Sin leyes específicas contra la violencia digital, hay estrategias para denunciar y acceder a la Justicia – Unidiversidad

Sin leyes específicas contra la violencia digital, hay estrategias para denunciar y acceder a la Justicia – Unidiversidad

 


Informe sobre Violencia Digital y su Vínculo con los Objetivos de Desarrollo Sostenible

Análisis de la Violencia de Género Digital como Obstáculo para los Objetivos de Desarrollo Sostenible

El presente informe aborda la problemática de la violencia digital, examinando su naturaleza, el marco legal existente y las respuestas institucionales y educativas necesarias para su erradicación. Se pone especial énfasis en cómo esta forma de violencia impacta directamente en la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), principalmente el ODS 5 (Igualdad de Género) y el ODS 16 (Paz, Justicia e Instituciones Sólidas).

La Brecha de Género en la Violencia Digital: Un Desafío para el ODS 5

La violencia digital, aunque puede afectar a cualquier persona, presenta un marcado componente de género que socava los principios del ODS 5: Igualdad de Género. Las conductas delictivas como el acoso, las amenazas y la extorsión, perpetradas a través de medios digitales, son una extensión de la violencia sistémica contra las mujeres.

  • Datos de ONU Mujeres: Un informe de la entidad revela que el 73% de las mujeres a nivel mundial ha experimentado violencia en línea.
  • Difusión no consentida: Nueve de cada diez víctimas de la distribución no consentida de imágenes íntimas son mujeres, lo que constituye una violación directa de su autonomía y dignidad, contraviniendo la meta 5.2 del ODS 5, que busca eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas.
  • Empoderamiento tecnológico (Meta 5.b): El uso de la tecnología como herramienta de agresión se opone a la meta 5.b, que promueve el uso de tecnologías de la información para el empoderamiento de las mujeres.

La Respuesta Institucional y el Acceso a la Justicia: Imperativos del ODS 16

La lentitud y el vacío legal en el sistema judicial para abordar los delitos digitales representan un desafío significativo para el ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas. Aunque las conductas son análogas a delitos ya tipificados, la falta de legislación específica dificulta el acceso a la justicia para las víctimas.

Marco Legal en Argentina

  • Ley Olimpia: Desde 2023, la violencia digital es reconocida como una modalidad de violencia de género bajo la Ley 26.485. Este es un paso hacia la construcción de instituciones más responsables (Meta 16.6).
  • Vacíos Penales: Aún no se ha logrado la sanción de la “Ley Belén”, que busca penalizar la obtención y difusión no consentida de material íntimo, la sextorsión y el porn deep fake. Esta carencia obstaculiza la promoción del estado de derecho y el acceso igualitario a la justicia (Meta 16.3).
  • Daño Psicológico y ODS 3: Las consecuencias de la violencia digital, como estrés postraumático y ansiedad, evidencian un impacto negativo en la salud y el bienestar de las víctimas, afectando el cumplimiento del ODS 3 (Salud y Bienestar). El caso de Córdoba, donde se procesó a un agresor por “lesiones graves”, demuestra la necesidad de que la justicia reconozca estos daños.

La Educación como Herramienta Preventiva: Aportes al ODS 4

Una respuesta meramente punitiva es insuficiente. Es fundamental una estrategia educativa que promueva una cultura de paz y respeto en los entornos digitales, en línea con el ODS 4: Educación de Calidad.

  1. Rol Pedagógico de la Ley: Sancionar estas conductas establece límites claros sobre lo que es inadmisible en la convivencia digital.
  2. Formación Integral (Meta 4.7): Es crucial integrar la Educación Sexual Integral (ESI), la promoción de nuevas masculinidades y el pensamiento crítico para que los estudiantes adquieran los conocimientos necesarios para promover la igualdad de género y una cultura de no violencia.
  3. Protocolos Escolares: La iniciativa del “Protocolo Ema” busca dotar a las instituciones educativas de herramientas para actuar ante casos de violencia digital, protegiendo a las víctimas y abordando el problema de manera integral en la comunidad escolar.

Recomendaciones y Mecanismos de Apoyo

La organización Gentic (Género y TIC) ofrece un modelo de acción y apoyo especializado, alineado con la protección de los derechos humanos en el entorno digital.

