Los tribunales brasileños comienzan a asignarle un valor monetario a los daños climáticos – Dialogue Earth

Informe sobre Litigios Climáticos en Brasil y su Alineación con los Objetivos de Desarrollo Sostenible
Introducción: El Papel Pionero de Brasil en la Justicia Climática
A nivel mundial, la atribución de responsabilidad jurídica por el cambio climático a entidades contaminantes ha enfrentado obstáculos significativos, principalmente por la dificultad de vincular emisiones específicas con impactos climáticos concretos. Sin embargo, Brasil emerge como un líder en el Sur Global en el ámbito de los litigios climáticos, desarrollando un marco jurídico innovador que no solo facilita la rendición de cuentas, sino que también se alinea de manera explícita con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de las Naciones Unidas.
- Liderazgo en el Sur Global: Con 134 demandas climáticas registradas, Brasil es el cuarto país del mundo y el primero en el Sur Global en este tipo de acciones judiciales.
- Enfoque Directo: Las demandas presentadas en los últimos años hacen referencia cada vez más explícita y directa al cambio climático como un daño diferenciado.
El Compromiso del Poder Judicial con la Agenda 2030
El avance de la justicia climática en Brasil ha sido impulsado institucionalmente, destacando el rol del Consejo Nacional de Justicia (CNJ). Este organismo ha sido fundamental para integrar la sostenibilidad y la acción climática en la estructura y directrices del poder judicial, fortaleciendo así las instituciones para la paz y la justicia, en línea con el ODS 16 (Paz, Justicia e Instituciones Sólidas).
Hitos Institucionales Clave:
- Incorporación de los ODS (2019): El CNJ se convirtió en el primer órgano judicial del mundo en comprometerse formalmente a incorporar los Objetivos de Desarrollo Sostenible en su planificación estratégica.
- Política Nacional para el Medioambiente (2021): El CNJ emitió una resolución que establece directrices para que todos los jueces brasileños actúen en la lucha contra el cambio climático, reconociéndolo como una responsabilidad del poder judicial. Esta acción contribuye directamente al ODS 13 (Acción por el Clima).
Nuevos Protocolos para la Cuantificación del Daño Climático
Para materializar estas directrices, el CNJ, en colaboración con académicos, investigadores y miembros del poder judicial —un ejemplo de ODS 17 (Alianzas para lograr los Objetivos)—, desarrolló protocolos específicos. Estos instrumentos buscan estandarizar la evaluación de los daños ambientales y climáticos, proporcionando a los jueces herramientas concretas para sus sentencias.
El Protocolo de Cuantificación de Daños
Publicado en 2024, este protocolo establece un método para medir y valorar monetariamente los daños climáticos derivados de la deforestación y los incendios forestales, actividades que atentan directamente contra el ODS 15 (Vida de Ecosistemas Terrestres).
- Cálculo de Emisiones: Se utiliza la calculadora de carbono del Instituto de Investigación Ambiental de la Amazonía (Ipam) para determinar la cantidad de carbono liberado por la superficie deforestada.
- Valoración Monetaria: Se establece un precio mínimo de 5 dólares estadounidenses por tonelada de CO2 equivalente, basado en el acuerdo del Fondo Amazonas. Este valor sirve como un piso, reconociendo que estimaciones más recientes del costo social del carbono son significativamente más altas.
El reconocimiento del “daño climático” como una categoría jurídica autónoma y distinta del daño ambiental general es un avance histórico que refuerza la capacidad del sistema judicial para implementar el ODS 13.
Implementación y Casos de Estudio: La Justicia al Servicio del Clima
La aplicación de estos protocolos ya es una realidad en el sistema judicial brasileño, con un impacto notable en la lucha contra la deforestación ilegal, una práctica que socava el ODS 15 y el ODS 12 (Producción y Consumo Responsables).
Acciones Judiciales Relevantes:
- Caso PAE Antimary: En abril de 2024, un acusado fue condenado a pagar aproximadamente 352,000 dólares por daños climáticos causados por la deforestación. La sentencia se basó explícitamente en la metodología del protocolo del CNJ, aplicando el valor de 5 dólares por tonelada de CO2.
- Caso Dirceu Kruger: En una acción contra un ganadero por deforestación en terrenos públicos, la Fiscalía General de la Unión (AGU) argumentó a favor de un costo social del carbono de 60 euros por tonelada, alineado con estándares de la OCDE. El tribunal congeló activos del acusado por más de 50 millones de dólares, demostrando la disposición a aplicar valoraciones más ambiciosas para el ODS 13.
Efecto Cadena e Implicaciones Futuras
El marco actual, aunque centrado en la deforestación, abre la puerta a una responsabilidad climática más amplia, abordando otras fuentes de emisiones y promoviendo la financiación de la acción climática.
