Organizaciones denunciamos ante la CIDH el uso de la Ley APCI como herramienta de persecución y sus impactos en el cierre del espacio cívico – Washington Office on Latin America | WOLA

Organizaciones denunciamos ante la CIDH el uso de la Ley APCI como herramienta de persecución y sus impactos en el cierre del espacio cívico – Washington Office on Latin America | WOLA

 


Informe sobre la Ley APCI en Perú

Informe sobre el Impacto de la Ley APCI en los Derechos Humanos y los Objetivos de Desarrollo Sostenible en Perú

Introducción y Contexto General

El 22 de julio de 2025, en una audiencia pública ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), diversas organizaciones de la sociedad civil, víctimas y familiares de víctimas de violaciones a los derechos humanos presentaron un informe sobre los efectos adversos de la Ley que modifica la ley de creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI). Dicha audiencia se enmarca en una creciente preocupación por el retroceso democrático y la contracción del espacio cívico en Perú, factores que comprometen directamente la consecución de la Agenda 2030.

Violación del Objetivo de Desarrollo Sostenible 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas

La Ley APCI representa una amenaza directa para el ODS 16, que busca promover sociedades pacíficas, justas e inclusivas. El análisis presentado ante la CIDH evidencia las siguientes contravenciones:

  • Limitación al Acceso a la Justicia (Meta 16.3): La ley criminaliza la representación legal de víctimas que denuncian al Estado, obstaculizando el derecho fundamental de acceso a la justicia para los más vulnerables. Al restringir el financiamiento de la cooperación internacional para litigios contra el Estado, se deja en indefensión a víctimas de ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas, tortura y violencia sexual.
  • Ataque a las Libertades Fundamentales (Meta 16.10): Se imponen controles arbitrarios y sanciones desproporcionadas que socavan la libertad de asociación. Esto genera un efecto amedrentador que silencia a las organizaciones defensoras de derechos humanos, como se evidenció en el temor de las organizaciones peruanas a participar activamente en la audiencia por miedo a represalias.
  • Debilitamiento de Instituciones Responsables (Meta 16.6): Aunque se presenta como un mecanismo de transparencia, la ley en la práctica debilita la rendición de cuentas del Estado al dificultar el escrutinio por parte de la sociedad civil. Se socava el rol de las organizaciones como contrapeso esencial para una gobernanza democrática y transparente.

Impacto en Grupos Vulnerables y Afectación a los ODS 5 y 10

La normativa no es neutral; su impacto es desproporcionado sobre las poblaciones más vulnerables, contraviniendo los principios de no dejar a nadie atrás y afectando directamente a otros ODS:

  • Desigualdad de Género (ODS 5): Al limitar el acceso a la justicia, se perjudica gravemente a las víctimas de violencia sexual perpetrada por agentes estatales, dificultando su capacidad para obtener reparación y justicia, y perpetuando la impunidad en crímenes de género.
  • Reducción de las Desigualdades (ODS 10): La ley agrava la desigualdad al privar de defensa legal a comunidades empobrecidas e indígenas. Las palabras de Yovana Mendoza, dirigente de la Asociación de Familiares de la Masacre del 15 de diciembre, son elocuentes: “Con esta ley, el Estado solo logrará normalizar las masacres y asesinatos, porque no habrá quien defienda a los pobres de mi país”. Casos como el de los líderes indígenas del “Baguazo” ya demuestran la aplicación discriminatoria de la norma.

Obstaculización del ODS 17: Alianzas para Lograr los Objetivos

La Ley APCI atenta contra el espíritu del ODS 17, que promueve las alianzas multisectoriales y la cooperación internacional como motor del desarrollo. Al prohibir que fondos de cooperación internacional se destinen a la defensa de derechos humanos en litigios contra el Estado, el gobierno peruano rompe una alianza de más de cuatro décadas entre la sociedad civil peruana y la comunidad internacional, una colaboración que ha sido fundamental para la defensa de la democracia y la justicia en el país.

