Simplificación de los informes de sostenibilidad empresarial: ¿Qué implica el nuevo Quick Fix? – Pacto Mundial

Simplificación de los informes de sostenibilidad empresarial: ¿Qué implica el nuevo Quick Fix? – Pacto Mundial

 

Informe sobre el Acto Delegado “Quick Fix” y su Impacto en los Informes de Sostenibilidad y los ODS

La Comisión Europea ha introducido una nueva medida, denominada “Quick Fix”, para ajustar el calendario de aplicación de la Directiva sobre Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD). Esta medida modifica los plazos para las grandes empresas, con el objetivo de facilitar una transición ordenada hacia un reporte de sostenibilidad más riguroso y alineado con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).

1. Análisis del Acto Delegado “Quick Fix”

El “Quick Fix” es un acto delegado que extiende temporalmente ciertas flexibilidades en la presentación de informes para las empresas de la “primera ola” (entidades con más de 500 empleados), que debían reportar por primera vez en 2025 sobre el ejercicio fiscal 2024. El propósito es reducir la carga administrativa inicial y permitir una adaptación más gradual a los Estándares Europeos de Información de Sostenibilidad (ESRS).

1.1. Empresas y Ejercicios Afectados

  • Empresas Afectadas: La medida se dirige principalmente a las grandes entidades de interés público con más de 500 trabajadores, incluidas las matrices de grandes grupos.
  • Ejercicios de Aplicación: Las disposiciones del “Quick Fix” se aplicarán a los ejercicios fiscales que comiencen a partir del 1 de enero de 2025. Las empresas cuyo ejercicio fiscal inicie antes de esta fecha no podrán acogerse a estas flexibilidades en su primer informe.

1.2. Modificaciones Clave en los Informes de Sostenibilidad

El “Quick Fix” introduce aplazamientos y exenciones temporales en varios requisitos de divulgación, impactando directamente la forma en que las empresas reportarán su contribución a los ODS:

  1. Aplazamiento de Requisitos de Información Adicional: Se posponen por dos años (para los ejercicios 2025 y 2026) requerimientos específicos, tales como:
    • Información sobre efectos financieros anticipados relacionados con el clima y el medio ambiente, clave para el ODS 13 (Acción por el Clima).
    • Datos sobre emisiones de Alcance 3 y emisiones totales de Gases de Efecto Invernadero (GEI) para empresas de hasta 750 empleados, un dato fundamental para medir el avance hacia el ODS 13.
    • La totalidad de los requisitos de divulgación de los estándares ESRS E4 (Biodiversidad y ecosistemas), ESRS S2 (Trabajadores en la cadena de valor), ESRS S3 (Comunidades afectadas) y ESRS S4 (Consumidores y usuarios finales). Esto afecta directamente al reporte sobre el ODS 15 (Vida de Ecosistemas Terrestres), ODS 14 (Vida Submarina), ODS 8 (Trabajo Decente y Crecimiento Económico) y ODS 12 (Producción y Consumo Responsables).
  2. Ampliación de Disposiciones Transitorias (“Phase-in”): Se extienden a todas las empresas de la primera ola las flexibilidades de implementación gradual para los estándares sobre biodiversidad (ESRS E4), trabajadores en la cadena de valor (ESRS S2), comunidades afectadas (ESRS S3) y consumidores (ESRS S4).
  3. Extensión de la Cláusula de Salvaguardia: Si una empresa omite información bajo estas exenciones temporales pero ha determinado que el tema es material, deberá proporcionar información resumida. Esto garantiza un nivel mínimo de transparencia, en línea con los principios del ODS 16 (Paz, Justicia e Instituciones Sólidas).

2. Beneficios para la Contribución a los Objetivos de Desarrollo Sostenible

La flexibilización temporal que introduce el “Quick Fix” puede generar beneficios significativos para la integración efectiva de la Agenda 2030 en el sector empresarial español.

  1. Mejora en la Calidad del Reporte y Alineación con los ODS: El tiempo adicional permite a las empresas desarrollar sistemas robustos de recopilación de datos, lo que resultará en informes de mayor calidad y más precisos sobre su impacto en metas clave de los ODS, como la acción climática (ODS 13) y el trabajo decente (ODS 8).
  2. Integración Estratégica de la Sostenibilidad: Un enfoque gradual facilita que las empresas incorporen la sostenibilidad en su modelo de negocio de manera estratégica, en lugar de tratarla como un mero ejercicio de cumplimiento. Esto es fundamental para avanzar hacia patrones de Producción y Consumo Responsables (ODS 12).
  3. Alivio en la Implementación de Prácticas Complejas: La postergación de requisitos complejos, como el análisis de la biodiversidad (ODS 15) o la cadena de valor (ODS 8), da a las empresas el margen necesario para desarrollar las capacidades y procesos internos para gestionarlos de forma sólida y significativa a largo plazo.