- Expansión a Otros Sectores: Existe una demanda en curso contra una central de carbón, lo que podría extender la aplicación de estos principios al sector energético, fomentando la transición hacia el ODS 7 (Energía Asequible y no Contaminante). Se contempla también la necesidad de abordar las emisiones de metano de la ganadería.
- Financiación de la Sostenibilidad: Las indemnizaciones ordenadas se destinan a fondos como el Fondo Nacional de Cambio Climático (FNMC), canalizando recursos para proyectos de mitigación y adaptación, lo que materializa el ciclo de la justicia climática y el cumplimiento del ODS 13.
Relevancia Internacional: Un Modelo para la Acción Global
El modelo brasileño de integrar la ciencia climática en el derecho a través de directrices judiciales claras es altamente replicable, especialmente en países que enfrentan altas tasas de deforestación. Al fortalecer sus instituciones (ODS 16), Brasil no solo avanza en su agenda climática nacional, sino que también ofrece un modelo para que otros sistemas judiciales contribuyan eficazmente a los objetivos del Acuerdo de París y a la Agenda 2030, promoviendo una acción global coordinada (ODS 17) para proteger el clima (ODS 13) y la vida en la Tierra (ODS 15).
1. ¿Qué Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) se abordan o están conectados con los temas destacados en el artículo?
ODS 13: Acción por el Clima
- El artículo se centra en los litigios climáticos, que son acciones legales para responsabilizar a los contaminadores por el cambio climático. Esto se alinea directamente con la necesidad de tomar medidas urgentes para combatir el cambio climático y sus impactos. Se menciona explícitamente la lucha contra las “emisiones de gases de efecto invernadero” y el “cambio climático global”.
ODS 15: Vida de Ecosistemas Terrestres
- El texto aborda de manera prominente la deforestación y los incendios forestales, especialmente en la Amazonía brasileña. Las acciones legales descritas buscan sancionar y obtener indemnizaciones por estos actos, lo que contribuye a la protección, restauración y uso sostenible de los ecosistemas terrestres. Se hace referencia a la “superficie deforestada”, la “pérdida de carbono almacenado” en los biomas y la protección de los bosques.
ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas
- El papel del poder judicial brasileño, en particular el Consejo Nacional de Justicia (CNJ), es un tema central. El artículo describe cómo el CNJ está desarrollando instituciones eficaces y transparentes para garantizar el acceso a la justicia en casos ambientales. La creación de protocolos para jueces, la celebración de consultas públicas y el fortalecimiento del estado de derecho para hacer cumplir las leyes ambientales son ejemplos claros de la conexión con este ODS. El artículo destaca que el CNJ se comprometió a “incorporar los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas en sus objetivos estratégicos”.
ODS 17: Alianzas para lograr los Objetivos
- El artículo menciona varias formas de colaboración. El desarrollo de los protocolos del CNJ involucró a “académicos, investigadores externos y representantes del poder judicial”, así como a la sociedad civil. Además, se hace referencia a mecanismos internacionales como el “Fondo Amazonas”, que recauda donaciones de estados y empresas, y a dictámenes de cortes internacionales que refuerzan las acciones de Brasil.
2. ¿Qué metas específicas de los ODS se pueden identificar en función del contenido del artículo?
Metas del ODS 13 (Acción por el Clima)
- Meta 13.2: Incorporar medidas relativas al cambio climático en las políticas, estrategias y planes nacionales. El artículo demuestra esto con la creación por parte del CNJ de una “Política Nacional del Poder Judicial para el Medioambiente”, que luego fue renombrada para “incluya explícitamente el clima”.
- Meta 13.3: Mejorar la educación, la sensibilización y la capacidad humana e institucional respecto de la mitigación del cambio climático. La formación de jueces y la creación de protocolos específicos para medir los daños climáticos son acciones directas que aumentan la capacidad institucional del poder judicial brasileño para abordar el cambio climático.
Metas del ODS 15 (Vida de Ecosistemas Terrestres)
- Meta 15.2: Promover la gestión sostenible de todos los tipos de bosques, poner fin a la deforestación, recuperar los bosques degradados y aumentar la forestación y la reforestación a nivel mundial. Los litigios contra los “deforestadores” y las indemnizaciones por “deforestación ilegal” son esfuerzos directos para cumplir con esta meta.
- Meta 15.9: Integrar los valores de los ecosistemas y la diversidad biológica en la planificación nacional y local, los procesos de desarrollo y las cuentas nacionales. El protocolo que traduce la “superficie deforestada” en una pérdida de carbono y luego en un “valor monetario” es un ejemplo perfecto de la integración de los valores de los ecosistemas en las cuentas legales y económicas.