Solicitudes y Recomendaciones a la CIDH

Ante la gravedad de la situación, las organizaciones firmantes solicitaron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos adoptar medidas concretas para salvaguardar el Estado de derecho en Perú:

  1. Instar formalmente al Estado peruano a derogar la Ley APCI por ser incompatible con sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos.
  2. Condenar públicamente la normativa y recordar al Estado el rol fundamental de la sociedad civil para el sostenimiento de la democracia y el cumplimiento de los ODS.
  3. Incluir a Perú en el Capítulo IV.B de su próximo Informe Anual, que señala a los Estados donde existen violaciones graves y masivas a los derechos humanos.
  4. Establecer un monitoreo constante sobre la situación de las personas defensoras de derechos humanos en el país.
  5. Realizar una visita in loco para constatar el deterioro del espacio cívico y el retroceso democrático.

El Estado peruano indicó que la solicitud de visita debe seguir los canales institucionales formales, mientras que la CIDH expresó su disposición a llevarla a cabo.

Análisis de los Objetivos de Desarrollo Sostenible en el Artículo

1. ¿Qué Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) se abordan o están conectados con los temas destacados en el artículo?

  • ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas

    Este es el ODS más directamente relacionado con el artículo. El texto se centra en la “Ley APCI” de Perú, que, según las organizaciones denunciantes, socava el estado de derecho, limita el acceso a la justicia para las víctimas de violaciones de derechos humanos y restringe las libertades fundamentales. Frases como “grave retroceso democrático”, “deterioro progresivo del Estado de derecho”, “limita la libertad de asociación” y “derecho de acceso a la justicia” conectan inequívocamente el contenido con los pilares del ODS 16.

  • ODS 5: Igualdad de Género

    Aunque no es el tema central, este ODS es relevante por dos razones. Primero, el artículo menciona explícitamente que la ley pone en riesgo la defensa de víctimas de “violencia sexual por parte de agentes estatales”. La lucha contra la violencia de género y el acceso a la justicia para sus víctimas es un componente clave del ODS 5. Segundo, una de las organizaciones firmantes es el “Centro de Derechos Reproductivos (CDR)”, lo que indica que las implicaciones de la ley afectan también a la defensa de los derechos de las mujeres y la igualdad de género.

  • ODS 17: Alianzas para lograr los Objetivos

    El artículo destaca que la ley restringe el financiamiento proveniente de la “cooperación internacional” para litigar contra el Estado. Esto ataca directamente el principio de las alianzas entre la sociedad civil local y los actores internacionales, que es fundamental para el ODS 17. El texto subraya que “desde hace más de cuatro décadas, las organizaciones de la sociedad civil peruanas han trabajado con apoyo internacional”, una alianza que ahora está en riesgo, debilitando la capacidad de la sociedad civil para contribuir al desarrollo sostenible y la protección de los derechos humanos.

2. ¿Qué metas específicas de los ODS se pueden identificar en función del contenido del artículo?

  • Meta 16.3: Promover el estado de derecho en los planos nacional e internacional y garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos.

    El artículo denuncia que la Ley APCI es una barrera directa para esta meta. Al criminalizar “la representación legal de víctimas y familiares de víctimas de violaciones de derechos humanos que denuncian al Estado”, se niega explícitamente la igualdad de acceso a la justicia. La declaración de una víctima, “no habrá quien defienda a los pobres de mi país”, resume el impacto negativo sobre esta meta.

  • Meta 16.10: Garantizar el acceso público a la información y proteger las libertades fundamentales, de conformidad con las leyes nacionales y los acuerdos internacionales.

    La ley es descrita como una herramienta que “limita la libertad de asociación” y genera un “efecto amedrentador” en las organizaciones de la sociedad civil. Esto representa un ataque directo a las libertades fundamentales que esta meta busca proteger. El hecho de que las organizaciones peruanas “optaron por no tomar la voz en la audiencia ante el temor de represalias” es una prueba del retroceso en esta área.

