Las Palmas de Gran Canaria presenta la primera Ordenanza sobre Higiene Urbana y un Plan para la Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos – El Periódico de Canarias

Informe sobre Nuevas Iniciativas de Higiene Urbana y Gestión de Residuos en Las Palmas de Gran Canaria
El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ha presentado un marco estratégico compuesto por la primera Ordenanza sobre Higiene Urbana y el primer Plan para la Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos. Estas iniciativas, anunciadas por la alcaldesa Carolina Darias, representan un compromiso firme con la Agenda 2030 y sus Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), y serán sometidas a un proceso de consulta pública para garantizar la participación ciudadana en su diseño definitivo.
Alineación Estratégica con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)
Ambos documentos están diseñados para fortalecer la sostenibilidad urbana y mejorar la calidad de vida, abordando de manera directa varios ODS:
- ODS 11 (Ciudades y Comunidades Sostenibles): El objetivo principal es transformar a Las Palmas de Gran Canaria en una ciudad más limpia, segura y resiliente, reduciendo su impacto ambiental per cápita mediante una gestión de residuos optimizada.
- ODS 3 (Salud y Bienestar): Se reconoce la higiene urbana como un pilar fundamental de la salud pública, protegiendo a los ciudadanos de los riesgos sanitarios asociados a la gestión inadecuada de residuos.
- ODS 12 (Producción y Consumo Responsables): Las normativas fomentan una economía circular, promoviendo la separación en origen y una gestión responsable de los residuos para minimizar el desperdicio.
- ODS 14 y 15 (Vida Submarina y Vida de Ecosistemas Terrestres): A través de sanciones severas contra el vertido de colillas, plásticos y otros desechos, se busca proteger activamente los ecosistemas locales de la contaminación.
- ODS 16 (Paz, Justicia e Instituciones Sólidas): La creación de un marco normativo claro y la apertura a la participación ciudadana refuerzan la gobernanza local, haciéndola más transparente, responsable e inclusiva.
Análisis de la Ordenanza sobre Higiene Urbana
La nueva ordenanza establece un marco legal actualizado, en consonancia con la Ley 7/2022 de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular. Su propósito es doble: sensibilizar a la ciudadanía y establecer un régimen sancionador disuasorio para garantizar el cumplimiento de las normativas ambientales.
Estructura y Obligaciones
La normativa se organiza en cuatro títulos que definen las responsabilidades de los diferentes actores:
- Obligaciones de la ciudadanía y agentes económicos: Detalla el deber de mantener limpios los espacios públicos y privados de uso común.
- Competencias de la administración local: Define el rol del Ayuntamiento en la prestación de servicios de limpieza y gestión de residuos.
- Condiciones de entrega de residuos: Especifica los procedimientos para la correcta separación de residuos en origen, un paso crucial para el cumplimiento del ODS 12.
Régimen Sancionador y su Contribución a los ODS
El sistema de sanciones se ha diseñado para desincentivar conductas que atentan contra la sostenibilidad urbana:
- Infracciones Leves (hasta 750 €):
- Arrojar colillas, chicles o papeles. Esta medida contribuye directamente a los ODS 11, 14 y 15 al prevenir la contaminación por microplásticos y otros residuos.
- No recoger las deyecciones de animales. Acción clave para el ODS 3, al mantener la salubridad de los espacios públicos.
- Infracciones Graves (de 2.001 a 100.000 €):
- Vertidos incontrolados en la vía pública. Sanción que protege el entorno urbano y apoya el ODS 11.
- Infracciones Muy Graves (hasta 3.500.000 €):
- Vertidos que afecten gravemente la salud humana o el medioambiente. Esta sanción máxima subraya el compromiso con el ODS 3 y la protección de los ecosistemas (ODS 14 y 15).
Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos (PGERS)
El PGERS funciona como la hoja de ruta operativa para implementar la ordenanza. Este plan detalla las acciones concretas que se llevarán a cabo para alcanzar los objetivos de sostenibilidad, alineándose con el ODS 11.6 sobre la gestión de desechos municipales.
