La Corte Suprema versus la educación contra la homofobia – Página | 12

La Corte Suprema versus la educación contra la homofobia – Página | 12

Fallo de la Corte Suprema de Estados Unidos y su impacto en los derechos LGBTIQ+

El pasado viernes, la Corte Suprema de Estados Unidos emitió un fallo a favor de padres que, amparados en la libertad religiosa, buscan retirar a sus hijos de clases donde se aborden temas relacionados con el colectivo LGBTIQ+.

El tribunal, con una mayoría conservadora, decidió por 6 votos contra 3 que permitir a los adultos retirar a sus hijos de clases con contenidos antihomofóbicos constituye una “infracción inconstitucional” contra su libertad religiosa y que afecta el desarrollo religioso de los niños.

Este fallo rememora la decisión de junio de 2022 que anuló la sentencia Roe versus Wade, que garantizaba la interrupción voluntaria del embarazo en todo el país desde 1973.

Contexto y argumentos del fallo

  • Padres cristianos y musulmanes en Maryland se opusieron en 2022 a la inclusión de libros que alertan sobre prejuicios contra la homosexualidad y la identidad de género en programas escolares.
  • El juez Samuel Alito argumentó que la educación religiosa de los hijos es uno de los actos religiosos más importantes para muchas personas de fe.
  • El Departamento de Justicia durante el gobierno de Trump calificó la intención de Maryland como una “interferencia flagrante con el libre ejercicio de la religión”.
  • En la opinión disidente, las juezas Elena Kagan, Ketanji Brown Jackson y Sonia Sotomayor defendieron la educación pública como un espacio para la convivencia multicultural y la vitalidad cívica.

Implicancias para los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)

  1. ODS 4: Educación de calidad
    • El fallo limita el acceso a una educación inclusiva que promueva el respeto y la igualdad, afectando el derecho a una educación de calidad para todos los niños, incluyendo aquellos del colectivo LGBTIQ+.
  2. ODS 10: Reducción de las desigualdades
    • La decisión puede aumentar la discriminación y exclusión social de personas LGBTIQ+, contraviniendo esfuerzos para reducir las desigualdades.
  3. ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas
    • El fallo refleja tensiones en la protección de derechos humanos y la libertad religiosa, poniendo en riesgo la justicia y la inclusión social.

Declaraciones del Director Ejecutivo del Instituto de Políticas Públicas LGBTIQ+

Esteban Paulón calificó el fallo como una “ley homofóbica” y expresó preocupación por la negación de la existencia de infancias y adolescencias LGBTIQ+. Destacó que:

  • La orientación sexual no es algo que se aprende ni se transmite, sino que es una vivencia personal.
  • La incorporación de contenidos de diversidad sexual en las escuelas es fundamental para que las personas LGBTIQ+ puedan construir su identidad con libertad y sin violencia.
  • El entorno escolar debe ser un espacio seguro que promueva la inclusión y el respeto, alineado con los ODS, especialmente el ODS 4 y ODS 10.

Situación en Argentina y desafíos actuales

Paulón también señaló que en Argentina se ha conocido un decreto que elimina la incorporación de contenidos vinculados a violencia de género en la educación, y criticó la contratación de una ONG chilena antiderechos para capacitar en Educación Sexual Integral (ESI).

Destacó que:

  • La educación emocional, como se pretende implementar, busca ocultar temas relacionados con sexualidad e identidad, lo que va en contra del ODS 4 y ODS 5 (Igualdad de género).
  • Las provincias tienen autonomía para definir contenidos LGBT en las escuelas, pero los resultados son dispares.
  • Es necesario fortalecer el Programa Nacional de Educación Sexual Integral para garantizar la inclusión y el respeto a la diversidad.
  • Se ha observado un aumento de ataques y discursos de odio contra personas LGBTIQ+, lo que representa un desafío para la paz y la justicia social (ODS 16).

Respuesta social y defensa de derechos

La Marcha Antifascista del 1º de febrero evidenció una mayoría social comprometida con la defensa de valores democráticos e inclusión de la diversidad, estableciendo un límite frente a avances que amenazan los derechos humanos.

