Prescripción de crímenes de lesa humanidad: la ley 31751 es inconstitucional – Instituto de Democracia y Derechos Humanos PUCP

Prescripción de crímenes de lesa humanidad: la ley 31751 es inconstitucional – Instituto de Democracia y Derechos Humanos PUCP


Informe sobre la Imprescriptibilidad de Crímenes de Lesa Humanidad

Informe sobre la Imprescriptibilidad de Crímenes de Lesa Humanidad y su Alineación con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)

1. Obstáculos a la Justicia y su Impacto en el ODS 16

La investigación de crímenes de lesa humanidad enfrenta dificultades estructurales y complejas, las cuales contravienen directamente los principios del Objetivo de Desarrollo Sostenible 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas. Estos obstáculos son implementados por los imputados y las estructuras de poder que los respaldan.

  • Bloqueo Institucional: Se observa una negativa sistemática por parte de instituciones militares y policiales a proporcionar información crucial para las investigaciones, como nombres completos, funciones y legajos del personal implicado. Esta falta de transparencia socava la meta 16.6 del ODS, que busca crear instituciones eficaces, responsables y transparentes a todos los niveles.
  • Actos de Intimidación: Amenazas a fiscales y demostraciones de fuerza, como la movilización de tanques en Lima, constituyen ataques directos al estado de derecho y a los operadores de justicia, debilitando la capacidad del Estado para garantizar el acceso a la justicia para todos (ODS 16.3).
  • Intervenciones Políticas: Iniciativas legislativas para trasladar la competencia de estos crímenes al fuero militar o para conceder amnistías representan un grave retroceso en la lucha contra la impunidad, afectando la consolidación de una sociedad pacífica y justa.

2. El Derecho a la Verdad y la Justicia como Pilares del Desarrollo Sostenible

Los bloqueos sistemáticos han impedido la reconstrucción de la verdad y han prolongado el sufrimiento de las víctimas. En este contexto, la aplicación de la prescripción es incompatible con los compromisos de desarrollo sostenible.

  • Prevalencia del Derecho a la Verdad: El derecho a un plazo razonable no puede superponerse al derecho a la verdad y a los deberes de investigación y sanción del Estado, especialmente en casos de violaciones graves a los derechos humanos. Ignorar esto es ignorar la esencia del ODS 16.
  • Centralidad de las Víctimas: Los discursos que promueven la impunidad, ya sea mediante la prescripción o amnistías, invisibilizan a las víctimas. Garantizar justicia, aunque tardía, es un acto de reparación fundamental y un paso necesario para reducir las desigualdades (ODS 10) y promover la inclusión social.

3. Análisis Jurídico y su Concordancia con el Derecho Internacional y los ODS

El debate sobre la prescripción debe considerar los principios del derecho internacional, los cuales están alineados con la agenda global para la paz y la justicia.

3.1. Principio de Legalidad y su Alcance

El principio de legalidad garantiza la previsibilidad de la ley penal, pero no debe ser un escudo para la impunidad en crímenes atroces.

  1. El núcleo del principio de legalidad (reserva de ley, irretroactividad, taxatividad) se aplica a la definición del delito y la pena, no necesariamente a las normas procesales como la prescripción.
  2. La Corte Interamericana de Derechos Humanos y la doctrina internacional sostienen que el responsable de crímenes graves no puede tener una expectativa legítima de eludir la justicia por el paso del tiempo.
  3. El Tribunal Constitucional peruano ha señalado que la garantía de irretroactividad no se aplica a las normas que regulan el tiempo de persecución de un delito, lo que refuerza la capacidad del Estado para cumplir con su deber de impartir justicia (ODS 16).

3.2. La Imprescriptibilidad como Norma de Ius Cogens

La imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad es una norma imperativa del derecho internacional consuetudinario (ius cogens), vinculante para el Perú y esencial para la cooperación internacional en materia de justicia (ODS 17).

