Perupetro detrás de propuesta que debilita a las áreas naturales protegidas – Ojo Público

Perupetro detrás de propuesta que debilita a las áreas naturales protegidas – Ojo Público

 

Análisis de la Propuesta Legislativa para la Explotación de Hidrocarburos en Áreas Naturales Protegidas del Perú y su Conflicto con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)

1. Introducción y Contexto de la Iniciativa

Un reciente proyecto de ley presentado en el Congreso de la República del Perú propone modificar la Ley de Áreas Naturales Protegidas (Ley N° 26834) para permitir la explotación de hidrocarburos y otras actividades extractivas en zonas de máxima protección. La iniciativa, impulsada por el congresista Jorge Flores Ancachi, surge tras declaraciones del gerente general de Perupetro, Carlos Pantigoso, quien calificó la prohibición de ingreso a estas áreas como una “limitación” para el desarrollo de hidrocarburos. El propio congresista reconoció que el proyecto fue consecuencia de una “reunión técnica” sostenida en las oficinas de Perupetro, entidad estatal encargada de la promoción de inversiones en el sector.

2. Contenido y Alcance del Proyecto de Ley

La propuesta legislativa busca modificar nueve artículos de la ley vigente y añadir tres disposiciones complementarias. Los cambios más significativos atentan directamente contra la intangibilidad de ecosistemas críticos para el equilibrio ambiental y el cumplimiento de metas de sostenibilidad.

  • Explotación en Áreas de Uso Indirecto: Propone permitir el aprovechamiento de recursos no renovables, como petróleo y gas, en parques nacionales, santuarios nacionales y santuarios históricos, que actualmente son intangibles.
  • Flexibilización de Requisitos: Plantea que la declaración de “necesidad pública e interés nacional” para un proyecto extractivo en estas zonas se realice mediante un decreto supremo, una norma de menor rango que una ley.
  • Reducción de la Autoridad Ambiental: Sugiere que la creación o modificación de áreas protegidas donde se presuma la existencia de hidrocarburos requiera la aprobación del Ministerio de Energía y Minas (Minem), restando autonomía al Ministerio del Ambiente (Minam).
  • Declaratorias de Interés: El proyecto ya declara de interés nacional la explotación del Lote 76 (Puno) y proyectos de masificación de gas en regiones amazónicas.

Cabe destacar que esta iniciativa es prácticamente idéntica a un borrador de proyecto de ley elaborado por Perupetro en 2023, el cual fue calificado como “inviable” por el Minam en su momento por poner en riesgo la conservación de los ecosistemas.

3. Implicaciones para los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)

La aprobación de esta ley representaría un grave retroceso para el cumplimiento de los ODS, generando un conflicto directo entre un modelo de desarrollo extractivista y los compromisos globales de sostenibilidad.

3.1. Conflicto Directo con los ODS Ambientales

  • ODS 15 (Vida de Ecosistemas Terrestres): La iniciativa amenaza directamente la biodiversidad de zonas megadiversas como el Parque Nacional Bahuaja Sonene. Permitir la industria extractiva en áreas intangibles socava el pilar fundamental de la conservación de ecosistemas y la lucha contra la pérdida de biodiversidad.
  • ODS 13 (Acción por el Clima): Promover la expansión de la frontera de combustibles fósiles es diametralmente opuesto a las metas de acción climática. En plena crisis climática, facilitar la extracción de petróleo y gas agrava las emisiones de gases de efecto invernadero.
  • ODS 14 (Vida Submarina): La experiencia con el Oleoducto Norperuano demuestra el alto riesgo de derrames y contaminación de ríos, lo que afectaría gravemente la vida acuática y las fuentes de agua de las comunidades, contraviniendo la protección de los ecosistemas hídricos.

3.2. Contradicciones con los ODS Socioeconómicos

  • ODS 1 (Fin de la Pobreza) y ODS 8 (Trabajo Decente y Crecimiento Económico): Si bien los proponentes argumentan que la explotación traerá desarrollo a regiones pobres, la evidencia histórica en Perú demuestra que los beneficios del canon petrolero raramente se traducen en una mejora tangible de la calidad de vida de las poblaciones locales, quienes a menudo sufren los peores impactos ambientales y sociales.
  • ODS 10 (Reducción de las Desigualdades): El proyecto amenaza con agudizar las desigualdades al superponerse a territorios de pueblos indígenas. Un análisis del Ministerio Público identificó que las áreas promocionadas por Perupetro se superponen a 395 comunidades indígenas y tres reservas para Pueblos Indígenas en Aislamiento y Contacto Inicial (PIACI), vulnerando sus derechos territoriales y medios de vida.

