Naciones Unidas reclamó que la reforma constitucional de Santa Fe garantice la independencia de los fiscales – Infobae

Naciones Unidas reclamó que la reforma constitucional de Santa Fe garantice la independencia de los fiscales – Infobae

 

Informe sobre la Independencia del Ministerio Público de la Acusación en Santa Fe y su Alineación con el Objetivo de Desarrollo Sostenible 16

El presente informe analiza la comunicación emitida por la Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre la independencia de los magistrados y abogados, Sra. Margaret Satterthwaite, en el marco del proceso de reforma constitucional de la provincia de Santa Fe. El análisis se centra en la compatibilidad de las normativas actuales y propuestas con los estándares internacionales de derechos humanos y, de manera fundamental, con el Objetivo de Desarrollo Sostenible 16 (ODS 16): Paz, Justicia e Instituciones Sólidas.

1. Contexto de la Intervención de Naciones Unidas

La Relatora Especial ha dirigido una comunicación a la Convención Reformadora de Santa Fe, atendiendo a una solicitud de la Asociación Argentina de Fiscales (AAF). La misiva expresa una profunda preocupación por la posible vulneración de la independencia del Ministerio Público de la Acusación (MPA), identificando el proceso de reforma como una oportunidad crucial para alinear la legislación provincial con los compromisos internacionales de Argentina.

  • Iniciativa: Solicitud de la Asociación Argentina de Fiscales (AAF).
  • Destinatario: Convencionales reformadores de la Constitución de Santa Fe.
  • Objetivo: Aportar al debate constitucional para garantizar la independencia efectiva del MPA, un pilar para el cumplimiento del ODS 16.

2. La Independencia Judicial como Eje del ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas

La preocupación de la Relatora Satterthwaite se enmarca directamente en las metas del ODS 16, que busca promover sociedades justas, pacíficas e inclusivas. La independencia del sistema de justicia es una condición indispensable para alcanzar varias de sus metas específicas:

  • Meta 16.3: Promover el estado de derecho en los planos nacional e internacional y garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos. Un MPA sujeto a injerencias políticas no puede garantizar un acceso a la justicia imparcial.
  • Meta 16.6: Crear a todos los niveles instituciones eficaces y transparentes que rindan cuentas. Los sistemas de designación y disciplinario de fiscales en Santa Fe son señalados como contrarios a la transparencia y la rendición de cuentas.

La Sra. Satterthwaite recordó que Argentina ha ratificado el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y que la propia Constitución Nacional (Art. 120) establece al Ministerio Público como un órgano independiente con autonomía funcional y autarquía financiera, un modelo que se alinea perfectamente con los principios del ODS 16.

3. Áreas Críticas en Desalineación con los Estándares Internacionales y el ODS 16

El informe de la Relatora identifica dos áreas principales donde la normativa de Santa Fe se desvía de los estándares internacionales, socavando directamente la fortaleza institucional que promueve el ODS 16.

3.1. Régimen Disciplinario: Una Amenaza a la Separación de Poderes

El sistema disciplinario vigente, que permite al Poder Legislativo sancionar y remover fiscales, atenta contra la independencia judicial y la estructura de una institución sólida y responsable.

  • Injerencia Política: La potestad sancionatoria en manos de legisladores sujeta la actuación de los fiscales a intereses políticos, en lugar de a criterios jurídicos objetivos.
  • Falta de Revisión Judicial: La inexistencia de una vía de apelación judicial contra las decisiones de la Legislatura contraviene el derecho a una revisión imparcial, debilitando el estado de derecho (Meta 16.3).
  • Impacto en el ODS 16: Este mecanismo erosiona la credibilidad y la eficacia de la institución (Meta 16.6), generando desconfianza pública en el sistema de justicia.

3.2. Sistema de Designación de Fiscales: Abandono del Mérito y la Transparencia

La evolución de la normativa sobre la designación de fiscales muestra un retroceso en materia de transparencia y meritocracia, elementos clave para la construcción de instituciones eficaces (Meta 16.6).

