento territorial. Esto previene la expansión urbana descontrolada sobre ecosistemas estratégicos y reduce la vulnerabilidad de las poblaciones ante desastres naturales como inundaciones y avalanchas.
Componentes Clave y Aportes a la Agenda 2030
La implementación de la ley se apoya en varios componentes técnicos y de gobernanza que refuerzan el compromiso de Colombia con el desarrollo sostenible.
Fortalecimiento de la Gobernanza y las Alianzas (ODS 17)
El desarrollo de la ley es un ejemplo del ODS 17 (Alianzas para lograr los objetivos), resultado de un proceso articulado entre:
- El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
- Institutos de investigación ambiental.
- Autoridades ambientales y territoriales.
- Comunidades locales y representantes del poder legislativo.
Esta colaboración asegura que la reglamentación e implementación futura continúe siendo un ejercicio participativo y basado en consensos.
Innovación en Gestión de Información y Tecnología
La ley impulsa la modernización de la gestión ambiental mediante:
- El fortalecimiento del Sistema de Información Ambiental de Colombia (SIAC) y el Sistema Nacional de Información Forestal (SNIF) a través de la interoperabilidad de datos.
- El desarrollo de herramientas de modelación ecohidrológica para comprender mejor la interrelación entre el agua, los ecosistemas y la biodiversidad, facilitando la implementación de soluciones efectivas.
Conclusión: Un Marco para la Sostenibilidad y la Resiliencia
La Ley 2469 de 2025 representa un avance significativo en la política ambiental de Colombia. Al designar los humedales como determinantes ambientales y vincular su gestión a la reducción de riesgos y la adaptación climática, el país no solo protege su patrimonio natural, sino que también construye una base sólida para un desarrollo resiliente y sostenible. El llamado a las entidades territoriales para implementar esta ley con responsabilidad es crucial para materializar sus beneficios y asegurar que los humedales continúen proveyendo servicios ecosistémicos esenciales para las generaciones presentes y futuras, en plena consonancia con los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
1. ¿Qué Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) se abordan o están conectados con los temas destacados en el artículo?
-
ODS 6: Agua Limpia y Saneamiento
El artículo se centra en la Ley 2469 de 2025 para la protección de los humedales. Estos ecosistemas son fundamentales para la regulación hídrica y la seguridad del agua. La ley busca “proteger y gestionar integralmente los humedales” y asegurar la “seguridad hídrica”, lo que se alinea directamente con la protección de los ecosistemas relacionados con el agua que promueve el ODS 6.
-
ODS 11: Ciudades y Comunidades Sostenibles
La nueva ley promueve la integración de los humedales en la planificación territorial y urbana. El artículo menciona que la ley “facilita la incorporación de los humedales en los instrumentos de planificación municipal, como los planes de ordenamiento territorial” y busca “prevenir intervenciones que son urbanísticas, que pongan en riesgo a estos y otros ecosistemas ante fenómenos como inundaciones, sismos o avalanchas”. Esto contribuye a crear asentamientos humanos más seguros, resilientes y sostenibles.
-
ODS 13: Acción por el Clima
El título mismo de la ley, ‘Humedales para la Gestión del Riesgo y la Adaptación al cambio climático’, establece una conexión directa con este objetivo. El artículo subraya que los humedales son “ecosistemas estratégicos para la adaptación climática” y que la ley los integra al “Sistema Nacional de Cambio Climático (Sisclima), en su componente de adaptación”. El objetivo es aumentar la “resiliencia de los territorios ante los efectos del cambio climático”.
-
ODS 15: Vida de Ecosistemas Terrestres
Este es uno de los objetivos más relevantes, ya que la ley se enfoca en la protección de un ecosistema terrestre y de agua dulce específico. El artículo destaca que la ley reafirma el “compromiso de nuestro país en la protección de los ecosistemas estratégicos”, promueve la “conservación de la biodiversidad”, y busca “frenar su degradación”. Se mencionan explícitamente las “más de 25 millones de hectáreas de humedales” en Colombia como objeto de protección, restauración y conservación.
-
ODS 17: Alianzas para lograr los Objetivos
El artículo describe el proceso de creación de la ley como un “trabajo técnico articulado entre el Ministerio de Ambiente, institutos de investigación ambiental, autoridades ambientales, comunidades y la representante a la Cámara Leyla Marleny Rincón”. Además, la Ministra reitera que se continuará “trabajando en la reglamentación de la mano de los diferentes actores sociales y de las comunidades”. Este enfoque colaborativo y multisectorial es la esencia del ODS 17.
2. ¿Qué metas específicas de los ODS se pueden identificar en función del contenido del artículo?
-
Meta 6.6: Proteger y restablecer los ecosistemas relacionados con el agua.
El artículo se centra en la Ley 2469, cuyo propósito es la “protección y gestión integral de los humedales”. Menciona acciones específicas de “protección, restauración y conservación” para los 25 millones de hectáreas de humedales del país, lo que se alinea directamente con el restablecimiento y protección de estos ecosistemas relacionados con el agua.
-
Meta 11.5: Reducir considerablemente el número de muertes y de personas afectadas por desastres.
La ley integra los humedales al “Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SNGRD)” para “prevenir riesgos” como “inundaciones, sismos o avalanchas”. Al gestionar los humedales como infraestructura natural para la reducción de riesgos, se busca mitigar el impacto de los desastres en las poblaciones, lo que corresponde a esta meta.
