Procuraduría pide que Renovación Popular pague 238 millones de dólares por coimas de Odebrecht – Infobae

Informe sobre la Solicitud de Inclusión del Partido Renovación Popular como Tercero Civilmente Responsable en el Caso Lava Jato
Introducción: Fortalecimiento de la Justicia y las Instituciones Sólidas (ODS 16)
En un esfuerzo por promover la paz, la justicia y la consolidación de instituciones sólidas, en línea con el Objetivo de Desarrollo Sostenible 16, la Procuraduría Ad Hoc del caso Lava Jato ha solicitado formalmente al Poder Judicial la incorporación del partido político Renovación Popular como tercero civilmente responsable. Esta acción se enmarca en la investigación sobre presuntos aportes ilícitos de las constructoras Odebrecht y OAS a las campañas electorales del partido Solidaridad Nacional (antecesor de Renovación Popular) en los años 2011 y 2014. El caso representa un hito en la lucha contra la corrupción y el fomento de la transparencia institucional en el Perú.
Contexto de la Investigación y la Continuidad Jurídica
De Solidaridad Nacional a Renovación Popular
La solicitud se fundamenta en la continuidad jurídica entre Solidaridad Nacional y Renovación Popular. En 2020, bajo el liderazgo de Rafael López Aliaga, el partido Solidaridad Nacional cambió su denominación a Renovación Popular. La Procuraduría y el sistema judicial sostienen que este cambio administrativo no exime a la organización de las responsabilidades derivadas de actos previos, un principio fundamental para garantizar la rendición de cuentas y combatir la impunidad, tal como lo estipula la meta 16.5 del ODS 16 (reducir considerablemente la corrupción y el soborno en todas sus formas).
Cronología de los Hechos Investigados
La tesis fiscal detalla un presunto esquema de lavado de activos instrumentalizado a través del partido político, afectando la integridad del sistema democrático. Los hechos clave son:
- Campaña Presidencial 2011: Se alega que Odebrecht entregó aportes ilícitos al tesorero del partido, José Luis Zegarra Levano. Posteriormente, el dinero habría sido gestionado por José Luna Gálvez para ser introducido en las finanzas de la campaña mediante la modalidad de falsos aportantes.
- Campaña Municipal 2014: Se investigan nuevas entregas de dinero de origen ilícito por parte de Odebrecht y OAS para la campaña de Luis Castañeda Lossio a la alcaldía de Lima. Los fondos, presuntamente recibidos por Martín Bustamante y José Luis Zegarra, habrían sido nuevamente canalizados a través de José Luna Gálvez para beneficiar a Castañeda Lossio y ocultar su origen.
Estas acciones contravienen directamente la meta 16.4 del ODS 16, que busca reducir significativamente las corrientes financieras ilícitas y fortalecer la recuperación de activos robados.
Argumentos de las Partes y la Postura Judicial
Argumentos de la Procuraduría Ad Hoc
La Procuraduría, a través de su abogado Alex Berrospi Acosta, ha sustentado la existencia de un vínculo directo e innegable entre la persona jurídica (el partido) y los individuos investigados. La solicitud de inclusión como tercero civilmente responsable busca asegurar que la institución, como beneficiaria del presunto delito, asuma la reparación civil correspondiente. Esta medida es crucial para crear instituciones eficaces y transparentes que rindan cuentas, conforme a la meta 16.6 del ODS 16.
Posición de Renovación Popular
El partido, liderado por Rafael López Aliaga, rechaza las acusaciones y argumenta lo siguiente:
- La organización política Renovación Popular fue fundada en octubre de 2020 y, por tanto, no existía durante las campañas investigadas (2011 y 2014).
- Los hechos corresponden a la gestión de Solidaridad Nacional, bajo el liderazgo de Luis Castañeda Lossio y José Luna Gálvez.
- Acusan al fiscal José Domingo Pérez de utilizar su cargo para desprestigiar al partido con afirmaciones que califican de “falsas e infundadas”.
Decisiones del Sistema Judicial
El Poder Judicial ha mantenido una postura consistente con la necesidad de garantizar la justicia y la responsabilidad institucional. A pesar de los argumentos de la defensa, el sistema judicial ha determinado que existe una continuidad que vincula a Renovación Popular con los actos de Solidaridad Nacional.
- Septiembre de 2023: El Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional incorporó a Renovación Popular como parte investigada por lavado de activos.
- Abril de 2024: La Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional ratificó dicha decisión, consolidando la postura de que un cambio de nombre no anula la responsabilidad legal.
La próxima audiencia para evaluar la solicitud de la Procuraduría ha sido programada para el 7 de agosto, donde se continuará el debate sobre la responsabilidad civil del partido.
Análisis de los Objetivos de Desarrollo Sostenible en el Artículo
1. ¿Qué Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) se abordan o están conectados con los temas destacados en el artículo?
El principal Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) que se aborda en el artículo es:
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ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas.
Este objetivo es central porque el artículo trata sobre la lucha contra la corrupción, el lavado de activos y el fortalecimiento de las instituciones de justicia en Perú. Se detalla el proceso judicial iniciado por la Procuraduría Ad Hoc del caso Lava Jato para responsabilizar a un partido político (Renovación Popular, antes Solidaridad Nacional) por presuntos aportes ilícitos de las empresas Odebrecht y OAS. Las acciones del Poder Judicial, la Procuraduría y el Ministerio Público, así como las acusaciones de soborno y financiamiento ilegal de campañas, están directamente relacionadas con la promoción de sociedades justas y la creación de instituciones eficaces y transparentes.
