Chile – Cuota de género en grandes empresas – Diario Jurídico

Informe sobre la Ley “Más Mujeres en Directorios” y su Alineación con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)
Introducción y Contexto General
El Congreso Nacional de Chile ha promulgado la ley denominada “Más Mujeres en Directorios”. Esta iniciativa legislativa establece un marco regulatorio para incrementar la participación femenina en los órganos de gobierno de las sociedades anónimas abiertas y especiales, supervisadas por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). El proyecto se fundamenta en la necesidad de avanzar hacia una mayor equidad de género en los espacios de alta decisión empresarial, reconociendo su impacto directo en la productividad y el desarrollo sostenible del país.
Objetivos y Mecanismos de la Iniciativa
La ley persigue la integración equitativa de hombres y mujeres en los directorios corporativos. Para ello, establece los siguientes mecanismos:
- Cuota de Género Sugerida: Se propone una composición de directorios donde ningún sexo supere el 60% de representación, garantizando así un mínimo del 40% para el sexo subrepresentado.
- Modelo “Cumplir o Explicar”: Las empresas que no adopten la cuota sugerida deberán justificar públicamente sus razones, promoviendo la transparencia y la rendición de cuentas ante el mercado y la sociedad.
- Supervisión Activa: La CMF evaluará de manera continua la implementación de la ley y podrá determinar la aplicación de una cuota obligatoria transitoria (por un período de cuatro años) a las empresas que no cumplan con la normativa.
Vinculación Estratégica con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)
La ley “Más Mujeres en Directorios” constituye una herramienta fundamental para el avance de la Agenda 2030, alineándose de manera significativa con varios Objetivos de Desarrollo Sostenible.
ODS 5: Igualdad de Género
Este es el eje central de la iniciativa. La ley aborda directamente la meta 5.5, que busca “asegurar la participación plena y efectiva de las mujeres y la igualdad de oportunidades de liderazgo a todos los niveles decisorios en la vida política, económica y pública”. Al promover la presencia femenina en los directorios, se rompen barreras estructurales y se fomenta un liderazgo inclusivo, reconociendo que la equidad de género es un pilar para el desarrollo nacional.
ODS 8: Trabajo Decente y Crecimiento Económico
La ley contribuye a la meta 8.5, orientada a “lograr el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todas las mujeres y los hombres”. La diversificación de los directorios está vinculada a una mejora en la toma de decisiones, la innovación y la productividad empresarial. Como señaló la subsecretaria de Economía, Javiera Petersen, contar con espacios más diversos los hace “más productivos”, impulsando un crecimiento económico sostenible e inclusivo.
ODS 10: Reducción de las Desigualdades
Al facilitar el acceso de las mujeres a posiciones de poder económico, la ley impacta positivamente en la meta 10.2, que consiste en “potenciar y promover la inclusión social, económica y política de todas las personas, independientemente de su sexo”. Esta medida ayuda a reducir las brechas de género en el ámbito corporativo, uno de los espacios donde la desigualdad es más acentuada.
Implementación y Supervisión
El proceso de implementación de la cuota de género será gradual para facilitar la adaptación de las empresas. Las fases son las siguientes:
- Implementación inicial con una cuota sugerida del 80% para el sexo sobrerrepresentado.
- Reducción progresiva a una cuota del 70%.
- Consolidación de la cuota final del 60%.
Adicionalmente, se creará un comité transitorio, de carácter público-privado, que asesorará a los ministerios de Economía, Hacienda y de la Mujer y la Equidad de Género para garantizar una correcta aplicación y seguimiento de la ley.
Incentivos y Reconocimiento
La ley no solo se basa en la supervisión, sino también en el refuerzo positivo para fomentar su adopción:
- Beneficios Reputacionales: Las empresas que cumplan con la cuota serán destacadas públicamente, generando una ventaja competitiva y mejorando su imagen corporativa.
- Reconocimiento en Compras Públicas: Se ha establecido un mecanismo de reconocimiento en el sistema de compras del Estado. Aquellas empresas que adopten de forma anticipada la cuota serán identificadas como promotoras de la igualdad de género, y este indicador podrá ser considerado como un criterio adicional en los procesos de licitación.
Análisis de los Objetivos de Desarrollo Sostenible en el Artículo
1. ¿Qué Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) se abordan o están conectados con los temas destacados en el artículo?