-
Meta 11.b: Aumentar el número de ciudades que adoptan e implementan políticas y planes integrados para la resiliencia ante los desastres y la adaptación al cambio climático.
La ley exige la “incorporación de los humedales en los instrumentos de planificación municipal, como los planes de ordenamiento territorial”. Esto obliga a las autoridades locales a integrar la gestión de ecosistemas en sus planes de desarrollo urbano para aumentar la resiliencia, lo que es el núcleo de esta meta.
-
Meta 13.1: Fortalecer la resiliencia y la capacidad de adaptación a los riesgos relacionados con el clima y los desastres naturales.
El artículo destaca que la ley considera los humedales como “ecosistemas estratégicos para la adaptación climática” y busca “aumentar la resiliencia de los territorios ante los efectos del cambio climático”. La integración de los humedales en el SNGRD y el Sisclima es una medida concreta para fortalecer esta capacidad de adaptación a nivel nacional.
-
Meta 15.1: Velar por la conservación, el restablecimiento y el uso sostenible de los ecosistemas terrestres y de agua dulce continentales.
La ley está explícitamente diseñada para la “protección, restauración y conservación” de los humedales, que son ecosistemas de agua dulce continentales. El artículo detalla que hay 5 millones de hectáreas permanentes que requieren protección y 20 millones temporales que necesitan “recuperación, manejo y reducción del riesgo”.
-
Meta 15.9: Integrar los valores de los ecosistemas y la diversidad biológica en la planificación nacional y local.
El artículo afirma que la ley incorpora a los humedales “como parte de los instrumentos de planeación territorial y gestión del riesgo, dándoles valor de determinantes ambientales”. Esto representa una integración directa de los valores del ecosistema en los procesos de planificación a nivel local y nacional.
3. ¿Hay algún indicador de los ODS mencionado o implícito en el artículo que pueda usarse para medir el progreso hacia los objetivos identificados?
-
Indicador 6.6.1: Variación de la extensión de los ecosistemas relacionados con el agua a lo largo del tiempo.
El artículo proporciona una línea de base cuantitativa al afirmar que “Colombia cuenta con más de 25 millones de hectáreas de humedales”. El éxito de la ley podría medirse monitoreando la variación de esta superficie, específicamente el aumento de áreas restauradas y la disminución de áreas degradadas.
-
Indicador 11.b.2: Proporción de administraciones locales que adoptan y aplican estrategias locales de reducción del riesgo de desastres.
El progreso puede medirse de forma implícita a través del llamado de la Ministra a las “entidades territoriales a implementar esta ley con responsabilidad, (…) incorporando a los humedales en instrumentos de planificación urbana”. El indicador sería el número o porcentaje de municipios que efectivamente actualizan sus planes de ordenamiento territorial para incluir la gestión y protección de humedales como estrategia de reducción de riesgos.
-
Indicador 15.1.1: Superficie forestal en proporción a la superficie total (adaptado a humedales).
Similar al indicador 6.6.1, la mención de “más de 25 millones de hectáreas de humedales” sirve como un indicador clave. El monitoreo de esta superficie, su estado de conservación y la efectividad de las acciones de restauración son medidas directas del progreso hacia la Meta 15.1.
-
Indicador 15.1.2: Proporción de lugares importantes para la diversidad biológica terrestre y del agua dulce que se encuentran en zonas protegidas.
El artículo menciona que “Doce de estos ecosistemas han sido designados como sitios Ramsar por su importancia internacional” y que la ley “busca fortalecer la protección de estas áreas”. Un indicador claro del progreso sería el aumento del nivel de protección efectiva de estos 12 sitios Ramsar y la posible designación de nuevos sitios protegidos bajo el marco de la nueva ley.
4. Tabla de ODS, metas e indicadores
ODS, metas e indicadores | Metas Correspondientes | Indicadores Específicos Identificados |
---|---|---|
ODS 6: Agua Limpia y Saneamiento | 6.6: Proteger y restablecer los ecosistemas relacionados con el agua. | 6.6.1: Variación de la extensión de los ecosistemas relacionados con el agua (menciona “más de 25 millones de hectáreas de humedales”). |
ODS 11: Ciudades y Comunidades Sostenibles | 11.5: Reducir el número de muertes y personas afectadas por desastres. 11.b: Aumentar el número de ciudades con planes de resiliencia. |
11.b.2: Proporción de administraciones locales que incorporan la gestión de humedales en sus planes de ordenamiento territorial. |
ODS 13: Acción por el Clima | 13.1: Fortalecer la resiliencia y la capacidad de adaptación a los riesgos climáticos. | (Implícito) Implementación de la ley como parte de la estrategia nacional de adaptación al cambio climático (integración en Sisclima). |
ODS 15: Vida de Ecosistemas Terrestres | 15.1: Conservar y restablecer los ecosistemas de agua dulce. 15.9: Integrar los valores de los ecosistemas en la planificación nacional y local. |
15.1.1 (adaptado): Superficie de humedales conservada y restaurada. 15.1.2: Proporción de sitios de importancia (ej. sitios Ramsar) bajo protección efectiva. |
ODS 17: Alianzas para lograr los Objetivos | (General) Fortalecer los medios de implementación y revitalizar la Alianza Mundial para el Desarrollo Sostenible. | (Cualitativo) Nivel de articulación entre el Ministerio, institutos, autoridades ambientales y comunidades en la reglamentación e implementación de la ley. |
Fuente: minambiente.gov.co