Reglamento de la Ley que crea el Consejo Nacional de Política Criminal [DS 012-2025-JUS] – LP | Pasión por el Derecho

Reglamento de la Ley que crea el Consejo Nacional de Política Criminal [DS 012-2025-JUS] – LP | Pasión por el Derecho

Informe sobre el Decreto Supremo Nº 012-2025-JUS y el Reglamento del Consejo Nacional de Política Criminal

El Decreto Supremo Nº 012-2025-JUS aprueba el nuevo Reglamento de la Ley Nº 29807, que crea y regula el funcionamiento del Consejo Nacional de Política Criminal (Conapoc), órgano encargado de articular la política pública en materia criminológica en el Perú.

Objetivos y Finalidad del Reglamento

El Reglamento tiene como finalidad optimizar la formulación, evaluación y supervisión de estrategias destinadas a la prevención, control, sanción del delito y reinserción social, incorporando criterios de eficiencia, articulación interinstitucional y análisis criminológico. Este enfoque contribuye directamente a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), especialmente:

  • ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas, mediante la mejora del sistema de justicia penal y la promoción de políticas criminales basadas en evidencia.
  • ODS 3: Salud y bienestar, al promover la reinserción social y la prevención del delito, mejorando la seguridad y calidad de vida.
  • ODS 17: Alianzas para lograr los objetivos, a través de la coordinación interinstitucional y cooperación internacional.

Estructura y Composición del Consejo Nacional de Política Criminal

El Consejo está conformado por altos representantes del Ejecutivo, Congreso, Poder Judicial, Ministerio Público, Defensoría del Pueblo, Policía Nacional y universidades, presidido por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Esta composición multisectorial fortalece la gobernanza y la articulación interinstitucional, alineándose con el ODS 16.

Integrantes Principales

  1. Ministro de Justicia y Derechos Humanos (Presidente)
  2. Presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso
  3. Presidente del Poder Judicial
  4. Fiscal de la Nación
  5. Ministro del Interior
  6. Defensor del Pueblo
  7. Presidente del Consejo Nacional Penitenciario
  8. Presidente de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales
  9. Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima
  10. Representante de la Asociación de Municipalidades del Perú
  11. Comandante General de la Policía Nacional del Perú
  12. Secretario Técnico del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana
  13. Cuatro representantes de Facultades de Derecho de universidades públicas y privadas
  14. Secretario Técnico del Consejo Nacional de Política Criminal

Funciones y Atribuciones del Consejo Nacional de Política Criminal

El Consejo tiene como funciones principales:

  • Formular, supervisar y evaluar políticas públicas en materia criminológica.
  • Organizar y analizar información criminológica a través del Comité Estadístico Interinstitucional de la Criminalidad (CEIC) y el Observatorio de Política Criminal.
  • Establecer estrategias de prevención y sanción del delito, promoviendo la reinserción social.
  • Presentar recomendaciones para mejorar el sistema de justicia penal y proponer proyectos de ley relacionados con la política criminal.
  • Fomentar la cooperación internacional y la coordinación con entidades similares.

Estas funciones contribuyen al cumplimiento del ODS 16 al fortalecer instituciones justas y responsables, y al ODS 11 (Ciudades y comunidades sostenibles) mediante la mejora de la seguridad ciudadana.

Funciones Específicas del Presidente y la Secretaría Técnica

  • El Ministro de Justicia y Derechos Humanos, como presidente, representa y supervisa la ejecución de la política criminal.
  • La Secretaría Técnica, a cargo de la Dirección General de Asuntos Criminológicos, apoya técnicamente en la planificación, coordinación y seguimiento de las políticas, incluyendo la realización de estudios criminológicos y análisis legislativos.

Gestión y Manejo de Datos Criminológicos

El CEIC, dependiente de la Secretaría Técnica, es responsable de la planificación, estandarización, procesamiento y análisis de datos estadísticos oficiales sobre violencia, criminalidad y políticas públicas relacionadas. Su labor garantiza la disponibilidad de información confiable y oportuna para la toma de decisiones basadas en evidencia, alineándose con el ODS 16 y el ODS 9 (Industria, innovación e infraestructura) mediante el uso de tecnologías y metodologías especializadas.

Composición del CEIC

  • Representantes del Instituto Nacional de Estadística e Informática, Poder Judicial, Ministerio Público, Ministerio del Interior, Policía Nacional, Instituto Nacional Penitenciario, Programa Nacional de Centros Juveniles y Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Funciones del CEIC

  1. Coordinar y evaluar actividades estadísticas oficiales sobre criminalidad y violencia.
  2. Establecer sistemas de estandarización de estadísticas.
  3. Proponer variables e indicadores para análisis criminológico.
  4. Emitir informes y diagnósticos estadísticos para apoyar la política criminal.

Funcionamiento y Transparencia

El Consejo Nacional de Política Criminal se reúne ordinariamente al menos cuatro veces al año, con quórum y decisiones adoptadas por mayoría simple. Se promueve la transparencia mediante la publicación de informes anuales y la gestión abierta y segura de la información, conforme a la legislación vigente en protección de datos y gobierno digital, contribuyendo al ODS 16.

