Traferri insiste en el Senado Santafesino con la “incorporación de energía solar en viviendas y edificios” – El Protagonista Web

Informe sobre el Proyecto de Ley para la Incorporación de Energía Solar en Viviendas en la Provincia de Santa Fe y su Alineación con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)
Introducción y Contexto Legislativo
Las comisiones del Senado de la Provincia de Santa Fe se encuentran analizando, por cuarta ocasión, un Proyecto de Ley presentado por el Senador Armando Traferri. La iniciativa busca establecer la obligatoriedad de incorporar sistemas de captación de energía solar en las nuevas construcciones de viviendas y edificios. Este proyecto, que ha sido presentado recurrentemente desde 2019 sin lograr su aprobación, representa un esfuerzo legislativo clave para avanzar en la agenda de sostenibilidad provincial, alineándose directamente con múltiples Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de las Naciones Unidas.
Objetivos Principales del Proyecto de Ley
La propuesta legislativa tiene como finalidad principal la transición hacia un modelo energético más limpio y sostenible en el sector de la vivienda. Sus metas específicas son:
- Promover el uso de energía limpia y renovable.
- Disminuir los costos de las tarifas de servicios eléctricos para las familias, contribuyendo a la asequibilidad energética.
- Reducir el consumo de energía proveniente de fuentes no renovables.
- Mitigar la producción de gases de efecto invernadero, responsables del cambio climático.
Alineación Estratégica con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)
El proyecto se enmarca de manera significativa en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, impactando directamente en los siguientes objetivos:
- ODS 7: Energía Asequible y no Contaminante: Es el eje central de la propuesta. Al promover la instalación de paneles solares, se busca garantizar el acceso a una fuente de energía moderna, fiable y sostenible, reduciendo la dependencia de combustibles fósiles y los costos para los usuarios finales.
- ODS 11: Ciudades y Comunidades Sostenibles: La iniciativa contribuye a crear asentamientos humanos más inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles. La integración de energías renovables en la edificación reduce el impacto ambiental de las ciudades y mejora la calidad de vida de sus habitantes.
- ODS 13: Acción por el Clima: Al tener como objetivo explícito la disminución de gases de efecto invernadero, el proyecto constituye una medida concreta de mitigación del cambio climático a nivel local, fortaleciendo la resiliencia y la capacidad de adaptación a los riesgos relacionados con el clima.
- ODS 1: Fin de la Pobreza: La reducción de los costos en las tarifas eléctricas puede aliviar la carga económica de los hogares de bajos ingresos, combatiendo la pobreza energética y mejorando su bienestar económico general.
- ODS 12: Producción y Consumo Responsables: Fomenta un cambio hacia patrones de consumo energético más sostenibles y eficientes, desvinculando el desarrollo económico de la degradación medioambiental.
Alcance y Mecanismos de Implementación
Las disposiciones de la ley serían aplicables a todas las construcciones de viviendas nuevas, tanto individuales como colectivas, siempre que las condiciones de asoleamiento lo permitan.
- Autoridad de Aplicación: La Secretaría de Hábitat, Urbanismo y Vivienda, en coordinación con el Comité Interministerial de Uso Racional de la Energía y Consumo Sustentable.
- Marco Normativo: El proyecto se articula con legislación provincial vigente, como la Ley Nº 12.503 de Energías Renovables y la Ley Nº 13.055 de Basura Cero.
- Aspectos Técnicos: Los sistemas solares permitirían alimentar termotanques, bombas de agua y el suministro eléctrico básico. El excedente de energía generado podría inyectarse a la red convencional, generando un crédito a favor del consorcio para reducir los gastos de energía en áreas comunes.
Estado Actual y Perspectivas
A pesar de haber caducado en períodos legislativos anteriores, la reintroducción del proyecto el 12 de junio de 2025 subraya la persistencia y la relevancia de la temática. Su tratamiento actual en comisiones es una oportunidad para que la Provincia de Santa Fe dé un paso decisivo hacia la sostenibilidad urbana y el cumplimiento de sus compromisos climáticos y de desarrollo, demostrando que, como afirma su autor, la tecnología para una ciudad que aprovecha la energía solar ya está disponible.
Análisis de los Objetivos de Desarrollo Sostenible en el Artículo
1. ¿Qué Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) se abordan o están conectados con los temas destacados en el artículo?
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ODS 7: Energía Asequible y no Contaminante
Este es el objetivo principal abordado por el proyecto de ley. El artículo se centra en la “incorporación de la energía solar en las viviendas y edificios” con el fin de “promover la utilización de energía limpia proveniente de fuentes renovables”. Además, busca hacer la energía más asequible, como se indica en uno de sus propósitos: “disminuir los costos de las tarifas de servicios eléctricos familiares”.