Metas del ODS 16 (Paz, Justicia e Instituciones Sólidas)
- Meta 16.3: Promover el estado de derecho en los planos nacional e internacional y garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos. El artículo en su totalidad es un ejemplo de esta meta, mostrando cómo Brasil está utilizando su sistema judicial para hacer cumplir las leyes ambientales y climáticas.
- Meta 16.6: Crear a todos los niveles instituciones eficaces y transparentes que rindan cuentas. El desarrollo de protocolos claros y públicos por parte del CNJ para que los jueces los apliquen en los casos climáticos es una medida para crear una institución judicial más eficaz y transparente.
- Meta 16.7: Garantizar la adopción en todos los niveles de decisiones inclusivas, participativas y representativas que respondan a las necesidades. El artículo menciona que el CNJ celebró una “consulta pública” y una “audiencia pública”, escuchando a la “sociedad civil”, lo que demuestra un proceso de toma de decisiones participativo.
Metas del ODS 17 (Alianzas para lograr los Objetivos)
- Meta 17.14: Mejorar la coherencia de las políticas para el desarrollo sostenible. El compromiso explícito del CNJ de “incorporar los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas en sus objetivos estratégicos” es una acción directa para mejorar esta coherencia.
- Meta 17.17: Fomentar y promover la constitución de alianzas eficaces en las esferas pública, público-privada y de la sociedad civil. La creación del protocolo involucró a múltiples actores: “académicos, investigadores externos y representantes del poder judicial federal y estatal de todas las regiones de Brasil”, además de la sociedad civil.
3. ¿Hay algún indicador de los ODS mencionado o implícito en el artículo que pueda usarse para medir el progreso hacia los objetivos identificados?
Sí, el artículo menciona varios indicadores cuantitativos y cualitativos que pueden usarse para medir el progreso.
Indicadores Cuantitativos
- Número de litigios climáticos: El artículo señala que la base de datos JUMA recoge “134 demandas relacionadas con el clima” en Brasil, lo que sirve como un indicador del acceso a la justicia (relacionado con la Meta 16.3).
- Emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI): Se menciona la medición de emisiones en “toneladas de CO2 equivalente”. Por ejemplo, un caso de deforestación provocó “casi 79.000 toneladas de CO2 equivalente”. Este es un indicador clave para las Metas 13.2 y 15.2.
- Superficie de deforestación: El protocolo utiliza la “superficie deforestada” como dato de entrada para calcular el daño, lo que lo convierte en un indicador directo para la Meta 15.2.
- Valor monetario del daño climático: El protocolo establece un precio mínimo de “5 dólares estadounidenses por tonelada de CO2 equivalente” y menciona que otros fiscales han utilizado valores más altos, como “60 euros por tonelada”. Este “costo social del carbono” es un indicador para la Meta 15.9.
- Monto de las indemnizaciones: Se citan cifras específicas de indemnizaciones solicitadas y concedidas, como “1300 millones de reales (unos 240 millones de dólares)” y una condena de “1.957.677,57 reales brasileños (unos 352.000 dólares estadounidenses)”. Estos montos son indicadores del resultado de los procesos judiciales (Meta 16.3).
Indicadores Cualitativos
- Existencia de políticas y marcos legales: La creación de la “Política Nacional del Poder Judicial para el Medioambiente” y los “protocolos” específicos son indicadores del desarrollo de instituciones y políticas (Metas 13.2 y 16.6).
- Adopción de metodologías: El hecho de que los jueces hayan comenzado a utilizar la metodología del protocolo en sus decisiones es un indicador de su implementación y eficacia (relacionado con la Meta 16.6).
4. Tabla de ODS, metas e indicadores
ODS | Metas | Indicadores Identificados en el Artículo |
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13. Acción por el Clima | 13.2: Integrar medidas sobre el cambio climático en políticas y estrategias nacionales. 13.3: Mejorar la capacidad institucional en mitigación del cambio climático. |
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15. Vida de Ecosistemas Terrestres | 15.2: Poner fin a la deforestación y recuperar bosques degradados. 15.9: Integrar los valores de los ecosistemas en la planificación y las cuentas nacionales. |
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16. Paz, Justicia e Instituciones Sólidas | 16.3: Promover el estado de derecho y garantizar el acceso a la justicia. 16.6: Crear instituciones eficaces y transparentes. 16.7: Garantizar la adopción de decisiones inclusivas y participativas. |
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17. Alianzas para lograr los Objetivos | 17.14: Mejorar la coherencia de las políticas para el desarrollo sostenible. 17.17: Fomentar alianzas eficaces (públicas, público-privadas, sociedad civil). |
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Fuente: dialogue.earth