Firman convenio de coordinación para abordar causas de explotación sexual comercial infantil – El Magallánico

Firman convenio de coordinación para abordar causas de explotación sexual comercial infantil – El Magallánico

 

Informe sobre el Protocolo de Colaboración Interinstitucional para la Protección de la Infancia y Adolescencia en Magallanes

Introducción y Contexto Estratégico

En una ceremonia de alto nivel, el Poder Judicial y el Ministerio Público de la Región de Magallanes han formalizado un Protocolo de Colaboración destinado a fortalecer la protección de niños, niñas y adolescentes (NNA). Este acuerdo, suscrito por el presidente de la Corte de Apelaciones, Marcos Kusanovic, y el fiscal regional, Cristian Crisosto, representa un avance significativo en la articulación de una respuesta estatal coordinada frente a vulneraciones graves de derechos, con un enfoque particular en la erradicación de la Explotación Sexual Comercial de Niños, Niñas y Adolescentes (ESCNNA). La iniciativa se alinea directamente con los compromisos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, promoviendo instituciones justas, la protección de grupos vulnerables y la creación de alianzas estratégicas.

Alineación con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)

Este protocolo es una manifestación concreta del compromiso regional con la Agenda 2030, impactando directamente en varios ODS:

  • ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas: El acuerdo fortalece las instituciones de justicia (Meta 16.3) y es un mecanismo clave para poner fin al maltrato, la explotación, la trata y todas las formas de violencia y tortura contra los niños (Meta 16.2). Al crear procedimientos claros y eficientes, se garantiza un mayor acceso a la justicia para las víctimas más vulnerables.
  • ODS 5: Igualdad de Género: Al combatir la explotación sexual, una de las formas más extremas de violencia de género, el protocolo contribuye a eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y las niñas en los ámbitos público y privado (Meta 5.2).
  • ODS 10: Reducción de las Desigualdades: La iniciativa se centra en la protección de NNA y otros grupos en situación de vulnerabilidad, como personas mayores o con discapacidad, promoviendo su inclusión y empoderamiento social y garantizando la protección de sus derechos (Meta 10.2).
  • ODS 17: Alianzas para lograr los Objetivos: La colaboración entre el Juzgado de Familia y la Unidad de Atención a Víctimas y Testigos del Ministerio Público ejemplifica la creación de alianzas eficaces entre instituciones públicas para alcanzar los objetivos de desarrollo sostenible (Meta 17.17).

Objetivos y Componentes del Protocolo

El instrumento técnico-operativo establece un marco de acción conjunta con los siguientes objetivos primordiales:

  1. Garantizar una intervención rápida, oportuna y especializada para NNA víctimas de delitos graves.
  2. Evitar la victimización secundaria mediante una actuación institucional coordinada, eficaz y empática.
  3. Fortalecer la protección integral de la infancia y adolescencia en la región, cumpliendo con los más altos estándares de derechos humanos.
  4. Servir como un modelo de gestión interinstitucional replicable en otras jurisdicciones del país.

Para lograr estos fines, el acuerdo contempla los siguientes mecanismos:

  • Establecimiento de canales formales para una comunicación expedita.
  • Procedimientos claros para el intercambio de información relevante y el seguimiento coordinado de casos.
  • Definición de criterios comunes de actuación y planificación de acciones conjuntas.
  • Desarrollo de instancias de sensibilización y trabajo intersectorial con la comunidad.

Declaraciones Institucionales y Visión de Futuro

Las autoridades involucradas destacaron la relevancia del protocolo como un avance hacia una justicia más humana y articulada. El presidente de la Corte de Apelaciones, Marcos Kusanovic, subrayó el compromiso para que “todo niño, niña o adolescente pueda crecer y desarrollarse en un entorno seguro, libre de violencia y explotación”. Por su parte, el fiscal regional, Cristian Crisosto, valoró la alianza como “un paso relevante para mejorar la calidad de la atención a las víctimas y promover una labor colaborativa basada en el compromiso con los derechos humanos”. Finalmente, la jueza Katherine González, impulsora del proyecto, enfatizó que vulneraciones como la explotación sexual “no admiten respuestas fragmentadas” y requieren, sin excepción, una actuación centrada en la protección integral.

Este protocolo no solo mejora la respuesta institucional en Magallanes, sino que se posiciona como un referente en la implementación de políticas públicas alineadas con los Objetivos de Desarrollo Sostenible, demostrando que la colaboración es fundamental para construir sociedades más justas y protectoras para todos.

Análisis de los Objetivos de Desarrollo Sostenible en el Artículo

1. ¿Qué Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) se abordan o están conectados con los temas destacados en el artículo?

  • ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas

    • El artículo se centra en la firma de un “Protocolo de Colaboración entre el Juzgado de Familia de Punta Arenas y la Unidad de Atención a Víctimas y Testigos del Ministerio Público”. Esta acción representa un esfuerzo directo para fortalecer las instituciones de justicia. El objetivo es mejorar la respuesta institucional, garantizar el acceso a la justicia para las víctimas (niños, niñas y adolescentes) y promover el estado de derecho a través de una cooperación formal y efectiva entre el Poder Judicial y el Ministerio Público.
  • ODS 5: Igualdad de Género

    • Aunque no se menciona explícitamente, el ODS 5 es relevante. El protocolo se enfoca en combatir la “explotación sexual comercial infantil” (ESCNNA), una forma de violencia que afecta de manera desproporcionada a las niñas. Al crear mecanismos para erradicar esta forma de explotación, se contribuye directamente a la meta de eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas.

2. ¿Qué metas específicas de los ODS se pueden identificar en función del contenido del artículo?

  1. Meta 16.2: Poner fin al maltrato, la explotación, la trata y todas las formas de violencia y tortura contra los niños.
    • Esta es la meta más directamente abordada. El artículo declara que el protocolo busca mejorar la respuesta institucional frente a “la explotación sexual comercial infantil, también conocida por sus siglas (ESCNNA), así como otras vulneraciones de derechos de alta complejidad” que afectan a niños, niñas y adolescentes. El objetivo final es “avanzar hacia la erradicación de la explotación sexual comercial infantil”.
  2. Meta 16.3: Promover el estado de derecho en los planos nacional e internacional y garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos.
    • El acuerdo busca “garantizar una intervención rápida, oportuna y especializada” y avanzar hacia “una justicia más cercana, humana y articulada”. Esto refleja un esfuerzo por mejorar el acceso y la calidad de la justicia para un grupo vulnerable, asegurando que sus derechos sean protegidos de manera efectiva por el sistema legal.
  3. Meta 16.A: Fortalecer las instituciones nacionales pertinentes… para crear a todos los niveles… capacidad para prevenir la violencia y combatir… la delincuencia.
    • La creación del “Protocolo de Colaboración” es un ejemplo claro de esta meta en acción. Es un “instrumento técnico-operativo que establece mecanismos formales de coordinación, comunicación expedita y trabajo conjunto entre ambas instituciones” (Poder Judicial y Ministerio Público), fortaleciendo su capacidad para combatir delitos graves como la explotación infantil.
  4. Meta 5.2: Eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y las niñas en los ámbitos público y privado, incluidas la trata y la explotación sexual y otros tipos de explotación.
    • El enfoque del protocolo en la erradicación de la “explotación sexual comercial infantil” es una acción concreta que contribuye a esta meta, protegiendo a las niñas de una de las formas más extremas de violencia de género.

3. ¿Hay algún indicador de los ODS mencionado o implícito en el artículo que pueda usarse para medir el progreso hacia los objetivos identificados?

  • Indicador 16.2.2 (Implícito): Número de víctimas de la trata de personas por cada 100.000 habitantes, desglosado por sexo, edad y forma de explotación.
    • El artículo no cita el código del indicador, pero su esencia está implícita. La explotación sexual comercial infantil (ESCNNA) es una forma de trata de personas. El protocolo establece un “seguimiento coordinado de casos” y el “intercambio de información relevante”. Estas acciones implican la recopilación de datos sobre el número de víctimas identificadas y atendidas, que es exactamente lo que mide este indicador. El éxito del protocolo podría medirse a través de la mejora en la identificación y el procesamiento de estos casos.
  • Indicador 16.2.3 (Implícito): Proporción de jóvenes… que han sufrido violencia sexual antes de los 18 años.
    • El artículo destaca que “la violencia sexual y la explotación sexual comercial son expresiones extremas de vulneración”. El objetivo final del protocolo es que “todo niño, niña o adolescente pueda crecer y desarrollarse en un entorno seguro, libre de violencia y explotación”. Para medir el progreso hacia este entorno seguro, sería necesario monitorear la prevalencia de la violencia sexual contra menores, que es lo que este indicador busca cuantificar.

4. Tabla de ODS, metas e indicadores

ODS, metas e indicadores Metas Correspondientes Indicadores Específicos
ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas
  • 16.2: Poner fin al maltrato, la explotación, la trata y todas las formas de violencia y tortura contra los niños.
  • 16.3: Promover el estado de derecho y garantizar la igualdad de acceso a la justicia.
  • 16.A: Fortalecer las instituciones nacionales pertinentes para prevenir la violencia y combatir la delincuencia.
  • 16.2.2 (Implícito): Número de víctimas de la trata de personas (incluida la explotación sexual) por cada 100.000 habitantes.
  • 16.2.3 (Implícito): Proporción de jóvenes que han sufrido violencia sexual antes de los 18 años.
ODS 5: Igualdad de Género
  • 5.2: Eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y las niñas, incluidas la trata y la explotación sexual.
  • El artículo no menciona implícitamente un indicador específico para esta meta, pero las acciones descritas (combatir la ESCNNA) contribuyen directamente a su cumplimiento.

Fuente: elmagallanico.com