3.3. Amenazas a la Gobernanza y la Justicia (ODS 16)

  • Paz, Justicia e Instituciones Sólidas: La propuesta debilita la institucionalidad ambiental al reducir las competencias del Minam y facilitar la modificación de áreas protegidas. La Fiscalía Especializada en Materia Ambiental (FEMA) ha alertado que, de aprobarse, la ley obstaculizaría las investigaciones por delitos de contaminación, ya que la afectación a un área protegida es hoy un agravante penal. Esto crearía un marco de impunidad y debilitaría el Estado de derecho.

4. Áreas Específicas Bajo Amenaza y Actores Involucrados

Perupetro actualmente promociona 46 áreas con potencial de hidrocarburos, de las cuales al menos 17 se superponen con áreas protegidas y sus zonas de amortiguamiento.

  1. Parque Nacional Bahuaja Sonene (Madre de Dios y Puno): Área intangible y una de las zonas más biodiversas del mundo, con importantes reservas de gas en el subsuelo del valle del Candamo.
  2. Reserva Comunal Amarakaeri (Madre de Dios).
  3. Reserva Comunal Ashaninka (Junín y Cusco).
  4. Bosque de Protección San Matías-San Carlos (Pasco).

La postura del Minem y Perupetro es favorable a la explotación, argumentando el uso de nuevas tecnologías para minimizar el impacto. En contraposición, el Ministerio Público, organizaciones indígenas y decenas de organizaciones de la sociedad civil han rechazado categóricamente la iniciativa, calificándola como un “acto criminal” en el contexto de la crisis climática y una amenaza a los derechos territoriales.

5. Conclusión del Informe

La propuesta legislativa para permitir la explotación de hidrocarburos en áreas naturales protegidas representa una amenaza sistémica para el patrimonio natural del Perú y un obstáculo insalvable para la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. El proyecto prioriza intereses económicos de corto plazo de la industria de combustibles fósiles por encima de la protección de ecosistemas vitales, los derechos de los pueblos indígenas y la fortaleza de la gobernanza ambiental. Su aprobación significaría un retroceso histórico en las políticas de conservación del país y un incumplimiento flagrante de los compromisos internacionales en materia ambiental y climática.

1. ¿Qué Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) se abordan o están conectados con los temas destacados en el artículo?

ODS 15: Vida de ecosistemas terrestres

  • El artículo se centra en la amenaza directa a los ecosistemas terrestres de Perú. La propuesta legislativa busca modificar la “Ley de Áreas Naturales Protegidas” para permitir la explotación de hidrocarburos en “parques nacionales, santuarios nacionales y santuarios históricos”, que son áreas de máxima protección y hasta ahora intangibles. Se menciona específicamente el “Parque Nacional Bahuaja Sonene”, descrito como una de las “zonas más biodiversas del mundo”, lo que conecta directamente con la conservación de la biodiversidad y los ecosistemas terrestres.

ODS 13: Acción por el clima

  • La iniciativa legislativa promueve la explotación de “combustibles fósiles” (gas y petróleo). El artículo cita a organizaciones que señalan que “en plena crisis climática, permitir la extracción de hidrocarburos en zonas protegidas es un acto criminal”. Esto sitúa el debate en el contexto de la crisis climática global, donde la quema de combustibles fósiles es el principal motor, oponiéndose directamente a las metas de acción climática.

ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas

  • El artículo expone debilidades institucionales y amenazas al estado de derecho. Se describe cómo una empresa estatal (Perupetro) influye en la creación de un proyecto de ley, cuya redacción es “casi íntegra” a una propuesta anterior de la misma empresa. Además, el Ministerio Público alerta que la aprobación de la ley “bloquearía investigaciones por contaminación y sanciones a funcionarios”, debilitando el acceso a la justicia ambiental y la rendición de cuentas. También se propone degradar el mecanismo de protección legal de las áreas protegidas de una ley a un “decreto supremo”, una norma de menor rango, lo que socava la solidez de las instituciones de protección ambiental.

