El Supremo iguala a los hombres el complemento para reducir la brecha de género en pensiones: modifica la medida destinada a igualar los derechos de las mujeres – Infobae

Informe sobre la Sentencia del Tribunal Supremo relativa al Complemento por Brecha de Género en las Pensiones y su Alineación con los Objetivos de Desarrollo Sostenible
1. Contexto de la Decisión Judicial
El Tribunal Supremo de España ha emitido una sentencia que unifica la doctrina judicial nacional, estableciendo que los hombres tienen derecho a percibir el complemento para la reducción de la brecha de género en las pensiones en las mismas condiciones que las mujeres. Esta resolución se fundamenta en una decisión previa del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que calificó como discriminatoria la normativa española por imponer requisitos adicionales a los varones para acceder a dicho complemento.
La legislación anterior, contenida en el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social, vulneraba la directiva europea sobre igualdad de trato al exigir a los hombres, y no a las mujeres, la acreditación de una interrupción o afectación de su carrera profesional como consecuencia del nacimiento de hijos.
2. Impacto en el Objetivo de Desarrollo Sostenible 5: Igualdad de Género
La sentencia representa un avance significativo en la consecución del ODS 5: Lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y las niñas. El fallo aborda directamente la discriminación por razón de género en el ámbito de la seguridad social.
2.1. Eliminación de la Discriminación Normativa
- La decisión judicial elimina las condiciones discriminatorias que se imponían a los hombres, garantizando un trato equitativo en el acceso a las prestaciones sociales.
- Se establece que el único requisito para acceder al complemento es la tenencia de hijos y la condición de beneficiario de una pensión, sin distinción de género.
2.2. Visibilización de la Brecha de Género Estructural
A pesar de que la sentencia corrige una discriminación hacia los hombres, el informe subraya la persistencia de una profunda brecha de género en el sistema de pensiones, un desafío clave para el ODS 5.
- Las mujeres jubiladas en España perciben, en promedio, un 30% menos en sus pensiones que los hombres.
- Esta disparidad es consecuencia de desigualdades acumuladas durante la vida laboral, tales como:
- La desigual distribución de las tareas de cuidados no remunerados.
- Mayores interrupciones en la carrera profesional.
- Una mayor prevalencia del trabajo a tiempo parcial.
3. Contribución a los ODS 8 y 10: Trabajo Decente y Reducción de las Desigualdades
El fallo judicial y el contexto que lo rodea se vinculan directamente con el ODS 8 (Trabajo decente y crecimiento económico) y el ODS 10 (Reducción de las desigualdades).
3.1. Hacia la Reducción de Desigualdades (ODS 10)
Al garantizar la igualdad de trato en el acceso a complementos de pensión, la sentencia contribuye a reducir las desigualdades basadas en el género dentro de los sistemas de protección social, un objetivo central del ODS 10.
3.2. Fomento de la Seguridad Económica y el Trabajo Decente (ODS 8)
- Un sistema de pensiones justo y no discriminatorio es un pilar de la protección social, elemento fundamental del trabajo decente.
- El informe destaca que avances como la subida del Salario Mínimo Interprofesional han contribuido a reducir la brecha salarial de género del 22% a un 15%, demostrando la eficacia de políticas públicas orientadas a la equidad.
4. El Rol de las Instituciones de Justicia en el Marco del ODS 16
La actuación coordinada del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y el Tribunal Supremo español ejemplifica el funcionamiento de instituciones sólidas, justas y eficaces, en línea con el ODS 16 (Paz, justicia e instituciones sólidas).
4.1. Garantía de Acceso a la Justicia
El proceso judicial, que culminó con la desestimación de un recurso del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), demuestra la capacidad del sistema judicial para corregir prácticas administrativas discriminatorias y garantizar el cumplimiento de los derechos de los ciudadanos.
4.2. Fortalecimiento del Estado de Derecho
La adaptación de la jurisprudencia nacional a las directivas europeas refuerza el Estado de derecho y obliga a la Administración a ajustar sus criterios para asegurar la igualdad de trato, sentando un precedente vinculante para futuros casos.
Análisis de los Objetivos de Desarrollo Sostenible en el Artículo
1. ¿Qué Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) se abordan o están conectados con los temas destacados en el artículo?
- ODS 5: Igualdad de Género. Este es el objetivo central del artículo. La noticia trata sobre una sentencia del Tribunal Supremo que elimina una práctica discriminatoria por razón de género en el acceso a un complemento de pensión. El texto aborda directamente la “brecha de género en las pensiones”, la “discriminación de género” y la necesidad de garantizar la “igualdad de trato entre hombres y mujeres”, que son pilares del ODS 5.
- ODS 10: Reducción de las Desigualdades. El artículo se enfoca en reducir la desigualdad económica entre géneros en la vejez. La decisión judicial busca “eliminar leyes, políticas y prácticas discriminatorias” y “garantizar la igualdad de oportunidades”, lo cual es un componente clave del ODS 10. Se menciona explícitamente que las mujeres jubiladas reciben un 30% menos de pensión, una clara desigualdad que la política del complemento busca mitigar.