2. ¿Qué metas específicas de los ODS se pueden identificar en función del contenido del artículo?
Se pueden identificar las siguientes metas específicas del ODS 16:
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Meta 16.5: Reducir considerablemente la corrupción y el soborno en todas sus formas.
El artículo se centra en la investigación de aportes ilícitos de Odebrecht y OAS a las campañas de Solidaridad Nacional en 2011 y 2014. Se mencionan montos específicos: “200 mil dólares en 2011 y 980 mil dólares en 2014”. Estas acciones son un claro ejemplo de presunto soborno y corrupción corporativa para influir en la política, y el esfuerzo de la procuraduría por investigarlas apunta directamente a cumplir esta meta. -
Meta 16.4: Para 2030, reducir significativamente las corrientes financieras y de armas ilícitas, fortalecer la recuperación y devolución de los activos robados y luchar contra todas las formas de delincuencia organizada.
La investigación por el delito de “lavado de activos” es un tema recurrente en el texto. Se describe cómo el dinero de Odebrecht y OAS presuntamente se canalizó a través de “falsos aportantes” para ocultar su origen ilícito. La solicitud de la Procuraduría para que el partido sea incorporado como “tercero civilmente responsable” busca asegurar una posible reparación económica, lo que se alinea con la recuperación de activos derivados de actividades ilícitas. -
Meta 16.6: Crear a todos los niveles instituciones eficaces y transparentes que rindan cuentas.
El artículo evidencia el funcionamiento de las instituciones de justicia peruanas. La “procuradora Ad Hoc del caso Lava Jato, Silvana Carrión”, el “juez de investigación preparatoria nacional Víctor Alcocer”, y el “fiscal José Domingo Pérez” son actores de instituciones que buscan hacer rendir cuentas a un partido político por actos de corrupción. La decisión del “Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional” de incorporar a Renovación Popular como parte investigada, y su posterior ratificación, demuestra el esfuerzo institucional por garantizar la rendición de cuentas, independientemente de los cambios de nombre o liderazgo de la organización.
3. ¿Hay algún indicador de los ODS mencionado o implícito en el artículo que pueda usarse para medir el progreso hacia los objetivos identificados?
Aunque el artículo no menciona explícitamente los códigos de los indicadores de los ODS, sí contiene información que sirve como medida cualitativa y cuantitativa para evaluar el progreso, de manera implícita:
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Relacionado con el Indicador 16.5.2: Proporción de empresas que tuvieron al menos un contacto con un funcionario público y que pagaron un soborno a un funcionario público, o a las que esos funcionarios públicos les pidieron un soborno.
El artículo detalla las acusaciones contra las empresas Odebrecht y OAS por realizar pagos a un partido político para sus campañas. La investigación en sí misma y la mención de los montos (“500 mil de Odebrecht y 480 mil de OAS”) son una forma de medir y exponer la prevalencia de este tipo de soborno corporativo en el ámbito político. -
Relacionado con el Indicador 16.4.1: Total de corrientes financieras ilícitas de entrada y de salida (en dólares corrientes de los Estados Unidos).
El texto cuantifica las presuntas corrientes financieras ilícitas destinadas a las campañas políticas: “$200 mil dólares en 2011 y $980 mil dólares en 2014”. Estos datos, aunque parte de una acusación, son el tipo de información que se utiliza para rastrear y medir los flujos financieros ilícitos que esta meta busca reducir. -
Relacionado con el Indicador 16.3.2: Proporción de detenidos no sentenciados respecto de la población penitenciaria total. (Por extensión, el funcionamiento del sistema judicial).
Si bien no se habla de detenidos, el artículo describe el avance de un proceso judicial: la solicitud de la Procuraduría, la realización de audiencias (“Hoy a las 11:00 de la mañana se llevó a cabo la audiencia”), la sustentación de cargos y las decisiones judiciales (“decisión ratificada en abril de 2024 por la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional”). Este seguimiento del debido proceso es un indicador del funcionamiento y la capacidad del sistema de justicia para procesar casos complejos de corrupción, lo cual es fundamental para el estado de derecho.
4. Tabla de ODS, metas e indicadores
ODS | Metas | Indicadores (Mencionados o Implícitos) |
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ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas | 16.5: Reducir considerablemente la corrupción y el soborno en todas sus formas. | Implícito (relacionado con 16.5.2): La investigación sobre los aportes de Odebrecht y OAS a campañas políticas sirve como una medida de la acción contra el soborno corporativo. Los montos específicos ($200,000 y $980,000) cuantifican la escala del presunto soborno. |
16.4: Reducir significativamente las corrientes financieras ilícitas y luchar contra todas las formas de delincuencia organizada. | Implícito (relacionado con 16.4.1): El artículo identifica montos específicos de presuntas corrientes financieras ilícitas. La investigación por “lavado de activos” y el uso de “falsos aportantes” son ejemplos directos de las prácticas que este indicador busca medir y reducir. | |
16.6: Crear a todos los niveles instituciones eficaces y transparentes que rindan cuentas. | Implícito: La existencia y acción de la Procuraduría Ad Hoc, el Poder Judicial y el Ministerio Público en el caso, incluyendo la incorporación formal del partido a la investigación, son indicadores del funcionamiento de las instituciones para garantizar la rendición de cuentas. |
Fuente: infobae.com