  1. Régimen Anterior (Decreto N° 3904/2012): Se basaba en principios de transparencia, mérito y participación ciudadana, con un orden de mérito vinculante que limitaba la discrecionalidad del Poder Ejecutivo.
  2. Modificación Intermedia (Decreto N° 854/2016): El orden de mérito dejó de ser vinculante, abriendo la puerta a una mayor discrecionalidad política en la selección.
  3. Régimen Actual (Decreto N° 659/2024): Se abandona por completo el sistema de mérito. Los postulantes aprobados integran una lista única provincial por orden alfabético, sin puntajes, otorgando al Poder Ejecutivo una discrecionalidad absoluta para designar fiscales sin justificación objetiva.

Este sistema actual es incompatible con la exigencia de transparencia y rendición de cuentas del ODS 16, ya que subordina la carrera fiscal a la voluntad del poder político de turno.

4. Conclusión: Una Oportunidad para Fortalecer la Justicia y el Desarrollo Sostenible

La Relatora Especial de la ONU, Margaret Satterthwaite, concluye que la falta de autonomía e independencia del MPA mina la credibilidad del sistema de justicia y la confianza pública. El proceso de reforma constitucional en Santa Fe representa una oportunidad histórica para corregir estas desviaciones y construir un marco institucional robusto.

Para alinearse con los estándares internacionales y avanzar decididamente hacia el cumplimiento del ODS 16, es imperativo que la nueva Constitución provincial garantice un Ministerio Público de la Acusación con:

  • Independencia Funcional: Protegido de injerencias de otros poderes del Estado.
  • Autonomía Financiera: Para asegurar su operatividad sin presiones.
  • Sistemas de Designación y Disciplina Transparentes: Basados en el mérito, la objetividad y con garantías de revisión judicial.

Fortalecer el MPA no es solo una obligación jurídica, sino un paso estratégico para consolidar el estado de derecho, garantizar el acceso a la justicia y construir las instituciones sólidas que la provincia de Santa Fe necesita para un futuro pacífico y sostenible.

Análisis de los Objetivos de Desarrollo Sostenible en el Artículo

1. ¿Qué Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) se abordan o están conectados con los temas destacados en el artículo?

  1. ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas

    • Explicación: El artículo se centra fundamentalmente en la necesidad de garantizar la independencia del poder judicial y de los fiscales en la provincia de Santa Fe, Argentina. La carta de la relatora especial de la ONU, Margaret Satterthwaite, subraya la importancia de tener instituciones judiciales y fiscalías que sean independientes, transparentes y responsables. Estos son los pilares del ODS 16, que busca “promover sociedades justas, pacíficas e inclusivas”. La discusión sobre el régimen disciplinario, la designación de fiscales y la alineación con los estándares internacionales de derechos humanos se conecta directamente con la creación de instituciones eficaces y responsables a todos los niveles.

2. ¿Qué metas específicas de los ODS se pueden identificar en función del contenido del artículo?

  1. Meta 16.3: Promover el estado de derecho en los planos nacional e internacional y garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos.

    • Explicación: El artículo destaca la preocupación de que el sistema actual de designación y sanción de fiscales en Santa Fe pueda vulnerar la independencia judicial y el estado de derecho. La relatora Satterthwaite recuerda que Argentina ratificó el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), que incluye el derecho a un juicio justo. Al abogar por una reforma que garantice la independencia de los fiscales, se está trabajando directamente para fortalecer el estado de derecho y asegurar que el sistema de justicia penal sea justo y equitativo, un componente clave de esta meta.
  2. Meta 16.6: Crear a todos los niveles instituciones eficaces y transparentes que rindan cuentas.

