Se eliminan del proyecto de ley los “Criterios de justicia ambiental” para la localización de plantas desalinizadoras – home.doe.cl

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Informe sobre el Proyecto de Ley de Desalinización en Chile y su Alineación con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)

1. Contexto: La Desalinización como Estrategia de Adaptación Hídrica

Ante la crisis hídrica que enfrenta Chile, la desalinización se presenta como una alternativa fundamental para la adaptación y la garantía del suministro de agua. Esta medida responde directamente al Objetivo de Desarrollo Sostenible 6 (Agua Limpia y Saneamiento), que busca asegurar la disponibilidad y gestión sostenible del agua para todos. Si bien existen plantas operativas para usos industriales y domésticos, la ausencia de un marco legal específico que promueva la actividad de manera sustentable representa un vacío significativo que el actual proyecto de ley busca subsanar.

2. Desafíos Regulatorios y Ambientales en el Marco de los ODS

El desarrollo de la desalinización conlleva riesgos ambientales y sociales que deben ser gestionados mediante una regulación robusta. Esta necesidad ha sido destacada por organismos internacionales y comités científicos.

  • Recomendación de la OCDE (2024): En su última evaluación de desempeño ambiental, la OCDE insta a Chile a reforzar la normativa sobre extracción y desalinización de agua de mar, poniendo énfasis en la gestión de sus impactos ambientales y sociales. Esta recomendación se alinea con el ODS 14 (Vida Submarina), específicamente en la meta de prevenir y reducir la contaminación marina (14.1) y gestionar sosteniblemente los ecosistemas marinos y costeros (14.2).
  • Informe del Comité Científico de Cambio Climático (2022): El informe “Desalinización: oportunidades y desafíos” subraya la necesidad de una regulación específica para el uso del territorio en zonas costeras, incorporando criterios de localización y justicia ambiental. Esto es vital para cumplir con el ODS 11 (Ciudades y Comunidades Sostenibles), que promueve una planificación territorial integrada y sostenible.

3. La Justicia Ambiental como Pilar para el Desarrollo Sostenible

La incorporación de criterios de justicia ambiental en la planificación territorial es fundamental para asegurar que los beneficios del desarrollo no generen cargas desproporcionadas en ciertas comunidades o ecosistemas. Estos criterios son instrumentales para la consecución de varios ODS.

Criterios de Justicia Ambiental para la Localización de Plantas Desalinizadoras:

  1. Base Científica: Considerar información sobre los ecosistemas para mantener su integridad (ODS 14, ODS 15).
  2. Separación de Usos Incompatibles: Evitar conflictos entre actividades industriales (descarga de salmuera) y económicas locales como la pesca artesanal (ODS 14, ODS 8).
  3. Concentración de Usos: Gestionar los impactos acumulativos y sinérgicos de múltiples plantas en una misma área (ODS 14).
  4. Conservación de Áreas Prioritarias: Reservar zonas de alto valor ecosistémico para su protección (ODS 14, ODS 15).
  5. Participación Ciudadana: Asegurar un proceso de toma de decisiones inclusivo y representativo (ODS 16).
  6. Planificación Integrada: Coordinar el uso del territorio costero de manera holística (ODS 11, ODS 17).
  7. Coordinación Interinstitucional: Fomentar la colaboración entre las autoridades competentes (ODS 16, ODS 17).

4. Retroceso Legislativo y sus Implicaciones para la Agenda 2030

A pesar de su importancia estratégica, una indicación que incorporaba criterios de justicia ambiental en la Estrategia Nacional de Desalinización fue eliminada en la Comisión de Hacienda del Senado. El argumento del Ejecutivo para apoyar esta eliminación se basó en que la justicia ambiental es un criterio “novedoso” en el ordenamiento jurídico chileno y que la participación ciudadana ya estaba garantizada.

Esta decisión representa un revés para la implementación de un enfoque integrado de los ODS. Limitar la justicia ambiental únicamente al derecho a participar es una visión reduccionista que contraviene el espíritu del ODS 16 (Paz, Justicia e Instituciones Sólidas), el cual exige instituciones eficaces, responsables e inclusivas y un acceso amplio a la justicia. La exclusión de estos criterios arriesga una “mala adaptación” al cambio climático, donde las soluciones técnicas ignoran las dimensiones sociales y ambientales, contraviniendo el ODS 13 (Acción por el Clima).

