El Tribunal Supremo de California ordena revisar los recortes a los incentivos para la energía solar en tejados – pv magazine Latin America

El Tribunal Supremo de California ordena revisar los recortes a los incentivos para la energía solar en tejados – pv magazine Latin America

 

Informe sobre la Revisión Judicial de la Política Energética NEM 3.0 en California y su Impacto en los Objetivos de Desarrollo Sostenible

1. Contexto de la Decisión Judicial

El Tribunal Supremo de California ha instruido a un tribunal de apelaciones estatal para que reexamine la decisión de la Comisión de Servicios Públicos de California (CPUC) de implementar la política de Medición Neta de Energía 3.0 (NEM 3.0). Esta política, que alteró drásticamente los incentivos para la energía solar en tejados, ha generado un impacto negativo significativo en el sector de las energías renovables del estado y ha puesto en tela de juicio el cumplimiento de sus metas climáticas.

  • Medida NEM 3.0: Redujo en aproximadamente un 80% la tarifa de crédito que reciben los propietarios de sistemas solares por exportar el excedente de energía a la red eléctrica.
  • Orden del Tribunal Supremo: Devuelve el caso al tribunal de apelaciones para que evalúe si la política de la CPUC perjudica ilegalmente el crecimiento de la energía solar, contraviniendo la legislación estatal.

2. Impacto en los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)

La implementación de NEM 3.0 y la subsiguiente disputa legal tienen implicaciones directas en varios Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, evidenciando la tensión entre las políticas regulatorias y las metas de sostenibilidad a largo plazo.

ODS 7: Energía Asequible y No Contaminante

La política NEM 3.0 afecta directamente la viabilidad económica de la energía solar para ciudadanos y pequeñas empresas, un pilar fundamental para alcanzar el ODS 7.

  • Obstáculo a la Energía Limpia: Al disminuir el retorno de la inversión, la medida desincentiva la adopción de energía solar distribuida, ralentizando la transición hacia fuentes de energía no contaminantes.
  • Asequibilidad Comprometida: La reducción de los ahorros potenciales en la factura eléctrica dificulta el acceso a la energía solar, especialmente para comunidades de bajos ingresos, lo que contraviene el principio de energía asequible.
  • Contradicción con Metas Estatales: La política es vista como un impedimento para que California cumpla sus ambiciosos objetivos de energía limpia, que están alineados con las metas globales del ODS 7.

ODS 8: Trabajo Decente y Crecimiento Económico

El colapso del mercado de energía solar en tejados ha tenido consecuencias económicas y laborales devastadoras, afectando negativamente el ODS 8.

  1. Pérdida de Empleos: Se reporta la eliminación de más de 17,000 puestos de trabajo en el sector solar del estado.
  2. Crisis Empresarial: Numerosas empresas del sector se han declarado en quiebra debido a una caída de la demanda superior al 80% tras la implementación de la medida.
  3. Contracción del Crecimiento: La política ha frenado un sector en crecimiento que era clave para la economía verde de California, sofocando la innovación y la inversión.

ODS 11, 13 y 16: Comunidades Sostenibles, Acción por el Clima y Justicia

La controversia también se extiende a los objetivos relacionados con la sostenibilidad urbana, la acción climática y la solidez de las instituciones.

  • ODS 11 (Ciudades y Comunidades Sostenibles): La demanda judicial argumenta que la CPUC no consideró adecuadamente los beneficios de la energía solar distribuida para la resiliencia de la red eléctrica, un componente clave para las comunidades sostenibles. Se cuestiona si la política apoya el crecimiento solar en comunidades de justicia ambiental.
  • ODS 13 (Acción por el Clima): Grupos ecologistas sostienen que la regulación NEM 3.0 viola las leyes climáticas del estado al obstaculizar una de las herramientas más efectivas para la descarbonización.
  • ODS 16 (Paz, Justicia e Instituciones Sólidas): La intervención del Tribunal Supremo pone de relieve la necesidad de que las agencias reguladoras como la CPUC actúen con transparencia y en consonancia con el interés público y la legislación, en lugar de favorecer los intereses de las grandes empresas de servicios públicos.

3. Proceso Legal y Perspectivas Futuras

El caso será reexaminado por el tribunal de apelaciones, que deberá determinar si la CPUC tenía una base legal sólida para aplicar los recortes y si la política fue diseñada para garantizar el crecimiento continuo de la energía solar, como lo exige la ley estatal.

  • Argumento Central de la Demanda: La CPUC evaluó incorrectamente los beneficios de la energía solar distribuida e ignoró los costos crecientes de la infraestructura de transmisión de las empresas de servicios públicos, que elevan las tarifas para todos los consumidores.
  • Próximos Pasos: El resultado de esta revisión judicial será determinante para el futuro del mercado de energía solar en California y sentará un precedente sobre cómo se equilibran los intereses de las empresas de servicios públicos con los objetivos de energía limpia y justicia ambiental del estado.

1. ¿Qué Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) se abordan o están conectados con los temas destacados en el artículo?

  • ODS 7: Energía Asequible y no Contaminante

    Este es el objetivo central del artículo. La discusión gira en torno a los incentivos para la “energía solar en tejados”, una fuente de energía limpia. El artículo detalla cómo la política NEM 3.0 ha afectado negativamente la adopción de esta tecnología, poniendo en peligro los “objetivos de adquisición de energía limpia” de California y afectando la asequibilidad para los consumidores.

