Del maltrato al activismo: Sandra Zavala impulsa la Ley Azul para visibilizar la violencia emocional – El Sol de México

Del maltrato al activismo: Sandra Zavala impulsa la Ley Azul para visibilizar la violencia emocional – El Sol de México

 

Informe: Iniciativa “Ley Azul” y su Alineación con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)

El presente informe detalla la propuesta de la “Ley Azul”, una iniciativa legislativa impulsada por Sandra Zavala Espinoza, que surge como respuesta a la violencia emocional. Se analiza su estructura, objetivos y alcance, con un énfasis significativo en su contribución a la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Definición y Marco de la Ley Azul

La “Ley Azul” es una iniciativa de reforma legislativa diseñada para tipificar, prevenir y sancionar la violencia emocional. Esta forma de maltrato, que no produce evidencia física, causa graves daños psicológicos y emocionales, afectando directamente el bienestar de las personas y el tejido social.

Contribución al ODS 3: Salud y Bienestar y ODS 5: Igualdad de Género

  • Salud y Bienestar (ODS 3): La ley aborda directamente la meta 3.4, que busca promover la salud mental y el bienestar. Al reconocer la violencia emocional como un factor perjudicial para la salud, se sientan las bases para políticas públicas de prevención y atención psicológica.
  • Igualdad de Género (ODS 5): La iniciativa es fundamental para alcanzar la meta 5.2, enfocada en eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas. La violencia emocional es una de las manifestaciones más comunes y menos visibles de la violencia de género.

Objetivos Estratégicos de la Ley Azul

La propuesta persigue metas claras orientadas a fortalecer el marco de protección de los derechos humanos y la justicia social.

Alineación con el ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas

Los objetivos de la ley se alinean directamente con la promoción de sociedades justas, pacíficas e inclusivas.

  1. Reconocer: Visibilizar y definir legalmente la violencia emocional como un delito, garantizando que el sistema de justicia (meta 16.3) pueda actuar ante estas agresiones.
  2. Prevenir: Implementar programas de educación y sensibilización para prevenir la violencia antes de que ocurra, fomentando una cultura de paz y respeto (meta 16.1).
  3. Legislar: Crear y reformar leyes para establecer protocolos de denuncia, atención a víctimas y sanciones para los agresores, fortaleciendo las instituciones responsables (meta 16.6).

Población Protegida por la Ley Azul

Si bien la iniciativa surge de un caso de violencia de género, su alcance es amplio y busca proteger a todos los individuos en situación de vulnerabilidad, en consonancia con el principio de “no dejar a nadie atrás” de la Agenda 2030.

Grupos de Enfoque Prioritario

  • Mujeres y Niñas: Como grupo principal afectado por la violencia de género, en línea con el ODS 5.
  • Niños, Niñas y Adolescentes: Quienes sufren consecuencias a largo plazo en su desarrollo a causa del maltrato emocional.
  • Adultos Mayores: Un sector vulnerable a menudo expuesto al abuso psicológico en entornos familiares o de cuidado.
  • Grupos en Situación de Vulnerabilidad: Cualquier persona sujeta a relaciones de poder asimétricas donde la violencia emocional pueda ser utilizada como herramienta de control.

1. ¿Qué Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) se abordan o están conectados con los temas destacados en el artículo?

  • ODS 3: Salud y Bienestar

    El artículo se centra en la “violencia emocional que no deja huellas visibles, pero sí profundas heridas”. Esto se conecta directamente con la promoción de la salud mental y el bienestar, un componente clave del ODS 3. La iniciativa “Ley Azul” busca prevenir un tipo de maltrato que afecta gravemente la salud psicológica de las personas.

  • ODS 5: Igualdad de Género

    El tema central es la violencia de género, aunque se enfoca en su manifestación emocional. La promotora de la ley, Sandra Zavala Espinoza, es una sobreviviente de una década de maltrato. La “Ley Azul” busca eliminar una forma de violencia que afecta desproporcionadamente a las mujeres, contribuyendo así al objetivo de lograr la igualdad de género y poner fin a todas las formas de violencia contra mujeres y niñas.

  • ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas

    La propuesta es una “iniciativa que busca… legislar la violencia emocional”. Esto se alinea con el ODS 16, que promueve el estado de derecho y el acceso a la justicia para todos. Al crear un marco legal para un tipo de violencia previamente no reconocido o difícil de probar, se fortalecen las instituciones de justicia y se busca reducir todas las formas de violencia en la sociedad.

2. ¿Qué metas específicas de los ODS se pueden identificar en función del contenido del artículo?

  • Meta 5.2: Eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y las niñas

    La “Ley Azul” aborda directamente esta meta al centrarse en la “violencia emocional”. Esta es una de las “formas de violencia” que la meta busca erradicar. La iniciativa legislativa es un esfuerzo concreto para proteger a las víctimas de este tipo de abuso.

  • Meta 3.4: Promover la salud mental y el bienestar

    Al buscar “reconocer, prevenir y legislar la violencia emocional”, la iniciativa contribuye a esta meta. Las “profundas heridas” mencionadas en el artículo son un claro indicativo del impacto negativo en la salud mental, y la ley busca prevenir este daño y promover el bienestar de las personas.

  • Meta 16.1: Reducir considerablemente todas las formas de violencia

    La propuesta de ley es una herramienta para combatir una forma específica de violencia. Su objetivo de “prevenir y legislar” la violencia emocional es un paso hacia la reducción general de la violencia en la sociedad, tal como lo estipula esta meta.

  • Meta 16.3: Promover el estado de derecho y garantizar la igualdad de acceso a la justicia

    Al proponer una ley para un delito que “no deja huellas visibles”, se busca crear un mecanismo legal que ofrezca justicia a las víctimas que actualmente pueden tener dificultades para denunciar y probar el abuso. Esto mejora el acceso a la justicia y fortalece el estado de derecho al reconocer y sancionar nuevas formas de agresión.

3. ¿Hay algún indicador de los ODS mencionado o implícito en el artículo que pueda usarse para medir el progreso hacia los objetivos identificados?

El artículo no menciona explícitamente ningún indicador de los ODS. Sin embargo, se pueden inferir varios indicadores que serían relevantes para medir el impacto de una ley como la “Ley Azul”:

  • Indicador 5.2.1 (Implícito): Proporción de mujeres y niñas que han sufrido violencia psicológica a manos de su pareja

    El artículo se centra en la “violencia emocional” sufrida por Sandra Zavala durante una década. El éxito de la “Ley Azul” podría medirse a través de la reducción de la prevalencia de este tipo de violencia, que es exactamente lo que este indicador mide.

  • Indicador 16.1.3 (Implícito): Proporción de la población que ha sufrido violencia psicológica en los últimos 12 meses

    Este indicador es más amplio y no se limita a la violencia de género. Dado que la pregunta “¿A quién protege la Ley Azul?” sugiere una aplicación general, este indicador sería clave para medir la reducción de la violencia emocional en toda la población como resultado de la nueva legislación.

  • Indicador 5.c.1 (Implícito): Proporción de países que cuentan con sistemas para dar seguimiento a la igualdad de género

    La propia existencia de la “Ley Azul” como una iniciativa para “legislar” la violencia emocional es un dato medible. La aprobación e implementación de esta ley sería un avance tangible que este indicador busca registrar, ya que demuestra la existencia de un marco legal y político para promover la igualdad y proteger a las mujeres.

4. Tabla de ODS, metas e indicadores

ODS, metas e indicadores
Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) Meta del ODS Indicador del ODS (Implícito)
ODS 5: Igualdad de Género 5.2: Eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y las niñas. 5.2.1: Proporción de mujeres y niñas que han sufrido violencia psicológica.
ODS 3: Salud y Bienestar 3.4: Promover la salud mental y el bienestar. No hay un indicador numérico directo, pero el progreso se mediría cualitativamente a través de la prevención de “profundas heridas” emocionales.
ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas 16.1: Reducir considerablemente todas las formas de violencia. 16.1.3: Proporción de la población que ha sufrido violencia psicológica.
ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas 16.3: Promover el estado de derecho y garantizar la igualdad de acceso a la justicia. La existencia y aplicación de la “Ley Azul” como marco legal para abordar la violencia emocional.

Fuente: oem.com.mx