ODS 7: Energía asequible y no contaminante

  • Los proponentes del proyecto de ley, como el gerente de Perupetro y el congresista Flores Ancachi, justifican la necesidad de explotar hidrocarburos para lograr la “independencia energética” y la “masificación de gas natural”. Esto se relaciona con el objetivo de garantizar el acceso a la energía. Sin embargo, entra en conflicto con el aspecto “no contaminante” del ODS 7, ya que se enfoca en combustibles fósiles en lugar de energías limpias.

ODS 8: Trabajo decente y crecimiento económico

  • La justificación económica del proyecto se basa en que los yacimientos están en “regiones de extrema pobreza” y que su explotación generará “regalías y ejecución de obras”. Esto se alinea con la búsqueda de crecimiento económico. No obstante, el artículo también siembra dudas sobre si estos beneficios realmente mejoran la calidad de vida de las poblaciones locales, mencionando que en Perú la explotación de recursos “tampoco hay beneficios tangibles”.

ODS 10: Reducción de las desigualdades

  • El artículo evidencia que las áreas promocionadas por Perupetro se superponen con territorios de “21 pueblos indígenas” y “tres reservas PIACI (para Pueblos Indígenas en Situación de Aislamiento y Contacto Inicial)”. La imposición de proyectos extractivos sin una consulta adecuada y que amenaza sus medios de vida y territorios agrava las desigualdades existentes que afectan a estas poblaciones vulnerables.

2. ¿Qué metas específicas de los ODS se pueden identificar en función del contenido del artículo?

ODS 15: Vida de ecosistemas terrestres

  • Meta 15.1: “Asegurar la conservación, el restablecimiento y el uso sostenible de los ecosistemas terrestres y los ecosistemas interiores de agua dulce y los servicios que proporcionan”. El proyecto de ley amenaza directamente esta meta al proponer la explotación de recursos en áreas protegidas intangibles como el Parque Nacional Bahuaja Sonene.
  • Meta 15.5: “Adoptar medidas urgentes y significativas para reducir la degradación de los hábitats naturales, detener la pérdida de la diversidad biológica y proteger las especies amenazadas”. La propuesta de permitir actividades extractivas en “una de las zonas más biodiversas del mundo” es una acción que va en contra de esta meta, ya que aumentaría la degradación de hábitats y la pérdida de biodiversidad.
  • Meta 15.9: “Integrar los valores de los ecosistemas y la diversidad biológica en la planificación nacional y local, los procesos de desarrollo, las estrategias de reducción de la pobreza y la contabilidad”. El artículo muestra un conflicto directo con esta meta, ya que la propuesta legislativa prioriza los intereses extractivos sobre los valores de la biodiversidad en la planificación nacional, como lo expresa el experto César Ipenza al señalar un “sometimiento de la conservación de las áreas naturales protegidas frente a las políticas extractivas”.

ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas

  • Meta 16.3: “Promover el estado de derecho en los planos nacional e internacional y garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos”. La advertencia de la fiscalía de que la ley podría “bloquear investigaciones por contaminación” y reducir las penas, ya que la afectación a áreas protegidas es un agravante, socava directamente el estado de derecho y el acceso a la justicia ambiental.
  • Meta 16.6: “Crear a todos los niveles instituciones eficaces y transparentes que rindan cuentas”. La “gran similitud” entre el proyecto de ley del congresista y un borrador elaborado por Perupetro sugiere una falta de transparencia en el proceso legislativo y una influencia indebida de intereses particulares, poniendo en duda la eficacia y rendición de cuentas de las instituciones.
  • Meta 16.7: “Garantizar la adopción en todos los niveles de decisiones inclusivas, participativas y representativas que respondan a las necesidades”. El pronunciamiento en contra de “decenas de organizaciones indígenas y civiles” indica que el proceso de formulación de esta ley no ha sido inclusivo ni representativo de todos los actores afectados.

ODS 13: Acción por el clima

  • Meta 13.2: “Incorporar medidas relativas al cambio climático en las políticas, estrategias y planes nacionales”. La promoción de una ley para expandir la explotación de combustibles fósiles es una política que va en dirección opuesta a la integración de medidas contra el cambio climático.

3. ¿Hay algún indicador de los ODS mencionado o implícito en el artículo que pueda usarse para medir el progreso hacia los objetivos identificados?