5. Conclusión: Hacia una Regulación Alineada con el Desarrollo Sostenible

Para que la desalinización sea una solución verdaderamente sostenible y una adaptación exitosa a la escasez hídrica, es imperativo que su marco regulatorio integre armónicamente los criterios técnicos, económicos, sociales y ambientales. La exclusión de los principios de justicia ambiental del proyecto de ley debilita su potencial para contribuir de manera efectiva a la Agenda 2030.

Se insta a que en las etapas restantes de la tramitación legislativa se reconsidere la incorporación de un enfoque de justicia ambiental, garantizando así la coherencia de las políticas públicas (ODS 17.14) y asegurando que el desarrollo de esta tecnología vital se realice en pleno cumplimiento de los compromisos de Chile con los Objetivos de Desarrollo Sostenible, especialmente los ODS 6, 11, 13, 14 y 16.

Análisis de Objetivos de Desarrollo Sostenible en el Artículo

1. ¿Qué Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) se abordan o están conectados con los temas destacados en el artículo?

  • ODS 6: Agua Limpia y Saneamiento

    El artículo se centra en la desalinización como una alternativa para enfrentar los “problemas hídricos del país” y asegurar el suministro de agua para “consumo doméstico” e industrial. Esto se alinea directamente con la necesidad de garantizar la disponibilidad y gestión sostenible del agua.

  • ODS 14: Vida Submarina

    Se discuten explícitamente los riesgos ambientales de la desalinización, como la descarga de “salmueras y otros contaminantes” en el mar. El texto enfatiza la necesidad de regular la actividad para proteger los ecosistemas marinos y costeros, mencionando la importancia de considerar la “integridad” de los ecosistemas y el “valor ecosistémico” de las zonas costeras.

  • ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas

    El núcleo del artículo es el debate legislativo sobre la ley de desalinización. Se aborda la necesidad de instituciones eficaces y transparentes a través de la discusión sobre el rol de las comisiones del Senado. El concepto de “justicia ambiental” y la referencia al “Acuerdo de Escazú” y la “participación ciudadana” conectan directamente con la meta de garantizar la adopción de decisiones inclusivas, participativas y representativas.

  • ODS 13: Acción por el Clima

    El artículo enmarca la desalinización como una medida para “adaptarnos a esta nueva realidad” de problemas hídricos, una consecuencia directa del cambio climático. La recomendación del Comité Científico de Cambio Climático refuerza esta conexión, posicionando la gestión del agua como una estrategia de adaptación climática.

  • ODS 11: Ciudades y Comunidades Sostenibles

    Se menciona la necesidad de una “planificación integrada del uso del territorio” y el “correcto uso del territorio en zonas costeras”. Esto se relaciona con la planificación de asentamientos humanos y la gestión de sus impactos ambientales, especialmente en la interfaz marítimo-terrestre, para asegurar un desarrollo sostenible.

2. ¿Qué metas específicas de los ODS se pueden identificar en función del contenido del artículo?

  • Meta 6.1: Acceso universal al agua potable

    El artículo menciona que las plantas desalinizadoras ya operan para “consumo doméstico”, lo que indica que esta tecnología es una herramienta para lograr el acceso equitativo al agua potable.

  • Meta 6.3: Mejorar la calidad del agua reduciendo la contaminación

    La preocupación por la descarga de “salmueras y otros contaminantes” y la necesidad de regular dónde se “descargarán los residuos” se alinea con el objetivo de reducir la contaminación de los cuerpos de agua.

  • Meta 14.1: Reducir la contaminación marina

    Este es un punto central. El artículo destaca la recomendación de la OCDE de “reforzar la normativa asociada a la extracción y desalinización de agua de mar, incluyendo la gestión de los impactos ambientales”, lo cual se enfoca en prevenir la contaminación marina originada por actividades en tierra como la desalinización.

  • Meta 14.2: Proteger y restablecer los ecosistemas marinos y costeros

    El texto aboga por una regulación que considere “la reserva de áreas prioritarias por su valor ecosistémico para su conservación” y la “planificación integrada del uso del territorio (en este caso de la zona costera)”, lo que busca gestionar de manera sostenible los ecosistemas costeros.

  • Meta 16.7: Garantizar la adopción de decisiones inclusivas, participativas y representativas

    El debate sobre la eliminación de los “criterios de justicia ambiental” del proyecto de ley es el ejemplo más claro. La autora critica que limitar la justicia ambiental a la “participación ciudadana” es una “visión muy limitada” y aboga por un enfoque más integral, como el que promueve el Acuerdo de Escazú, para que las decisiones sean verdaderamente inclusivas.