Líneas de Actuación Principales
El plan se fundamenta en tres pilares estratégicos para una gestión integral y sostenible:
- Colaboración público-privada: Fomenta alianzas estratégicas para mejorar la eficiencia en la gestión de residuos, en línea con el ODS 17 (Alianzas para lograr los Objetivos).
- Implicación ciudadana activa: Se implementarán campañas de sensibilización, educación ambiental y sistemas de incentivos para promover la participación de la ciudadanía, un factor indispensable para el éxito del ODS 12.
- Mejora continua y tecnología: Se prevé la evaluación constante de los sistemas y la incorporación de tecnologías más modernas y eficientes en los nuevos contratos de limpieza y recogida, asegurando una adaptación progresiva hacia modelos más sostenibles.
Análisis de los Objetivos de Desarrollo Sostenible en el Artículo
1. ¿Qué Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) se abordan o están conectados con los temas destacados en el artículo?
El artículo aborda varios Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) a través de la implementación de la nueva Ordenanza sobre Higiene Urbana y el Plan para la Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos en Las Palmas de Gran Canaria. Los ODS identificados son:
- ODS 3: Salud y Bienestar: El artículo conecta directamente la higiene urbana con la salud pública. Menciona que las iniciativas responden a una visión que entiende la “higiene urbana como un elemento esencial del bienestar colectivo y de la salud pública”. Además, establece sanciones muy graves para vertidos que “afecten gravemente a la salud de las personas”.
- ODS 11: Ciudades y Comunidades Sostenibles: Este es el objetivo central del artículo. La creación de una “Ordenanza sobre Higiene Urbana” y un “Plan para la Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos” tiene como fin “mejorar la calidad del entorno urbano” y garantizar “una ciudad más limpia, cuidada y saludable”. Se enfoca en la gestión de residuos a nivel municipal, un componente clave para la sostenibilidad de las ciudades.
- ODS 12: Producción y Consumo Responsables: El artículo promueve una gestión de residuos más responsable. El plan busca fomentar la “separación por fracciones en origen” y la nueva ordenanza, junto con el aumento de las sanciones, busca “fomentar una gestión más responsable de los residuos”, lo cual está alineado con la reducción de la generación de desechos.
- ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas: El proceso descrito para la creación de la nueva normativa es un ejemplo de gobernanza inclusiva y responsable. El artículo destaca que ambas iniciativas “serán sometidas a consulta pública y participación ciudadana como paso previo a su redacción definitiva”, lo que demuestra un esfuerzo por crear instituciones eficaces, responsables e inclusivas a nivel local.
2. ¿Qué metas específicas de los ODS se pueden identificar en función del contenido del artículo?
Basado en el contenido del artículo, se pueden identificar las siguientes metas específicas de los ODS:
- Meta 11.6: “Para 2030, reducir el impacto ambiental negativo per cápita de las ciudades, incluso prestando especial atención a la calidad del aire y la gestión de los desechos municipales y de otro tipo”. El artículo se centra por completo en esta meta. La creación del “Plan para la Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos” y la “Ordenanza sobre Higiene Urbana” son acciones directas para mejorar la gestión de desechos municipales y, por ende, reducir el impacto ambiental de la ciudad.
- Meta 12.5: “Para 2030, reducir sustancialmente la generación de desechos mediante actividades de prevención, reducción, reciclado y reutilización”. La ordenanza promueve la “separación por fracciones en origen” y busca “fomentar una gestión más responsable de los residuos”, lo cual contribuye directamente a la reducción y mejor manejo de los desechos. Las sanciones por tirar basura actúan como un desincentivo para la generación de residuos en espacios públicos.