  • Meta 16.a: Fortalecer las instituciones nacionales pertinentes, incluso mediante la cooperación internacional, para crear a todos los niveles […] capacidad para prevenir la violencia y combatir el terrorismo y la delincuencia.

    El artículo demuestra una acción contraria a esta meta. En lugar de fortalecer las instituciones de justicia con ayuda de la cooperación internacional, la ley la bloquea, debilitando la capacidad de la sociedad civil para exigir rendición de cuentas y, por tanto, debilitando el sistema de justicia en su conjunto.

  • Meta 5.2: Eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y las niñas en las esferas pública y privada.

    Al dificultar la representación legal de las víctimas de “violencia sexual por parte de agentes estatales”, la ley obstaculiza los esfuerzos para llevar a los perpetradores ante la justicia, lo que es crucial para la eliminación de la violencia contra las mujeres y para combatir la impunidad.

3. ¿Hay algún indicador de los ODS mencionado o implícito en el artículo que pueda usarse para medir el progreso hacia los objetivos identificados?

  • Indicador 16.3.3 (Implícito): Proporción de la población que ha sufrido una controversia en los dos últimos años y que ha accedido a un mecanismo de solución de controversias oficial o extraoficial.

    El artículo no proporciona datos numéricos, pero implica fuertemente una tendencia negativa para este indicador. Al restringir la representación legal financiada internacionalmente, se deduce que la proporción de víctimas de violaciones de derechos humanos que pueden acceder a mecanismos de justicia (como los litigios) disminuirá drásticamente. La ley deja “en situación de indefensión a víctimas de graves violaciones”.

  • Indicador 16.10.1 (Implícito): Número de casos verificados de asesinato, secuestro, desaparición forzada, detención arbitraria y tortura de […] defensores de los derechos humanos.

    El texto no cita cifras, pero sí describe un entorno que aumenta la probabilidad de que estos casos ocurran. Menciona la “ausencia de una política pública orientada a proteger a las personas defensoras de derechos humanos, lo cual agrava la situación de riesgo, impunidad y estigmatización que enfrentan”. Esto sugiere que un seguimiento de este indicador mostraría un deterioro de la seguridad de los defensores en Perú.

  • Indicador 16.10.2 (Implícito): Número de países que adoptan y aplican garantías constitucionales, legales y/o normativas para el acceso público a la información.

    El artículo describe la promulgación de una ley que hace lo contrario a lo que mide este indicador. En lugar de adoptar una garantía, Perú ha implementado una restricción a la “libertad de asociación”. Por lo tanto, la Ley APCI en sí misma es un dato negativo para este indicador, ya que representa una normativa que limita las libertades fundamentales.

4. Tabla de ODS, metas e indicadores

ODS Metas Indicadores
ODS 16: Paz, Justicia e Instituciones Sólidas Meta 16.3: Promover el estado de derecho y garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos.

Meta 16.10: Garantizar el acceso público a la información y proteger las libertades fundamentales.

Indicador 16.3.3 (Implícito): El artículo sugiere una futura disminución en la proporción de víctimas que pueden acceder a mecanismos de justicia debido a la falta de representación legal.

Indicador 16.10.1 (Implícito): Se describe un aumento del “riesgo, impunidad y estigmatización” para los defensores de derechos humanos.

Indicador 16.10.2 (Implícito): La Ley APCI se presenta como una normativa que restringe la “libertad de asociación”, en contra del espíritu del indicador.

ODS 5: Igualdad de Género Meta 5.2: Eliminar todas las formas de violencia contra todas las mujeres y las niñas. Implícito: La ley obstaculiza la persecución judicial de casos de “violencia sexual”, lo que afectaría negativamente la capacidad de medir y reducir la violencia contra las mujeres.
ODS 17: Alianzas para lograr los Objetivos Meta 17.17: Fomentar y promover la constitución de alianzas eficaces en las esferas […] de la sociedad civil. Implícito: La ley actúa directamente en contra de esta meta al prohibir que la “cooperación internacional” financie el trabajo de litigio de la sociedad civil, rompiendo una alianza clave.

Fuente: reproductiverights.org