3. Próximos Pasos y Perspectiva Futura

Tras su anuncio, el reglamento delegado está sujeto a un período de revisión por parte del Consejo de la UE y el Parlamento Europeo. Una vez aprobado y publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE), entrará en vigor y será de aplicación directa en todos los Estados miembros a partir del 1 de enero de 2025.

Esta medida regulatoria subraya el compromiso de la UE por consolidar un marco de finanzas sostenibles que movilice al sector privado. Al ajustar los plazos, se busca asegurar que la transición hacia la transparencia corporativa sea efectiva y contribuya de manera real y medible a la consecución de la Agenda 2030, fortaleciendo las Alianzas para lograr los Objetivos (ODS 17).

1. ¿Qué Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) se abordan o están conectados con los temas destacados en el artículo?

El artículo sobre el paquete “Quick Fix” y la Directiva sobre Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD) se conecta con varios Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) al centrarse en la regulación de la presentación de informes de sostenibilidad por parte de las empresas. Estos informes son una herramienta clave para medir, gestionar y comunicar el impacto de las empresas en áreas cruciales para el desarrollo sostenible.

  • ODS 8: Trabajo Decente y Crecimiento Económico

    El artículo menciona que los informes de sostenibilidad deben incluir información sobre “Trabajadores en la cadena de valor (ESRS S2)”. Esto se relaciona directamente con la promoción de condiciones de trabajo seguras y la protección de los derechos laborales en todas las operaciones de una empresa y su cadena de suministro.

  • ODS 12: Producción y Consumo Responsables

    Este es uno de los ODS más relevantes. El núcleo del artículo es la regulación de los informes de sostenibilidad empresarial. La CSRD obliga a las empresas a ser transparentes sobre sus prácticas, fomentando la adopción de modelos de negocio más sostenibles y permitiendo a los consumidores y otros grupos de interés tomar decisiones informadas.

  • ODS 13: Acción por el Clima

    El artículo especifica que los informes deben incluir “Datos de emisiones de alcance 3 y emisiones totales de GEI (Gases de Efecto Invernadero)”. La medición y divulgación de las emisiones de GEI es un paso fundamental para que las empresas gestionen su huella de carbono y contribuyan a la lucha contra el cambio climático.

  • ODS 15: Vida de Ecosistemas Terrestres

    Se menciona explícitamente el aplazamiento de los requisitos de divulgación de “ESRS E4 (biodiversidad y ecosistemas)”. Esto demuestra que el impacto de las empresas en la biodiversidad es un componente central de los informes de sostenibilidad, conectando directamente con la protección y restauración de los ecosistemas terrestres.

  • ODS 17: Alianzas para lograr los Objetivos

    El artículo está publicado por el Pacto Mundial de la ONU España, una iniciativa que promueve la sostenibilidad empresarial a través de la colaboración entre empresas, gobiernos y la sociedad civil. La propia existencia y el contenido del artículo, que explica una regulación de la UE, ejemplifican las alianzas entre el sector público y privado para avanzar en la agenda de sostenibilidad.

2. ¿Qué metas específicas de los ODS se pueden identificar en función del contenido del artículo?

Varias metas específicas de los ODS están directamente relacionadas con los requisitos de información mencionados en el artículo.

  1. Meta 12.6: Alentar a las empresas, en especial las grandes empresas y las empresas transnacionales, a que adopten prácticas sostenibles e incorporen información sobre la sostenibilidad en su ciclo de presentación de informes.

    Esta meta es la más evidente. Todo el artículo gira en torno a la Directiva CSRD y las medidas como el “Quick Fix”, que regulan precisamente cómo y cuándo las empresas deben presentar información sobre sostenibilidad. El texto se centra en “grandes empresas de la primera ola”, que son el sujeto principal de esta meta.

  2. Meta 8.8: Proteger los derechos laborales y promover un entorno de trabajo seguro y sin riesgos para todos los trabajadores.

    La referencia a la norma “ESRS S2 (Trabajadores en la cadena de valor)” implica que las empresas deben informar sobre sus políticas y desempeño en relación con los derechos laborales y las condiciones de trabajo, no solo para sus empleados directos sino también en sus cadenas de suministro, lo que es fundamental para alcanzar esta meta.

  3. Meta 13.2: Incorporar medidas relativas al cambio climático en las políticas, estrategias y planes nacionales.

    Aunque la meta se refiere a planes nacionales, la regulación de la UE (CSRD) es una política supranacional que obliga a las empresas a integrar el cambio climático en su estrategia. El requisito de informar sobre “emisiones totales de GEI” es una medida concreta que apoya la implementación de esta meta a nivel corporativo, que a su vez influye en los resultados nacionales.

