Del hacha al trabajo comunitario: el caso que pone en debate las sanciones por tala ilegal – Periodismo Público

Del hacha al trabajo comunitario: el caso que pone en debate las sanciones por tala ilegal – Periodismo Público

Del hacha al trabajo comunitario: el caso que pone en debate las sanciones por tala ilegal - Periodismo Público

Informe sobre el fallo de la Corte Constitucional y su impacto en las sanciones por tala ilegal

Recientemente, la Corte Constitucional emitió un fallo que amparó los derechos de una pareja de adultos mayores de Chiquinquirá, permitiéndoles sustituir una multa por la tala ilegal de cuatro robles por trabajo comunitario. Este caso ha generado un debate significativo sobre las sanciones aplicables a infracciones ambientales menores, en especial en relación con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), como la protección de los ecosistemas terrestres y la acción por el clima.

Contexto del caso

  1. En 2021, la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) recibió una denuncia por la tala ilegal de cuatro robles, especie protegida, en la vereda Sasa de Chiquinquirá.
  2. La pareja campesina responsable no contaba con permiso de aprovechamiento forestal, lo que motivó una sanción económica y la obligación de sembrar 100 árboles nativos.
  3. Tras presentar una tutela, la Corte Constitucional permitió sustituir la multa por trabajo comunitario, una medida aún no reglamentada por el Ministerio de Ambiente.

Reacciones y consideraciones de la CAR

  • El director de la CAR, Alfred Ballesteros, enfatizó que, aunque se acata el fallo, no se relajarán los controles frente a la tala sin autorización, incluso si se trata de un solo árbol.
  • Se aclaró que actualmente no es procedente imponer trabajo comunitario como sustitución general a las sanciones ambientales.
  • El fallo aplica únicamente para este caso específico y no crea jurisprudencia para otros casos.

Importancia del roble (Quercus humboldtii) en el marco de los ODS

El roble es una especie nativa de los ecosistemas altoandinos, con un crecimiento lento que puede tardar hasta 60 años en alcanzar su tamaño adulto. Su protección está alineada con varios Objetivos de Desarrollo Sostenible, tales como:

  1. ODS 13: Acción por el clima – El roble contribuye a la captura de carbono, ayudando a mitigar el cambio climático.
  2. ODS 15: Vida de ecosistemas terrestres – Regula el ciclo hídrico, protege el suelo y ofrece hábitat para aves y fauna silvestre.
  3. ODS 12: Producción y consumo responsables – La prohibición de su aprovechamiento sin permiso busca evitar la tala indiscriminada y promover el uso sostenible de los recursos naturales.

Debido a su madera de alta calidad, el roble ha sido víctima de tala indiscriminada, lo que ha llevado a que se encuentre en estado vulnerable de extinción. Por esta razón, su aprovechamiento está estrictamente regulado y prohibido sin autorización.

Conclusiones y perspectivas

  • El fallo de la Corte Constitucional abre un debate sobre la posibilidad de implementar sanciones alternativas, como el trabajo comunitario, en casos de infracciones ambientales menores.
  • Sin embargo, la falta de reglamentación impide que esta medida se convierta en una norma general, manteniendo la necesidad de sanciones estrictas para proteger los ecosistemas.
  • La protección del roble y otras especies nativas es fundamental para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible relacionados con la conservación ambiental y la lucha contra el cambio climático.
  • Es imprescindible fortalecer los controles y promover la educación ambiental para prevenir la tala ilegal y fomentar prácticas sostenibles en las comunidades.

1. Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) abordados o conectados con los temas destacados en el artículo

  1. ODS 15: Vida de ecosistemas terrestres
    • Protección y restauración de ecosistemas terrestres, en particular bosques y especies nativas.
    • Conservación de la biodiversidad y prevención de la extinción de especies vulnerables.
  2. ODS 13: Acción por el clima
    • Captura de carbono y mitigación del cambio climático a través de la conservación de árboles nativos como el roble.
  3. ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas
    • Aplicación de sanciones y justicia ambiental, incluyendo la discusión sobre sanciones por tala ilegal y alternativas como el trabajo comunitario.

2. Metas específicas de los ODS identificadas en función del contenido del artículo

  1. Meta 15.1: Para 2020, asegurar la conservación, restauración y uso sostenible de los ecosistemas terrestres y de agua dulce, en particular los bosques, para detener la deforestación, restaurar los ecosistemas degradados y aumentar la conservación de la biodiversidad.
  2. Meta 15.5: Adoptar medidas urgentes para reducir la degradación de hábitats naturales, detener la pérdida de biodiversidad y proteger las especies en peligro de extinción.
  3. Meta 13.2: Integrar medidas relativas al cambio climático en las políticas, estrategias y planes nacionales.
  4. Meta 16.3: Promover el estado de derecho en el nivel nacional e internacional y garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos.

3. Indicadores de los ODS mencionados o implícitos en el artículo para medir el progreso

  1. Indicador 15.1.1: Índice de cobertura forestal, que puede medir la conservación y restauración de especies como el roble (Quercus humboldtii).
  2. Indicador 15.5.1: Número de especies en peligro de extinción, para monitorear el estado vulnerable del roble y otras especies afectadas por la tala ilegal.
  3. Indicador 13.2.1: Número de países que han integrado medidas de cambio climático en sus políticas nacionales, lo que se relaciona con la función del roble en la captura de carbono.
  4. Indicador 16.3.3: Proporción de infracciones ambientales sancionadas, que puede incluir la aplicación de multas o trabajo comunitario por tala ilegal.

4. Tabla: ODS, metas e indicadores

ODS Metas Indicadores
ODS 15: Vida de ecosistemas terrestres
  • 15.1: Conservación y uso sostenible de ecosistemas terrestres y bosques.
  • 15.5: Reducir la degradación de hábitats y proteger especies en peligro.
  • 15.1.1: Índice de cobertura forestal.
  • 15.5.1: Número de especies en peligro de extinción.
ODS 13: Acción por el clima
  • 13.2: Integrar medidas de cambio climático en políticas nacionales.
  • 13.2.1: Número de países con políticas climáticas integradas.
ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas
  • 16.3: Promover el estado de derecho y acceso a la justicia.
  • 16.3.3: Proporción de infracciones ambientales sancionadas.

Fuente: periodismopublico.com