Conclusión

El fallo de la Corte Suprema de Estados Unidos y las recientes medidas en Argentina representan retrocesos en la promoción de una educación inclusiva y el respeto a los derechos del colectivo LGBTIQ+. Estos hechos desafían los avances hacia el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, especialmente en materia de educación de calidad, reducción de desigualdades e instituciones justas e inclusivas.

Informe: Juan Martín Bravo.

1. ¿Qué Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) se abordan o están conectados con los temas destacados en el artículo?

  1. ODS 4: Educación de calidad – El artículo discute el acceso a una educación inclusiva y libre de discriminación, especialmente en relación con la educación sexual integral y la inclusión de contenidos sobre diversidad sexual y de género.
  2. ODS 5: Igualdad de género – Se abordan temas relacionados con la igualdad y la no discriminación hacia el colectivo LGBTIQ+, así como la eliminación de la violencia de género en el ámbito educativo.
  3. ODS 10: Reducción de las desigualdades – El artículo trata sobre la lucha contra la discriminación y la exclusión social de personas LGBTIQ+ y la defensa de sus derechos.
  4. ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas – Se menciona la importancia de la justicia y la protección de los derechos humanos frente a fallos judiciales que afectan derechos civiles y sociales.

2. ¿Qué metas específicas de los ODS se pueden identificar en función del contenido del artículo?

  1. Meta 4.5: Eliminar las disparidades de género en la educación y asegurar el acceso igualitario a todos los niveles educativos para los grupos vulnerables, incluyendo personas LGBTIQ+.
  2. Meta 5.1: Poner fin a todas las formas de discriminación contra todas las mujeres y niñas en todo el mundo, extendido a la no discriminación por orientación sexual e identidad de género.
  3. Meta 10.3: Garantizar la igualdad de oportunidades y reducir las desigualdades de resultados, incluyendo la eliminación de leyes y prácticas discriminatorias.
  4. Meta 16.3: Promover el estado de derecho en el nivel nacional e internacional y garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos.

3. ¿Hay algún indicador de los ODS mencionado o implícito en el artículo que pueda usarse para medir el progreso hacia los objetivos identificados?

  1. Indicador 4.5.1: Paridad de género en los niveles de educación primaria, secundaria y terciaria, incluyendo la inclusión de grupos vulnerables como personas LGBTIQ+.
  2. Indicador 5.1.1: Proporción de mujeres, niñas y personas LGBTIQ+ que experimentan discriminación o violencia basada en género o identidad sexual.
  3. Indicador 10.3.1: Proporción de personas que sienten que tienen igualdad de oportunidades en su país, incluyendo grupos marginados.
  4. Indicador 16.3.2: Proporción de personas que han sufrido discriminación o violación de derechos humanos y su acceso a mecanismos de justicia.

4. Tabla: ODS, metas e indicadores

ODS Metas Indicadores
ODS 4: Educación de calidad Meta 4.5: Eliminar disparidades de género y asegurar acceso igualitario a educación para grupos vulnerables, incluyendo LGBTIQ+ Indicador 4.5.1: Paridad de género en niveles educativos, inclusión de grupos vulnerables
ODS 5: Igualdad de género Meta 5.1: Poner fin a todas las formas de discriminación contra mujeres, niñas y personas LGBTIQ+ Indicador 5.1.1: Proporción de personas que experimentan discriminación o violencia basada en género o identidad sexual
ODS 10: Reducción de las desigualdades Meta 10.3: Garantizar igualdad de oportunidades y reducir desigualdades, eliminando leyes y prácticas discriminatorias Indicador 10.3.1: Proporción de personas que sienten igualdad de oportunidades, incluyendo grupos marginados
ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas Meta 16.3: Promover el estado de derecho y garantizar igualdad de acceso a la justicia para todos Indicador 16.3.2: Proporción de personas que han sufrido discriminación y su acceso a mecanismos de justicia

Fuente: pagina12.com.ar