    • Explicación: La crítica principal en el artículo se dirige a la falta de transparencia y al aumento de la discrecionalidad del Poder Ejecutivo en la designación de fiscales. El paso de un sistema basado en el mérito con un orden vinculante (Decreto N° 3904/2012) a uno donde el Ejecutivo puede elegir libremente de una lista sin puntajes (Decreto N° 659/2024) es un claro ejemplo de un retroceso en la transparencia y la rendición de cuentas institucional. La carta de la ONU es un llamado a revertir esta tendencia y construir un Ministerio Público de la Acusación (MPA) más transparente y eficaz.
  3. Meta 16.a: Fortalecer las instituciones nacionales pertinentes, incluso mediante la cooperación internacional, para crear a todos los niveles, particularmente en los países en desarrollo, la capacidad de prevenir la violencia y combatir el terrorismo y la delincuencia.

    • Explicación: La intervención de la relatora especial de las Naciones Unidas es un ejemplo directo de cooperación internacional destinada a fortalecer las instituciones nacionales (en este caso, a nivel provincial). Satterthwaite ofrece su análisis y recuerda los estándares internacionales para ayudar a la Convención Reformadora de Santa Fe a alinear su nueva Constitución con las mejores prácticas globales, fortaleciendo así la capacidad del sistema de justicia para operar de manera independiente y efectiva.

3. ¿Hay algún indicador de los ODS mencionado o implícito en el artículo que pueda usarse para medir el progreso hacia los objetivos identificados?

  1. Indicador Implícito para la Meta 16.3: Procesos disciplinarios y de remoción de jueces y fiscales.

    • Explicación: El artículo menciona explícitamente el régimen disciplinario donde los fiscales “pueden ser sancionados y removidos de sus cargos por el Poder Legislativo” y que “el régimen actual no prevé vía judicial alguna contra la decisión legislativa”. La existencia o ausencia de un mecanismo de apelación judicial independiente para las sanciones a fiscales es un indicador cualitativo clave para medir el estado de derecho y el acceso a la justicia para los propios actores del sistema.
  2. Indicador Implícito para la Meta 16.6: Procesos de selección y nombramiento de funcionarios públicos.

    • Explicación: El artículo describe en detalle la evolución de los decretos que regulan la designación de fiscales. El cambio de un sistema basado en un “orden de mérito resultante era vinculante” a uno donde se remite una “lista única provincial sin orden de mérito” por “orden alfabético y sin indicar puntajes” es un indicador claro y medible del nivel de transparencia y meritocracia en las instituciones públicas. El progreso hacia la Meta 16.6 podría medirse evaluando si el sistema de nombramiento se basa en criterios objetivos y transparentes o en la discrecionalidad política.
  3. Indicador Implícito para la Meta 16.a: Adhesión a instrumentos internacionales de derechos humanos.

    • Explicación: El artículo menciona que “Argentina ratificó en 1986 el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP)”. La ratificación de tratados internacionales y la interacción con organismos de la ONU (como la relatoría especial) son indicadores del compromiso de un país para fortalecer sus instituciones a través de la cooperación y los estándares internacionales. La carta de la relatora actúa como un mecanismo de seguimiento de este compromiso a nivel subnacional.

ODS, metas e indicadores

ODS Metas Indicadores
ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas 16.3: Promover el estado de derecho y garantizar la igualdad de acceso a la justicia. La existencia de un mecanismo de revisión judicial independiente para las sanciones impuestas a los fiscales por el poder legislativo. El artículo señala que actualmente no existe.
ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas 16.6: Crear instituciones eficaces, responsables y transparentes. El método de selección de fiscales: si se basa en un sistema de mérito con puntajes y orden vinculante (transparente) o en la elección discrecional del Poder Ejecutivo desde una lista sin ranking (opaco).
ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas 16.a: Fortalecer las instituciones nacionales pertinentes mediante la cooperación internacional. La interacción con relatores especiales de la ONU y la referencia a tratados internacionales ratificados (como el PIDCP) para guiar reformas legislativas y constitucionales a nivel nacional y subnacional.

Fuente: infobae.com