Reglamento de la Ley que crea el Consejo Nacional de Política Criminal [DS 012-2025-JUS] – LP | Pasión por el Derecho
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Informe sobre el Decreto Supremo Nº 012-2025-JUS y el Reglamento del Consejo Nacional de Política Criminal
El Decreto Supremo Nº 012-2025-JUS aprueba el nuevo Reglamento de la Ley Nº 29807, que crea y regula el funcionamiento del Consejo Nacional de Política Criminal (Conapoc), órgano encargado de articular la política pública en materia criminológica en el Perú.
Objetivos y Finalidad del Reglamento
El Reglamento tiene como finalidad optimizar la formulación, evaluación y supervisión de estrategias destinadas a la prevención, control, sanción del delito y reinserción social, incorporando criterios de eficiencia, articulación interinstitucional y análisis criminológico. Este enfoque contribuye directamente a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), especialmente:
- ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas, mediante la mejora del sistema de justicia penal y la promoción de políticas criminales basadas en evidencia.
- ODS 3: Salud y bienestar, al promover la reinserción social y la prevención del delito, mejorando la seguridad y calidad de vida.
- ODS 17: Alianzas para lograr los objetivos, a través de la coordinación interinstitucional y cooperación internacional.
Estructura y Composición del Consejo Nacional de Política Criminal
El Consejo está conformado por altos representantes del Ejecutivo, Congreso, Poder Judicial, Ministerio Público, Defensoría del Pueblo, Policía Nacional y universidades, presidido por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Esta composición multisectorial fortalece la gobernanza y la articulación interinstitucional, alineándose con el ODS 16.
Integrantes Principales
- Ministro de Justicia y Derechos Humanos (Presidente)
- Presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso
- Presidente del Poder Judicial
- Fiscal de la Nación
- Ministro del Interior
- Defensor del Pueblo
- Presidente del Consejo Nacional Penitenciario
- Presidente de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales
- Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima
- Representante de la Asociación de Municipalidades del Perú
- Comandante General de la Policía Nacional del Perú
- Secretario Técnico del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana
- Cuatro representantes de Facultades de Derecho de universidades públicas y privadas
- Secretario Técnico del Consejo Nacional de Política Criminal
Funciones y Atribuciones del Consejo Nacional de Política Criminal
El Consejo tiene como funciones principales:
- Formular, supervisar y evaluar políticas públicas en materia criminológica.
- Organizar y analizar información criminológica a través del Comité Estadístico Interinstitucional de la Criminalidad (CEIC) y el Observatorio de Política Criminal.
- Establecer estrategias de prevención y sanción del delito, promoviendo la reinserción social.
- Presentar recomendaciones para mejorar el sistema de justicia penal y proponer proyectos de ley relacionados con la política criminal.
- Fomentar la cooperación internacional y la coordinación con entidades similares.
Estas funciones contribuyen al cumplimiento del ODS 16 al fortalecer instituciones justas y responsables, y al ODS 11 (Ciudades y comunidades sostenibles) mediante la mejora de la seguridad ciudadana.
Funciones Específicas del Presidente y la Secretaría Técnica
- El Ministro de Justicia y Derechos Humanos, como presidente, representa y supervisa la ejecución de la política criminal.
- La Secretaría Técnica, a cargo de la Dirección General de Asuntos Criminológicos, apoya técnicamente en la planificación, coordinación y seguimiento de las políticas, incluyendo la realización de estudios criminológicos y análisis legislativos.
Gestión y Manejo de Datos Criminológicos
El CEIC, dependiente de la Secretaría Técnica, es responsable de la planificación, estandarización, procesamiento y análisis de datos estadísticos oficiales sobre violencia, criminalidad y políticas públicas relacionadas. Su labor garantiza la disponibilidad de información confiable y oportuna para la toma de decisiones basadas en evidencia, alineándose con el ODS 16 y el ODS 9 (Industria, innovación e infraestructura) mediante el uso de tecnologías y metodologías especializadas.
Composición del CEIC
- Representantes del Instituto Nacional de Estadística e Informática, Poder Judicial, Ministerio Público, Ministerio del Interior, Policía Nacional, Instituto Nacional Penitenciario, Programa Nacional de Centros Juveniles y Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
Funciones del CEIC
- Coordinar y evaluar actividades estadísticas oficiales sobre criminalidad y violencia.
- Establecer sistemas de estandarización de estadísticas.
- Proponer variables e indicadores para análisis criminológico.
- Emitir informes y diagnósticos estadísticos para apoyar la política criminal.