  • Fuentes Internacionales: Su fundamento se encuentra en la Convención de la ONU de 1968, los principios de Nuremberg (1946), y ha sido reconocida por la Corte Interamericana en casos emblemáticos como Barrios Altos (2001) y Almonacid Arellano (2006).
  • Vigencia en el Perú: Esta norma estaba vigente en el ordenamiento peruano incluso antes de 1980, por lo que su aplicación no depende de la ratificación de tratados posteriores, que tienen un carácter meramente declarativo.

4. Conclusión: Impunidad vs. Sostenibilidad y No Repetición

Declarar la prescripción de estos crímenes sin esclarecer la verdad y sancionar a los responsables tendría consecuencias devastadoras para la sociedad peruana y sus compromisos con la Agenda 2030.

  • Fomento de la Impunidad: La prescripción negaría la reparación a las víctimas y enviaría un mensaje de que las violaciones masivas de derechos humanos pueden quedar sin castigo.
  • Riesgo de Repetición: La falta de justicia y memoria histórica incrementa el riesgo de que tales atrocidades se repitan, obstaculizando de forma permanente la construcción de una paz duradera y sostenible, fin último del ODS 16.

1. ¿Qué Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) se abordan o están conectados con los temas destacados en el artículo?

  • ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas

    El artículo se centra de manera integral en la necesidad de combatir la impunidad de los crímenes de lesa humanidad, un pilar fundamental para la construcción de una sociedad pacífica y justa. Aborda directamente la disfunción de las instituciones estatales (militares, policiales, Congreso) que, en lugar de garantizar la justicia, han implementado “mecanismos de bloqueo” para impedir las investigaciones. Al abogar por la imprescriptibilidad de estos crímenes, el texto promueve el fortalecimiento del estado de derecho y la creación de instituciones responsables y transparentes, que son el núcleo del ODS 16.

2. ¿Qué metas específicas de los ODS se pueden identificar en función del contenido del artículo?

  1. Meta 16.1: Reducir considerablemente todas las formas de violencia y las tasas de mortalidad conexas en todo el mundo.

    Aunque el artículo se enfoca en crímenes pasados, su argumento central tiene una dimensión preventiva. Al final del texto se afirma que declarar la prescripción de estos crímenes “contribuirá gravemente a la impunidad… y también al riesgo de su repetición histórica”. Por lo tanto, asegurar la justicia y sancionar a los responsables es un mecanismo disuasorio clave para reducir la probabilidad de futuras violaciones masivas de derechos humanos y violencia estatal.

  2. Meta 16.3: Promover el estado de derecho en los planos nacional e internacional y garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos.

    Esta es la meta más relevante. El artículo es una defensa del estado de derecho frente a intentos de garantizar la impunidad. Discute la primacía del “derecho a la verdad y los deberes de investigación y sanción” sobre otros principios legales en casos de crímenes aberrantes. La lucha contra los “bloqueos” institucionales y el énfasis en que las víctimas no pueden ser olvidadas en su búsqueda de “una justicia que, aunque tardía, sigue siendo justicia” son un llamado directo a garantizar el acceso a la justicia para todos, especialmente para las víctimas de las violaciones más graves.

  3. Meta 16.6: Crear a todos los niveles instituciones eficaces y transparentes que rindan cuentas.

    El artículo critica explícitamente la falta de rendición de cuentas y transparencia de las instituciones peruanas. Menciona la “negativa reiterada de las instituciones militares y policiales a revelar los nombres completos, las funciones, los periodos de servicio o los legajos” y las “intervenciones del Congreso para trasladar la competencia… y las amnistías”. Estos actos demuestran la existencia de instituciones ineficaces y opacas que protegen a los perpetradores. La exigencia de imprescriptibilidad es una herramienta para forzar a estas instituciones a rendir cuentas por sus acciones y omisiones.