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ODS 5: Igualdad de Género
- Este es el objetivo principal abordado. El artículo se centra en la ley “Más Mujeres en Directorios”, cuyo propósito explícito es “aumentar la participación de las mujeres en las mesas directivas” y lograr que “hombres y mujeres integren equitativamente estos espacios”. La iniciativa busca corregir la disparidad de género en los niveles más altos de toma de decisiones corporativas.
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ODS 8: Trabajo Decente y Crecimiento Económico
- El artículo conecta la igualdad de género con los resultados económicos. La subsecretaria de Economía, Javiera Petersen, afirma que tener más mujeres en la toma de decisiones permite “tener espacios más diversos y, por tanto, más productivos”. Esto vincula directamente la diversidad de género con la productividad, un componente clave del crecimiento económico sostenible.
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ODS 10: Reducción de las Desigualdades
- La ley es una medida directa para reducir la desigualdad de oportunidades y de resultados entre hombres y mujeres en el ámbito económico. Al establecer una cuota sugerida, se busca activamente promover la inclusión económica y de poder de las mujeres, abordando una desigualdad estructural en el liderazgo empresarial.
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ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas
- El artículo describe la creación y aplicación de una ley, un mecanismo institucional para promover la equidad. Menciona la participación de la Comisión del Mercado Financiero (CMF) para evaluar la implementación, la creación de un comité asesor público-privado y el uso de un modelo de “cumplir o explicar”, lo que refuerza la creación de instituciones transparentes y responsables que promueven políticas no discriminatorias.
2. ¿Qué metas específicas de los ODS se pueden identificar en función del contenido del artículo?
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Meta 5.5: “Asegurar la participación plena y efectiva de las mujeres y la igualdad de oportunidades de liderazgo a todos los niveles decisorios en la vida política, económica y pública”.
- El artículo aborda directamente esta meta al centrarse en aumentar la representación femenina en los directorios de empresas, que son niveles clave de decisión en la vida económica. La ley “Más Mujeres en Directorios” es una herramienta diseñada específicamente para alcanzar este fin.
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Meta 10.3: “Garantizar la igualdad de oportunidades y reducir la desigualdad de resultados, incluso eliminando las leyes, políticas y prácticas discriminatorias y promoviendo legislaciones, políticas y medidas adecuadas a ese respecto”.
- La nueva ley es un ejemplo perfecto de “legislación y política adecuada” promovida para reducir la desigualdad de resultados (la baja presencia de mujeres en directorios) y garantizar una mayor igualdad de oportunidades para acceder a estos puestos.
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Meta 16.b: “Promover y aplicar leyes y políticas no discriminatorias en favor del desarrollo sostenible”.
- La ley descrita es una política no discriminatoria que busca activamente la equidad de género, un pilar fundamental del desarrollo sostenible. Su aprobación y el plan de implementación detallado en el texto son una clara manifestación de esta meta.
3. ¿Hay algún indicador de los ODS mencionado o implícito en el artículo que pueda usarse para medir el progreso hacia los objetivos identificados?
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Indicador 5.5.2: “Proporción de mujeres en cargos directivos”.
- Este indicador está implícito y es el núcleo de la ley. Todo el artículo gira en torno a la modificación de esta proporción. La “cuota máxima sugerida del 60% del sexo con mayor representación” es una medida directa para influir en este indicador, buscando que la proporción de mujeres en directorios alcance al menos el 40%. Además, el texto señala que la CMF “evaluará de forma permanente la implementación de la ley” y que se dará “visibilidad a las empresas que presenten buenos indicadores de equidad de género en sus directorios”, lo que confirma que esta proporción será la métrica clave de seguimiento.
4. Tabla: ODS, Metas e Indicadores
Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) | Meta del ODS | Indicador del ODS |
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ODS 5: Igualdad de Género | Meta 5.5: Asegurar la participación plena y efectiva de las mujeres y la igualdad de oportunidades de liderazgo a todos los niveles decisorios en la vida económica y pública. | Indicador 5.5.2: Proporción de mujeres en cargos directivos (específicamente, en los directorios de las sociedades anónimas abiertas y especiales). |
ODS 10: Reducción de las Desigualdades | Meta 10.3: Garantizar la igualdad de oportunidades y reducir la desigualdad de resultados, promoviendo legislaciones y políticas adecuadas. | La existencia y aplicación de la ley “Más Mujeres en Directorios” como política para reducir la desigualdad de género en el liderazgo empresarial. |
ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas | Meta 16.b: Promover y aplicar leyes y políticas no discriminatorias en favor del desarrollo sostenible. | La promulgación de la ley como una política no discriminatoria que es monitoreada por instituciones como la CMF. |
Fuente: diariojuridico.com