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ODS 11: Ciudades y Comunidades Sostenibles
El proyecto de ley impacta directamente en la forma en que se construyen y gestionan las viviendas y edificios en la provincia de Santa Fe, promoviendo un desarrollo urbano más sostenible. La propuesta se aplica a “inmuebles para viviendas nuevas individuales y colectivas” y busca integrar la sostenibilidad en las políticas de vivienda, lo cual es fundamental para crear comunidades resilientes y sostenibles.
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ODS 13: Acción por el Clima
El artículo establece claramente que una de las finalidades de la ley es combatir el cambio climático. Se menciona explícitamente el objetivo de “disminuir la producción de gases que aumentan el efecto invernadero”. Al promover la energía solar sobre las fuentes no renovables, el proyecto de ley es una medida directa de mitigación del cambio climático a nivel provincial, alineándose con las acciones climáticas globales.
2. ¿Qué metas específicas de los ODS se pueden identificar en función del contenido del artículo?
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Meta 7.1: Garantizar el acceso universal a servicios energéticos asequibles, fiables y modernos.
El proyecto de ley aborda directamente el aspecto de la asequibilidad al proponer “disminuir los costos de las tarifas de servicios eléctricos familiares”. La implementación de paneles solares reduciría la dependencia de la red convencional y, por tanto, el gasto de los hogares en energía.
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Meta 7.2: Aumentar considerablemente la proporción de energía renovable en el conjunto de fuentes energéticas.
Esta meta es el núcleo del proyecto. La iniciativa busca “promover la utilización de energía limpia proveniente de fuentes renovables” y el “uso de sistemas de captación de energía solar”. Su aprobación y aplicación aumentarían directamente la proporción de energía renovable en el sector de la vivienda de la provincia.
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Meta 11.6: Reducir el impacto ambiental negativo per cápita de las ciudades.
Al enfocarse en “disminuir la producción de gases que aumentan el efecto invernadero” y “disminuir el consumo de energía proveniente de fuentes no renovables”, el proyecto contribuye a reducir la huella ambiental de las áreas urbanas y residenciales de Santa Fe.
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Meta 13.2: Incorporar medidas relativas al cambio climático en las políticas, estrategias y planes nacionales.
El proyecto de ley es un ejemplo de cómo se puede integrar una medida relativa al cambio climático (el fomento de la energía solar) en una política provincial específica, en este caso, la “política de vivienda de la Provincia de Santa Fe”. La participación de la “Comisión de Conservación del Medio Ambiente y Cambio Climático” subraya esta conexión.
3. ¿Hay algún indicador de los ODS mencionado o implícito en el artículo que pueda usarse para medir el progreso hacia los objetivos identificados?
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Indicador implícito relacionado con la Meta 7.2 (Indicador 7.2.1: Proporción de la energía renovable en el consumo final total de energía).
Aunque no se menciona un indicador numérico, el éxito del proyecto se mediría por el aumento en la proporción de energía solar utilizada en las nuevas viviendas y edificios. El artículo menciona que la ley se aplicará a “inmuebles para viviendas nuevas”, por lo que el progreso podría medirse rastreando el número de nuevas construcciones que incorporan estos sistemas y la cantidad de energía que generan.
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Indicador implícito relacionado con la Meta 13.2 y 11.6 (Reducción de emisiones de gases de efecto invernadero).
El artículo establece como finalidad “disminuir la producción de gases que aumentan el efecto invernadero”. El progreso hacia esta meta se podría medir calculando la reducción de emisiones de CO2 equivalente lograda al sustituir la energía de la red eléctrica (proveniente en parte de fuentes fósiles) por la energía solar generada en las viviendas.
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Indicador implícito relacionado con la Meta 7.1 (Asequibilidad de la energía).
El objetivo de “disminuir los costos de las tarifas de servicios eléctricos familiares” es un indicador directo de progreso. Se podría medir comparando las facturas de electricidad de los hogares con sistemas solares frente a los que no los tienen, o a través del “crédito a favor del consorcio” mencionado en el artículo cuando se inyecta energía excedente a la red.
4. Tabla de ODS, metas e indicadores
ODS, metas e indicadores | Metas Correspondientes | Indicadores Específicos Identificados en el Artículo |
---|---|---|
ODS 7: Energía Asequible y no Contaminante |
Meta 7.1: Garantizar el acceso a servicios energéticos asequibles.
Meta 7.2: Aumentar la proporción de energía renovable. |
Reducción de los costos en las tarifas eléctricas familiares.
Aumento en la proporción de energía solar en el consumo de las nuevas viviendas. |
ODS 11: Ciudades y Comunidades Sostenibles | Meta 11.6: Reducir el impacto ambiental negativo per cápita de las ciudades. | Incorporación de sistemas de energía solar en el diseño y ejecución de políticas de vivienda para nuevas construcciones. |
ODS 13: Acción por el Clima | Meta 13.2: Incorporar medidas relativas al cambio climático en las políticas y planes. | Reducción de la producción de gases de efecto invernadero a través de la sustitución de energía de fuentes no renovables. |
Fuente: elprotagonistaweb.com.ar