Funcionamiento y Transparencia
El Consejo Nacional de Política Criminal se reúne ordinariamente al menos cuatro veces al año, con quórum y decisiones adoptadas por mayoría simple. Se promueve la transparencia mediante la publicación de informes anuales y la gestión abierta y segura de la información, conforme a la legislación vigente en protección de datos y gobierno digital, contribuyendo al ODS 16.
Conclusiones
La aprobación del nuevo Reglamento del Consejo Nacional de Política Criminal representa un avance significativo en la articulación y mejora de la política criminal en el Perú, con un enfoque integral que incluye prevención, sanción y reinserción social. Este marco normativo fortalece la gobernanza, la gestión basada en evidencia y la cooperación interinstitucional, contribuyendo al cumplimiento de varios Objetivos de Desarrollo Sostenible, especialmente el ODS 16 relacionado con la paz, justicia e instituciones sólidas.
Enlaces de interés
1. Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) abordados o conectados con los temas destacados en el artículo
- ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas
- El artículo se centra en la creación y reglamentación del Consejo Nacional de Política Criminal, que busca fortalecer la política criminal del Estado, mejorar la prevención, control y sanción del delito, y promover la reinserción social.
- Se enfatiza la coordinación interinstitucional y el uso de datos estadísticos para mejorar la justicia penal y la seguridad ciudadana.
- ODS 11: Ciudades y comunidades sostenibles
- El fortalecimiento de la seguridad ciudadana y la prevención del delito contribuye a ciudades y comunidades más seguras y sostenibles.
- ODS 17: Alianzas para lograr los objetivos
- El artículo destaca la coordinación entre diversas instituciones públicas y universidades, así como la cooperación internacional para la política criminal.
2. Metas específicas de los ODS identificadas en función del contenido del artículo
- Meta 16.3: Promover el estado de derecho a nivel nacional e internacional y garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos.
- El Consejo Nacional de Política Criminal tiene funciones para mejorar el sistema de justicia penal y la reinserción social, promoviendo un acceso más efectivo y justo.
- Meta 16.6: Desarrollar instituciones eficaces, responsables y transparentes a todos los niveles.
- El reglamento establece mecanismos claros de funcionamiento, supervisión y coordinación interinstitucional para el Consejo, promoviendo la eficacia y transparencia.
- Meta 16.7: Garantizar la adopción de decisiones inclusivas, participativas y representativas a todos los niveles.
- La conformación del Consejo incluye representantes de diversas instituciones del Estado y universidades, asegurando participación multisectorial.
- Meta 16.10: Garantizar el acceso público a la información y proteger las libertades fundamentales.
- Se promueve la gestión abierta, colaborativa y segura de la información criminológica, respetando la protección de datos personales.
- Meta 11.7: Proporcionar acceso universal a espacios verdes y seguros, y mejorar la seguridad en las ciudades.
- La prevención y control del delito contribuyen a mejorar la seguridad en las ciudades y comunidades.
- Meta 17.16: Mejorar la cooperación internacional y las alianzas para el desarrollo sostenible.
- El Consejo promueve acciones de coordinación y apoyo con entidades similares a nivel internacional.
3. Indicadores de los ODS mencionados o implícitos en el artículo para medir el progreso
- Indicadores relacionados con la criminalidad y violencia:
- El Comité Estadístico Interinstitucional de la Criminalidad (CEIC) recopila, estandariza y analiza datos estadísticos sobre violencia, criminalidad y políticas públicas de prevención y sanción.
- Estos datos permiten medir la incidencia delictiva, la eficacia de las políticas criminales y la reinserción social.
- Indicadores de funcionamiento del sistema de justicia penal:
- El Consejo y la Secretaría Técnica elaboran informes anuales que analizan el avance y eficacia del sistema de justicia penal y las políticas públicas.
- Se evalúa el cumplimiento de acuerdos y la implementación de estrategias para la prevención y sanción del delito.
- Indicadores de coordinación interinstitucional:
- El cumplimiento de acuerdos y la participación activa de las instituciones miembros del Consejo se reportan periódicamente.
- Se mide la articulación y cooperación entre entidades para la política criminal.
- Indicadores de protección de datos y acceso a la información:
- Se asegura la gestión de la información criminológica conforme a la Ley de Protección de Datos Personales y la Ley de Gobierno Digital, garantizando seguridad y acceso abierto.
4. Tabla: ODS, metas e indicadores
ODS | Metas | Indicadores |
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ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas |
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ODS 11: Ciudades y comunidades sostenibles |
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ODS 17: Alianzas para lograr los objetivos |
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Fuente: lpderecho.pe