Acciones recomendadas ante un caso de violencia digital:

  • Buscar ayuda especializada: No aislarse y contactar a organizaciones como Gentic.
  • Conservar la evidencia: No eliminar mensajes, capturas de pantalla o perfiles del agresor, ya que son pruebas fundamentales para un proceso judicial.
  • Evitar denuncias masivas de cuentas: El cierre de una cuenta dificulta su rastreo y la investigación judicial.

Servicios de Gentic:

  • Atención psicológica gratuita.
  • Asesoramiento legal y patrocinio jurídico.
  • Actividades de formación para la comunidad y profesionales.

El reconocimiento internacional de Gentic con el Premio Simone Veil subraya la importancia de su labor en la lucha contra la violencia de género digital, contribuyendo activamente a la agenda de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

1. ¿Qué Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) se abordan o están conectados con los temas destacados en el artículo?

  1. ODS 5: Igualdad de Género

    • El artículo se centra en la violencia digital, que describe explícitamente como una forma de violencia de género. Cita que “en Argentina, la violencia digital es considerada una forma de violencia de género desde 2023” y que “el 73 % de las mujeres experimentó algún tipo de violencia en línea”. Esto conecta directamente con el objetivo de lograr la igualdad de género y empoderar a todas las mujeres y niñas.
  2. ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas

    • El texto aborda la necesidad de un marco legal y judicial para combatir la violencia digital. Se discute el “vacío legal específico”, la importancia de realizar “denuncias” y cómo los casos pueden enmarcarse en “figuras penales que ya existen”. La discusión sobre el acceso a la justicia y la necesidad de que los jueces “hagan un esfuerzo por encuadrarlo en delitos preexistentes” se alinea con la promoción de sociedades justas y el acceso a la justicia para todos.
  3. ODS 3: Salud y Bienestar

    • Se mencionan las graves consecuencias psicológicas para las víctimas de violencia digital. En el caso de Córdoba, se describen “cuadros de estrés postraumático, ansiedad, aislamiento y vergüenza persistente” como resultado del acoso. Además, se relata el caso de Ema Bondaruk, quien “se suicidó después de que se difundiera… un video”. Esto subraya el impacto directo de la violencia digital en la salud mental y el bienestar, un componente clave del ODS 3.
  4. ODS 4: Educación de Calidad

    • El artículo propone la educación como una solución fundamental. La especialista Romina Zapata apuesta a que “la respuesta como sociedad no sea solo penal, sino sobre todo educativa”. Se sugiere “trabajar con educación sexual integral (ESI), nuevas masculinidades, pensamiento crítico” y se menciona el desarrollo del “Protocolo Ema” para dar a las escuelas “herramientas para saber actuar ante estas situaciones”. Esto se relaciona con garantizar una educación inclusiva y promover oportunidades de aprendizaje seguras.

2. ¿Qué metas específicas de los ODS se pueden identificar en función del contenido del artículo?

  1. Meta 5.2: Eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y las niñas

    • El artículo se enfoca en la “violencia digital” como una manifestación moderna de la violencia de género. Menciona delitos como la “distribución no consentida de sus imágenes íntimas”, la “sextorsión” y el “porn deep fake”, que son formas de violencia psicológica y sexual dirigidas predominantemente contra mujeres. La lucha de la organización Gentic y la Ley Olimpia buscan directamente abordar y eliminar estas formas de violencia.
  2. Meta 16.1: Reducir significativamente todas las formas de violencia

    • El objetivo general del artículo es visibilizar y combatir la violencia digital. Al describir el acoso, las amenazas y la extorsión en línea, y alentar las denuncias, se busca reducir la prevalencia de estos actos violentos en la sociedad.
  3. Meta 16.3: Promover el estado de derecho y garantizar la igualdad de acceso a la justicia

    • El texto destaca la dificultad de las víctimas para obtener justicia debido al “vacío legal específico”. La recomendación de “iniciar las denuncias” y la necesidad de que la justicia se adapte para “encuadrarlo en delitos preexistentes” son un llamado directo a fortalecer el estado de derecho y asegurar que las víctimas de violencia digital tengan acceso a la justicia.
  4. Meta 3.4: Promover la salud mental y el bienestar