ODS 15: Vida de ecosistemas terrestres

  • Indicador 15.1.2: “Proporción de lugares importantes para la diversidad biológica terrestre y de agua dulce incluidos en zonas protegidas, por tipo de ecosistema”. El artículo se centra en este indicador. Discute el estatus legal y el nivel de protección de áreas específicas como el “Parque Nacional Bahuaja Sonene”, las “reservas comunales Amarakaeri y Ashaninka”, y el “Bosque de Protección San Matías-San Carlos”. La propuesta de ley busca cambiar la naturaleza de esta protección, lo que afectaría directamente la medición de este indicador.

ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas

  • Indicador 16.3.2: “Proporción de detenidos que no han sido sentenciados, desglosada por sexo”. Aunque no se menciona directamente, la advertencia de la fiscalía sobre el bloqueo de investigaciones y la reducción de penas por delitos ambientales se relaciona con la eficacia del sistema de justicia penal. La incapacidad de procesar y sentenciar delitos de contaminación ambiental, como los derrames del Oleoducto Norperuano que afectan la Reserva Pacaya Samiria, es una medida implícita del funcionamiento de la justicia.
  • Indicador 16.7.2: “Proporción de la población que considera que la adopción de decisiones es inclusiva y receptiva, desglosada por sexo, edad, discapacidad y grupo de población”. La fuerte oposición de “decenas de organizaciones indígenas y civiles” que califican la iniciativa como un “acto criminal” que “formaliza invasiones en territorios indígenas” sirve como un indicador cualitativo de que un segmento significativo de la población, especialmente los pueblos indígenas, no considera que el proceso de toma de decisiones sea inclusivo o representativo.

ODS 7: Energía asequible y no contaminante

  • Indicador 7.a.1: “Flujos financieros internacionales hacia los países en desarrollo en apoyo de la investigación y el desarrollo en materia de energía limpia y de la producción de energía renovable”. El artículo implícitamente muestra un movimiento en contra de este indicador. El enfoque de Perupetro y el Minem en promover la inversión en “yacimientos gasíferos y petroleros” en lugar de energías renovables indica que los esfuerzos y posibles flujos de capital se están dirigiendo hacia los combustibles fósiles, no hacia la energía limpia.

4. Tabla de ODS, metas e indicadores

ODS, metas e indicadores
ODS Metas Indicadores (Mencionados o Implícitos)
ODS 15: Vida de ecosistemas terrestres
  • 15.1: Conservar y restablecer los ecosistemas terrestres.
  • 15.5: Detener la pérdida de la diversidad biológica.
  • 15.9: Integrar los valores de la biodiversidad en la planificación nacional.
  • 15.1.2: Proporción de lugares importantes para la biodiversidad incluidos en zonas protegidas (implícito en la discusión sobre cambiar el estatus de Parques Nacionales como Bahuaja Sonene).
ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas
  • 16.3: Promover el estado de derecho y el acceso a la justicia.
  • 16.6: Crear instituciones eficaces y transparentes.
  • 16.7: Garantizar la adopción de decisiones inclusivas y participativas.
  • 16.3.2: Eficacia del sistema de justicia (implícito en la alerta de la fiscalía sobre el bloqueo de investigaciones ambientales).
  • 16.7.2: Percepción de la población sobre la inclusión en la toma de decisiones (implícito en la protesta de organizaciones indígenas y civiles).
ODS 13: Acción por el clima
  • 13.2: Incorporar medidas sobre el cambio climático en las políticas nacionales.
  • (Implícito) El artículo describe una política que aumentaría las emisiones de gases de efecto invernadero, en contra del espíritu de los indicadores de este objetivo.
ODS 7: Energía asequible y no contaminante
  • 7.1: Garantizar el acceso universal a la energía.
  • 7.a.1: Flujos financieros para energía limpia (implícitamente negativo, ya que el enfoque está en los combustibles fósiles).
ODS 8, 10, 1
  • 8.4: Desvincular el crecimiento económico de la degradación ambiental.
  • 10.2: Promover la inclusión social y económica de los pueblos indígenas.
  • 1.1: Erradicar la pobreza extrema.
  • (Implícito) El artículo debate si la explotación de recursos conduce al desarrollo económico local o si, por el contrario, agrava las desigualdades y la degradación ambiental.

Fuente: ojo-publico.com