  • Meta 16.b: Promover y aplicar leyes y políticas no discriminatorias

    La discusión sobre la inclusión de la “justicia ambiental” en la ley es un esfuerzo por aplicar políticas no discriminatorias, asegurando que las cargas ambientales (como la instalación de plantas desalinizadoras) no afecten desproporcionadamente a ciertas comunidades.

3. ¿Hay algún indicador de los ODS mencionado o implícito en el artículo que pueda usarse para medir el progreso hacia los objetivos identificados?

  • Indicador 6.5.1: Grado de implementación de la gestión integrada de los recursos hídricos

    El artículo menciona la necesidad de una “Estrategia Nacional de desalinización” y una “planificación integrada del uso del territorio”. La existencia, aprobación e implementación de dicha estrategia y de los Instrumentos de Planificación Territorial (IPTs) mencionados serían la medida de progreso para este indicador.

  • Indicador 14.1.1: Índice de eutrofización costera y densidad de desechos

    Aunque no se menciona un índice específico, la preocupación por la descarga de “salmueras y otros contaminantes” implica la necesidad de monitorear la calidad del agua en las zonas de descarga. La medición de la concentración de sal y otros contaminantes en las bahías afectadas funcionaría como un indicador práctico para evaluar el impacto ambiental y el progreso hacia la reducción de la contaminación marina.

  • Indicador 16.7.2: Proporción de la población que cree que la adopción de decisiones es inclusiva y sensible a sus necesidades

    El artículo discute explícitamente la “participación ciudadana para las comunidades” y la controversia sobre si el proceso legislativo considera adecuadamente la “justicia ambiental”. El grado de satisfacción de las comunidades locales con el proceso de localización de las plantas y la implementación del Acuerdo de Escazú (mencionado en el texto) serviría como una medida de este indicador.

  • Indicador 16.b.1: Proporción de la población que declara haberse sentido personalmente discriminada

    El concepto de “justicia ambiental” está intrínsecamente ligado a prevenir la discriminación en la distribución de cargas ambientales. La existencia o ausencia de “criterios de justicia ambiental” en la ley final de desalinización es un indicador directo del compromiso del Estado para crear un marco legal que prevenga la discriminación ambiental. La percepción de las comunidades sobre si la localización de las plantas es justa o discriminatoria sería una forma de medir el impacto de esta política.

4. Tabla de ODS, metas e indicadores

ODS Metas Indicadores
ODS 6: Agua Limpia y Saneamiento 6.1: Lograr el acceso universal y equitativo al agua potable.
6.3: Mejorar la calidad del agua reduciendo la contaminación.
Implícito: Número de hogares con acceso a agua potable a través de desalinización.
Implícito: Monitoreo de la calidad del agua en cuerpos receptores de salmuera.
ODS 14: Vida Submarina 14.1: Prevenir y reducir la contaminación marina.
14.2: Gestionar y proteger sosteniblemente los ecosistemas marinos y costeros.
Indicador 14.1.1 (implícito): Medición de la concentración de sal y contaminantes en zonas de descarga.
Implícito: Porcentaje de la zona costera protegida o gestionada bajo criterios de valor ecosistémico.
ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas 16.7: Garantizar la adopción de decisiones inclusivas y participativas.
16.b: Promover y aplicar leyes y políticas no discriminatorias.
Indicador 16.7.2 (implícito): Nivel de implementación del Acuerdo de Escazú y mecanismos de participación ciudadana en el proyecto.
Indicador 16.b.1 (implícito): Inclusión de “criterios de justicia ambiental” en la ley final de desalinización.
ODS 13: Acción por el Clima 13.1: Fortalecer la resiliencia y la capacidad de adaptación a los riesgos relacionados con el clima. Implícito: Existencia de una “Estrategia Nacional de desalinización” como parte del plan de adaptación al cambio climático del país.
ODS 11: Ciudades y Comunidades Sostenibles 11.a: Apoyar los vínculos económicos, sociales y ambientales positivos entre las zonas urbanas, periurbanas y rurales fortaleciendo la planificación del desarrollo nacional y regional. Implícito: Implementación y actualización de Instrumentos de Planificación Territorial (IPTs) que integren la localización de infraestructura de desalinización.

Fuente: actualidadjuridica.doe.cl