    • Al detallar las secuelas psicológicas como “estrés postraumático, ansiedad” y el trágico suicidio de una víctima, el artículo pone de relieve la urgencia de proteger la salud mental de las personas afectadas por la violencia en línea, alineándose con esta meta.
  5. Meta 4.7: Asegurar que todos los alumnos adquieran los conocimientos para promover… la igualdad de género y una cultura de paz y no violencia

    • La propuesta de una “respuesta educativa” que incluya “educación sexual integral (ESI), nuevas masculinidades, pensamiento crítico” y protocolos escolares como el “Protocolo Ema” es una estrategia directa para cumplir esta meta, educando a los jóvenes para prevenir la violencia y promover el respeto y la igualdad.

3. ¿Hay algún indicador de los ODS mencionado o implícito en el artículo que pueda usarse para medir el progreso hacia los objetivos identificados?

  1. Indicador 5.2.1: Proporción de mujeres y niñas que han sufrido violencia física, sexual o psicológica

    • El artículo cita un dato del informe de ONU Mujeres que funciona como un indicador directo: “en el mundo, el 73 % de las mujeres experimentó algún tipo de violencia en línea”. Este dato mide la prevalencia de la violencia psicológica y sexual en el ámbito digital.
  2. Indicador 5.2.2: Proporción de mujeres y niñas que han sufrido violencia sexual a manos de personas distintas de su pareja

    • El dato de que “son mujeres 9 de cada 10 personas víctimas de la distribución no consentida de sus imágenes íntimas” es una estadística implícita que sirve para medir una forma específica de violencia sexual en línea, relevante para este indicador.
  3. Indicador 16.3.1: Proporción de víctimas de violencia que denunciaron su victimización a las autoridades

    • Aunque no se proporciona una cifra, el artículo enfatiza repetidamente la importancia de las “denuncias”. El número de denuncias presentadas por violencia digital sería un indicador clave para medir el progreso en el acceso a la justicia, un tema central del texto.
  4. Indicador 3.4.2: Tasa de suicidios

    • El caso de Ema Bondaruk, la adolescente que “se suicidó” como consecuencia de la violencia digital, vincula directamente este tipo de violencia con la tasa de suicidios, convirtiéndolo en un indicador trágico pero relevante del impacto en la salud mental.
  5. Indicador 4.7.1: Grado en que la educación para la ciudadanía mundial y la educación para el desarrollo sostenible se incorporan en la enseñanza

    • La creación y futura implementación del “Protocolo Ema” en las escuelas y la recomendación de “trabajar con educación sexual integral (ESI)” son acciones concretas cuyo grado de adopción en el sistema educativo podría medirse para evaluar el progreso hacia este indicador.

4. Tabla de ODS, metas e indicadores

ODS, metas e indicadores
ODS Metas Indicadores (Mencionados o Implícitos)
ODS 5: Igualdad de Género 5.2: Eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y las niñas. Proporción de mujeres que han experimentado violencia en línea (citado en el artículo como 73%).
Proporción de víctimas de distribución no consentida de imágenes íntimas que son mujeres (citado como 9 de cada 10).
ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas 16.1: Reducir significativamente todas las formas de violencia.
16.3: Promover el estado de derecho y garantizar la igualdad de acceso a la justicia.
Número de denuncias por violencia digital presentadas a la justicia (implícito en la recomendación de denunciar).
Existencia de legislación específica que sancione la violencia digital como delito (actualmente un “vacío legal”).
ODS 3: Salud y Bienestar 3.4: Promover la salud mental y el bienestar. Incidencia de consecuencias psicológicas en víctimas (estrés postraumático, ansiedad).
Tasa de suicidios relacionados con la violencia digital (mencionado en el caso de Ema Bondaruk).
ODS 4: Educación de Calidad 4.7: Asegurar que todos los alumnos adquieran los conocimientos para promover la igualdad de género y la no violencia. Grado de implementación de protocolos escolares como el “Protocolo Ema”.
Inclusión de la educación sobre violencia digital y ESI en los currículos escolares.

Fuente: unidiversidad.com.ar