  4. Meta 16.a: Fortalecer las instituciones nacionales pertinentes, incluso mediante la cooperación internacional, para crear a todos los niveles… la capacidad de… combatir el terrorismo y la delincuencia.

    El texto fundamenta su argumento en el derecho internacional, citando la “convención de Naciones Unidas de 1968”, los “principios de cooperación internacional de 1973”, el “derecho consuetudinario internacional”, las normas de “ius cogens” y las sentencias de la “Corte Interamericana de Derechos Humanos”. Esto demuestra cómo los marcos y la cooperación internacional se utilizan para fortalecer la capacidad del sistema de justicia nacional para perseguir crímenes graves y superar las debilidades o bloqueos internos.

3. ¿Hay algún indicador de los ODS mencionado o implícito en el artículo que pueda usarse para medir el progreso hacia los objetivos identificados?

  • Indicador 16.3.1: Proporción de víctimas de violencia en los 12 meses anteriores que denunciaron su victimización a las autoridades competentes.

    Aunque no se citan cifras, el indicador está implícito en todo el texto. El artículo se centra en la experiencia de las víctimas que buscan justicia a través de los canales oficiales. La discusión sobre los “bloqueos” y la dilatación de los casos se refiere directamente a los obstáculos que enfrentan las víctimas después de haber acudido a las autoridades. El progreso se mediría no solo por la denuncia, sino por la capacidad del sistema para procesar eficazmente esas denuncias sin “una simple clausura de las posibilidades de alcanzar una justicia”.

  • Indicador 16.3.2: Proporción de detenidos sin que se les haya dictado sentencia, del total de la población reclusa.

    Este indicador se refleja de manera inversa. El problema que describe el artículo no es la detención sin sentencia, sino la falta total de sentencias para los perpetradores de crímenes de lesa humanidad debido a la impunidad. La frase “declarar la prescripción de tales crímenes sin determinar la verdad de los hechos ni la identificación y sanción de los responsables” apunta directamente a la falla del sistema judicial para llegar a una sentencia. Medir el número de casos de graves violaciones de derechos humanos que concluyen con una sentencia firme sería una forma de evaluar el progreso en esta área.

  • Indicador 16.6.2: Proporción de la población que ha tenido al menos un contacto con un funcionario público y que pagó un soborno a un funcionario público, o a la que un funcionario público le pidió un soborno.

    El artículo no habla de sobornos, pero sí de una forma más amplia de corrupción y abuso de poder institucional. Los “mecanismos de bloqueo”, las “amenazas a fiscales”, la “negativa a revelar información” y las “intervenciones del Congreso” son formas de corrupción sistémica que obstruyen la justicia. Un indicador cualitativo derivado de este podría medir la percepción y la evidencia de obstrucción de la justicia por parte de funcionarios e instituciones del Estado, reflejando una falta de rendición de cuentas.

4. Cree una tabla con tres columnas titulada ‘ODS, metas e indicadores’ para presentar los hallazgos del análisis del artículo.

ODS, metas e indicadores
ODS Metas Indicadores (Implícitos en el artículo)
ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas
  • 16.1: Reducir todas las formas de violencia.
  • 16.3: Promover el estado de derecho y el acceso a la justicia.
  • 16.6: Crear instituciones eficaces, transparentes y que rindan cuentas.
  • 16.a: Fortalecer las instituciones nacionales mediante la cooperación internacional.
  • 16.3.1: La capacidad del sistema de justicia para procesar las denuncias de las víctimas de crímenes de lesa humanidad hasta su conclusión.
  • 16.3.2: La tasa de casos de graves violaciones de derechos humanos que resultan en la identificación y sanción efectiva de los responsables.
  • 16.6.2: La prevalencia de actos de obstrucción a la justicia (abuso de poder, ocultamiento de información, interferencia política) por parte de instituciones del Estado.

Fuente: idehpucp.pucp.edu.pe