Conclusiones

La aprobación del nuevo Reglamento del Consejo Nacional de Política Criminal representa un avance significativo en la articulación y mejora de la política criminal en el Perú, con un enfoque integral que incluye prevención, sanción y reinserción social. Este marco normativo fortalece la gobernanza, la gestión basada en evidencia y la cooperación interinstitucional, contribuyendo al cumplimiento de varios Objetivos de Desarrollo Sostenible, especialmente el ODS 16 relacionado con la paz, justicia e instituciones sólidas.

Enlaces de interés

1. Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) abordados o conectados con los temas destacados en el artículo

  1. ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas
    • El artículo se centra en la creación y reglamentación del Consejo Nacional de Política Criminal, que busca fortalecer la política criminal del Estado, mejorar la prevención, control y sanción del delito, y promover la reinserción social.
    • Se enfatiza la coordinación interinstitucional y el uso de datos estadísticos para mejorar la justicia penal y la seguridad ciudadana.
  2. ODS 11: Ciudades y comunidades sostenibles
    • El fortalecimiento de la seguridad ciudadana y la prevención del delito contribuye a ciudades y comunidades más seguras y sostenibles.
  3. ODS 17: Alianzas para lograr los objetivos
    • El artículo destaca la coordinación entre diversas instituciones públicas y universidades, así como la cooperación internacional para la política criminal.

2. Metas específicas de los ODS identificadas en función del contenido del artículo

  1. Meta 16.3: Promover el estado de derecho a nivel nacional e internacional y garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos.
    • El Consejo Nacional de Política Criminal tiene funciones para mejorar el sistema de justicia penal y la reinserción social, promoviendo un acceso más efectivo y justo.
  2. Meta 16.6: Desarrollar instituciones eficaces, responsables y transparentes a todos los niveles.
    • El reglamento establece mecanismos claros de funcionamiento, supervisión y coordinación interinstitucional para el Consejo, promoviendo la eficacia y transparencia.
  3. Meta 16.7: Garantizar la adopción de decisiones inclusivas, participativas y representativas a todos los niveles.
    • La conformación del Consejo incluye representantes de diversas instituciones del Estado y universidades, asegurando participación multisectorial.
  4. Meta 16.10: Garantizar el acceso público a la información y proteger las libertades fundamentales.
    • Se promueve la gestión abierta, colaborativa y segura de la información criminológica, respetando la protección de datos personales.
  5. Meta 11.7: Proporcionar acceso universal a espacios verdes y seguros, y mejorar la seguridad en las ciudades.
    • La prevención y control del delito contribuyen a mejorar la seguridad en las ciudades y comunidades.
  6. Meta 17.16: Mejorar la cooperación internacional y las alianzas para el desarrollo sostenible.
    • El Consejo promueve acciones de coordinación y apoyo con entidades similares a nivel internacional.

3. Indicadores de los ODS mencionados o implícitos en el artículo para medir el progreso

  1. Indicadores relacionados con la criminalidad y violencia:
    • El Comité Estadístico Interinstitucional de la Criminalidad (CEIC) recopila, estandariza y analiza datos estadísticos sobre violencia, criminalidad y políticas públicas de prevención y sanción.
    • Estos datos permiten medir la incidencia delictiva, la eficacia de las políticas criminales y la reinserción social.
  2. Indicadores de funcionamiento del sistema de justicia penal:
    • El Consejo y la Secretaría Técnica elaboran informes anuales que analizan el avance y eficacia del sistema de justicia penal y las políticas públicas.
    • Se evalúa el cumplimiento de acuerdos y la implementación de estrategias para la prevención y sanción del delito.
  3. Indicadores de coordinación interinstitucional:
    • El cumplimiento de acuerdos y la participación activa de las instituciones miembros del Consejo se reportan periódicamente.
    • Se mide la articulación y cooperación entre entidades para la política criminal.
  4. Indicadores de protección de datos y acceso a la información:
    • Se asegura la gestión de la información criminológica conforme a la Ley de Protección de Datos Personales y la Ley de Gobierno Digital, garantizando seguridad y acceso abierto.

4. Tabla: ODS, metas e indicadores

ODS Metas Indicadores
ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas
  • 16.3: Promover el estado de derecho y acceso a la justicia.
  • 16.6: Instituciones eficaces, responsables y transparentes.
  • 16.7: Decisiones inclusivas y participativas.
  • 16.10: Acceso público a la información y protección de libertades.
  • Estadísticas oficiales sobre violencia y criminalidad gestionadas por CEIC.
  • Informes anuales sobre eficacia del sistema de justicia penal.
  • Reportes de cumplimiento de acuerdos del Consejo.
  • Gestión segura y abierta de información criminológica conforme a leyes de protección de datos.
ODS 11: Ciudades y comunidades sostenibles
  • 11.7: Mejorar la seguridad en ciudades y comunidades.
  • Datos y análisis sobre violencia y criminalidad urbana para políticas de prevención.
ODS 17: Alianzas para lograr los objetivos
  • 17.16: Mejorar la cooperación internacional y alianzas.
  • Acciones de coordinación y apoyo con entidades nacionales e internacionales.
  • Convenios con universidades e instituciones para investigación criminológica.

Fuente: lpderecho.pe