  • ODS 8: Trabajo Decente y Crecimiento Económico

    El artículo conecta directamente la política energética con el impacto económico y laboral. Menciona explícitamente la “pérdida de más de 17 000 puestos de trabajo en el sector solar” y la “declaración de quiebra de numerosas empresas” como consecuencia directa de la reducción de incentivos, lo que afecta negativamente el crecimiento económico sostenible en un sector verde.

  • ODS 11: Ciudades y Comunidades Sostenibles

    El artículo aborda la sostenibilidad a nivel comunitario al discutir la energía solar distribuida a pequeña escala. Se destaca la preocupación de que la política perjudique el crecimiento de la energía solar “especialmente en las comunidades desfavorecidas” y “comunidades de justicia ambiental”, lo cual es crucial para crear entornos urbanos más resilientes y equitativos.

  • ODS 13: Acción por el Clima

    La promoción de la energía solar es una medida fundamental para la acción climática. El artículo señala que la demanda contra la política NEM 3.0 “afirmaba que la normativa violaba las leyes climáticas del estado”. Además, se argumenta que la decisión de la CPUC está “socavando… los ambiciosos objetivos de energía limpia del estado”, que son esenciales para combatir el cambio climático.

2. ¿Qué metas específicas de los ODS se pueden identificar en función del contenido del artículo?

  • Meta 7.2: Aumentar considerablemente la proporción de energía renovable en el conjunto de fuentes energéticas.

    El artículo se centra en el “colapso en el otrora próspero mercado de la energía solar en tejados de California” y una “caída de la demanda del 80 %”. Esto indica una reducción directa en la tasa de adopción de energía renovable, lo que va en contra de esta meta.

  • Meta 7.a: Fomentar la inversión en infraestructura energética y tecnologías de energía limpia.

    La política NEM 3.0 ha desincentivado la inversión privada en tecnología de energía limpia (paneles solares en tejados) al dañar “el retorno de la inversión para los propietarios de viviendas”. El debate sobre los costos de la infraestructura de transmisión de las empresas de servicios públicos frente a los beneficios de la energía solar distribuida también se relaciona con esta meta.

  • Meta 8.5: Lograr el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todas las mujeres y los hombres.

    La “pérdida de más de 17 000 puestos de trabajo en el sector solar” es una clara regresión en el cumplimiento de esta meta dentro de una industria específica y en crecimiento.

  • Meta 11.6: Reducir el impacto ambiental negativo per cápita de las ciudades.

    La energía solar en tejados es una forma de reducir la huella ambiental de las ciudades. La preocupación de que la política perjudique el crecimiento de la energía solar, especialmente en “comunidades de justicia ambiental”, se opone directamente a esta meta.

  • Meta 13.2: Incorporar medidas relativas al cambio climático en las políticas, estrategias y planes nacionales.

    La demanda legal argumenta que la política de la CPUC “violaba las leyes climáticas del estado”. Esto demuestra un conflicto entre una política regulatoria y las estrategias estatales más amplias de acción climática, lo que resalta la importancia de la coherencia política que esta meta promueve.

3. ¿Hay algún indicador de los ODS mencionado o implícito en el artículo que pueda usarse para medir el progreso hacia los objetivos identificados?

  • Indicador 7.2.1: Proporción de energía renovable en el consumo final total de energía.

    Este indicador está implícito. La “caída de la demanda del 80 %” para nuevas instalaciones solares en tejados y el “colapso” del mercado afectan directamente la tasa a la que la energía renovable se añade al mix energético, lo que permite medir el progreso (o retroceso) hacia la Meta 7.2.

  • Indicador relacionado con la Meta 8.5: Número de empleos en sectores específicos.

    Aunque no es un indicador oficial de los ODS en sí mismo, el dato específico de la “pérdida de más de 17 000 puestos de trabajo en el sector solar” es una métrica cuantitativa directa que se puede utilizar para evaluar el impacto en el empleo, alineado con el espíritu de la Meta 8.5.

  • Indicador implícito para la Meta 11.6: Tasa de adopción de energía limpia en comunidades desfavorecidas.

    El artículo menciona la obligación legal de la CPUC de diseñar una política que “mantendrá el crecimiento de la energía solar en tejados en las comunidades de justicia ambiental”. El seguimiento de esta tasa de crecimiento sería un indicador clave para medir el progreso hacia ciudades más equitativas y sostenibles.

4. Cree una tabla con tres columnas titulada ‘ODS, metas e indicadores’ para presentar los hallazgos del análisis del artículo.

ODS, metas e indicadores
Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) Meta Específica Indicador (Mencionado o Implícito)
ODS 7: Energía Asequible y no Contaminante 7.2: Aumentar considerablemente la proporción de energía renovable. Indicador 7.2.1 (Implícito): Medido a través de la “caída de la demanda del 80 %” en instalaciones solares, lo que afecta la proporción de energía renovable.
ODS 8: Trabajo Decente y Crecimiento Económico 8.5: Lograr el empleo pleno y productivo y el trabajo decente. Indicador Cuantitativo (Mencionado): La “pérdida de más de 17 000 puestos de trabajo en el sector solar”.
ODS 11: Ciudades y Comunidades Sostenibles 11.6: Reducir el impacto ambiental negativo per cápita de las ciudades. Indicador Implícito: Tasa de crecimiento de la energía solar en tejados, específicamente en “comunidades de justicia ambiental”.
ODS 13: Acción por el Clima 13.2: Incorporar medidas relativas al cambio climático en las políticas y estrategias. Indicador Implícito: Coherencia de las políticas energéticas (como NEM 3.0) con las “leyes climáticas del estado” y los “objetivos de energía limpia”.

Fuente: pv-magazine-latam.com