  4. Meta 15.9: Integrar los valores de los ecosistemas y la diversidad biológica en la planificación nacional y local, los procesos de desarrollo, las estrategias de reducción de la pobreza y la contabilidad.

    La inclusión de la norma “ESRS E4 (biodiversidad y ecosistemas)” en el marco de la CSRD obliga a las empresas a integrar la contabilidad del capital natural y los impactos en la biodiversidad en sus informes corporativos, lo que contribuye directamente a esta meta.

3. ¿Hay algún indicador de los ODS mencionado o implícito en el artículo que pueda usarse para medir el progreso hacia los objetivos identificados?

Sí, el artículo menciona o implica varios elementos que se utilizan como indicadores para medir el progreso hacia los ODS.

  • Indicador 12.6.1: Número de empresas que publican informes sobre sostenibilidad.

    El artículo trata sobre la CSRD, una directiva que amplía masivamente el número de empresas obligadas a publicar informes de sostenibilidad en la UE. El texto discute los plazos y las empresas afectadas (“grandes entidades de interés público con más de 500 personas trabajadoras”), lo que se relaciona directamente con el seguimiento de este indicador.

  • Indicador 13.2.2: Total de emisiones de gases de efecto invernadero por año.

    El artículo menciona explícitamente que las empresas deben reportar “Datos de emisiones de alcance 3 y emisiones totales de GEI”. La recopilación de estos datos a nivel de empresa es la base para agregar la información y calcular el indicador a nivel nacional y global. La regulación CSRD estandariza y hace obligatoria esta recopilación de datos.

  • Indicadores relacionados con el trabajo decente (implícitos en la Meta 8.8).

    Aunque no se menciona un indicador numérico específico, la norma “ESRS S2 (Trabajadores en la cadena de valor)” requiere que las empresas divulguen información cualitativa y cuantitativa sobre sus prácticas laborales. Esto incluiría datos sobre salarios, seguridad laboral, libertad de asociación, etc., que son la base para indicadores como el 8.8.1 (tasa de accidentes laborales) o el 8.8.2 (cumplimiento de los derechos laborales).

  • Indicadores relacionados con la biodiversidad (implícitos en la Meta 15.9).

    De manera similar, la norma “ESRS E4 (biodiversidad y ecosistemas)” implica que las empresas deben reportar sobre sus impactos, riesgos y oportunidades relacionados con la biodiversidad. Estos informes corporativos proporcionarían los datos necesarios para evaluar el progreso hacia la integración de los valores de la biodiversidad en la economía, que es el núcleo del Indicador 15.9.1.

4. Tabla de ODS, metas e indicadores

ODS, metas e indicadores Metas Correspondientes Indicadores Específicos
ODS 8: Trabajo Decente y Crecimiento Económico
Mencionado a través de la norma de reporte “ESRS S2 (Trabajadores en la cadena de valor)”.
Meta 8.8: Proteger los derechos laborales y promover un entorno de trabajo seguro y sin riesgos para todos los trabajadores. Implícito: Datos cualitativos y cuantitativos sobre condiciones laborales, seguridad y derechos de los trabajadores, que son la base para indicadores como el 8.8.1 y 8.8.2.
ODS 12: Producción y Consumo Responsables
Es el tema central del artículo, enfocado en la regulación de los informes de sostenibilidad empresarial (CSRD).
Meta 12.6: Alentar a las empresas a que adopten prácticas sostenibles e incorporen información sobre la sostenibilidad en su ciclo de presentación de informes. Indicador 12.6.1: Número de empresas que publican informes sobre sostenibilidad. El artículo discute qué empresas y cuándo deben empezar a reportar.
ODS 13: Acción por el Clima
Mencionado a través del requisito de informar sobre emisiones de gases de efecto invernadero.
Meta 13.2: Incorporar medidas relativas al cambio climático en las políticas, estrategias y planes. Indicador 13.2.2: Total de emisiones de gases de efecto invernadero por año. El artículo menciona explícitamente el reporte de “emisiones totales de GEI”.
ODS 15: Vida de Ecosistemas Terrestres
Mencionado a través de la norma de reporte “ESRS E4 (biodiversidad y ecosistemas)”.
Meta 15.9: Integrar los valores de los ecosistemas y la diversidad biológica en la planificación y la contabilidad. Implícito: Datos sobre el impacto empresarial en la biodiversidad, que contribuyen al Indicador 15.9.1 sobre el progreso hacia las metas nacionales de biodiversidad.

Fuente: pactomundial.org