- Meta 3.9: “Para 2030, reducir sustancialmente el número de muertes y enfermedades producidas por productos químicos peligrosos y la contaminación del aire, el agua y el suelo”. La ordenanza contempla sanciones de hasta 3,5 millones de euros por “el abandono o vertido incontrolado que afecte gravemente a la salud de las personas o al medioambiente”, abordando directamente la prevención de la contaminación del suelo y sus efectos en la salud.
- Meta 16.7: “Garantizar la adopción en todos los niveles de decisiones inclusivas, participativas y representativas que respondan a las necesidades”. El artículo enfatiza que los borradores de la ordenanza y el plan “saldrán a exposición pública próximamente para que la ciudadanía pueda conocer el borrador y presentar alegaciones” y que se someterán a “consulta pública y participación ciudadana”. Esto demuestra la aplicación de esta meta a nivel municipal.
3. ¿Hay algún indicador de los ODS mencionado o implícito en el artículo que pueda usarse para medir el progreso hacia los objetivos identificados?
El artículo no menciona datos numéricos de indicadores específicos, pero sí describe las políticas y mecanismos que permitirían su medición y seguimiento. Los indicadores implícitos son:
- Indicador 11.6.1: “Proporción de desechos sólidos municipales recogidos y gestionados en instalaciones controladas del total de desechos sólidos municipales generados, por ciudad”. La implementación del “Plan de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos” y las sanciones contra el “vertido incontrolado” son acciones diseñadas para aumentar esta proporción. El éxito del plan se podría medir a través de este indicador.
- Indicador 12.5.1: “Tasa nacional de reciclado, toneladas de material reciclado”. El énfasis de la ordenanza en la “separación por fracciones en origen” es una medida directa para mejorar las tasas de reciclaje. El progreso podría medirse evaluando el aumento en la cantidad de residuos separados y reciclados después de la implementación de la normativa y las campañas de sensibilización.
- Indicador relacionado con la Meta 3.9: Aunque no se menciona un indicador exacto como el 3.9.1 (tasa de mortalidad por contaminación), la reducción en el “vertido incontrolado que afecte gravemente a la salud” puede ser un indicador cualitativo o cuantitativo (número de vertidos ilegales sancionados o eliminados) del progreso hacia la reducción de riesgos para la salud por contaminación del suelo.
- Indicador relacionado con la Meta 16.7: El proceso de “consulta pública y participación ciudadana” es en sí mismo un indicador de la implementación de una gobernanza participativa. El número de alegaciones presentadas por la ciudadanía y las modificaciones realizadas al borrador final como resultado de esta participación podrían servir como métricas para evaluar el grado de inclusividad del proceso.
4. Tabla de ODS, metas e indicadores
Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) | Meta Específica | Indicador (Mencionado o Implícito en el Artículo) |
---|---|---|
ODS 11: Ciudades y Comunidades Sostenibles | 11.6: Reducir el impacto ambiental negativo per cápita de las ciudades, prestando especial atención a la gestión de los desechos municipales. | Implícito (11.6.1): La proporción de residuos sólidos gestionados adecuadamente a través del nuevo Plan de Gestión y la reducción de vertidos incontrolados gracias a la nueva ordenanza. |
ODS 12: Producción y Consumo Responsables | 12.5: Reducir sustancialmente la generación de desechos mediante la prevención, reducción, el reciclado y la reutilización. | Implícito (12.5.1): El aumento de la tasa de reciclaje municipal como resultado del fomento de la “separación por fracciones en origen”. |
ODS 3: Salud y Bienestar | 3.9: Reducir el número de enfermedades producidas por la contaminación del aire, el agua y el suelo. | Implícito: La reducción del número de vertidos ilegales que “afecten gravemente a la salud de las personas”, medible a través de inspecciones y sanciones. |
ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas | 16.7: Garantizar la adopción en todos los niveles de decisiones inclusivas, participativas y representativas. | Implícito: La realización del proceso de “consulta pública y participación ciudadana” y el número de aportaciones ciudadanas recibidas y consideradas. |
Fuente: elperiodicodecanarias.es