- ODS 8: Trabajo Decente y Crecimiento Económico. El artículo conecta la brecha de pensiones con las desigualdades acumuladas durante la vida laboral. Menciona factores como la “desigual distribución de las tareas de cuidados”, “interrupciones en la carrera profesional” y la “diferencia salarial entre hombres y mujeres”, que ha bajado al 15%. Estos temas se relacionan con la meta de lograr un trabajo decente y la igualdad de remuneración por un trabajo de igual valor.
- ODS 1: Fin de la Pobreza. Las pensiones son un sistema de protección social fundamental para prevenir la pobreza en la vejez. Al asegurar que el sistema de pensiones sea más equitativo y no discriminatorio, se fortalece la red de seguridad social para todos, contribuyendo a la meta de implementar sistemas de protección social apropiados para cubrir a los pobres y vulnerables.
2. ¿Qué metas específicas de los ODS se pueden identificar en función del contenido del artículo?
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ODS 5: Igualdad de Género
- Meta 5.1: Poner fin a todas las formas de discriminación contra todas las mujeres y las niñas en todo el mundo. El artículo es un ejemplo práctico de esta meta, ya que la sentencia judicial elimina una normativa considerada discriminatoria por razón de género en el sistema de Seguridad Social.
- Meta 5.4: Reconocer y valorar los cuidados y el trabajo doméstico no remunerados mediante servicios públicos, infraestructuras y políticas de protección social. El artículo señala que la brecha de pensiones refleja “la desigual distribución de las tareas de cuidados” y las “interrupciones en la carrera profesional” de las mujeres, problemas que esta meta busca abordar.
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ODS 10: Reducción de las Desigualdades
- Meta 10.3: Garantizar la igualdad de oportunidades y reducir la desigualdad de resultados, incluso eliminando las leyes, políticas y prácticas discriminatorias. La decisión del Tribunal Supremo de anular los requisitos adicionales para los hombres es una acción directa para cumplir esta meta.
- Meta 10.4: Adoptar políticas, especialmente fiscales, salariales y de protección social, y lograr progresivamente una mayor igualdad. El complemento para la reducción de la brecha de género es una política de protección social diseñada para este fin, y el artículo discute su correcta aplicación.
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ODS 8: Trabajo Decente y Crecimiento Económico
- Meta 8.5: Lograr el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todas las mujeres y los hombres (…) y la igualdad de remuneración por trabajo de igual valor. El artículo menciona la “diferencia salarial entre hombres y mujeres” como una de las causas de la brecha en las pensiones, un tema directamente relacionado con esta meta.
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ODS 1: Fin de la Pobreza
- Meta 1.3: Implementar a nivel nacional sistemas y medidas apropiados de protección social para todos (…) y lograr una amplia cobertura de los pobres y los vulnerables. El sistema de pensiones es un pilar de la protección social, y el artículo trata sobre su fortalecimiento y equidad para garantizar la seguridad económica de las personas mayores.
3. ¿Hay algún indicador de los ODS mencionado o implícito en el artículo que pueda usarse para medir el progreso hacia los objetivos identificados?
- Indicador 5.1.1: Existencia de un marco jurídico para promover, hacer cumplir y supervisar la igualdad y la no discriminación por razón de sexo. El artículo analiza en detalle el marco jurídico español (Ley General de la Seguridad Social) y su modificación a través de sentencias judiciales (del TJUE y el Tribunal Supremo) para garantizar la no discriminación.
- Indicador 8.5.1: Ingreso medio por hora de las empleadas y los empleados, por sexo y ocupación. El artículo menciona explícitamente un dato relacionado con este indicador al señalar que “la diferencia salarial entre hombres y mujeres ha bajado hasta el 15%”.
- Indicador 1.3.1: Proporción de la población cubierta por sistemas de protección social, por sexo. Aunque no se da un dato de cobertura total, el artículo proporciona una medida de la desigualdad en los resultados de este sistema: “Las mujeres jubiladas en España reciben de media un 30% menos de pensión que los hombres”. Este dato sirve como un indicador implícito de la inequidad dentro del sistema de protección social para las personas mayores.
ODS, metas e indicadores
ODS | Metas | Indicadores |
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ODS 5: Igualdad de Género |
5.1: Poner fin a todas las formas de discriminación.
5.4: Reconocer y valorar los cuidados y el trabajo doméstico no remunerados. |
5.1.1: Existencia de un marco jurídico para promover la igualdad y la no discriminación por razón de sexo (discutido a través del análisis de la Ley General de la Seguridad Social y las sentencias judiciales). |
ODS 10: Reducción de las Desigualdades |
10.3: Garantizar la igualdad de oportunidades y reducir la desigualdad de resultados.
10.4: Adoptar políticas, especialmente de protección social, para lograr una mayor igualdad. |
N/A (mencionado implícitamente a través de la discusión de políticas correctivas). |
ODS 8: Trabajo Decente y Crecimiento Económico | 8.5: Lograr el trabajo decente y la igualdad de remuneración por trabajo de igual valor. | 8.5.1: Ingreso medio por hora de empleados por sexo (mencionado como “la diferencia salarial entre hombres y mujeres ha bajado hasta el 15%”). |
ODS 1: Fin de la Pobreza | 1.3: Implementar sistemas y medidas de protección social para todos. | 1.3.1: Proporción de la población cubierta por sistemas de protección social (mencionado implícitamente a través de la brecha de pensiones del 30% como medida de la inequidad del sistema). |
Fuente: infobae.com